PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
sobre una nueva agenda de política de los
consumidores europeos
(2012/2133 (INI))
Borrador Versión 21.11.2012 /
12:00
A. Considerando que la promoción de los derechos de
los consumidores y su protección son valores fundamentales para el desarrollo
de las políticas de la Unión Europea, especialmente para reforzar el mercado
único, así como para el cumplimiento de los objetivos de Europa 2020,
B. Considerando el papel esencial que desempeñan los
consumidores como agentes de crecimiento y la necesidad de tener en cuenta el
contexto en el que se desenvuelven,
C. Considerando que la ambición de la política de
los consumidores de la UE debe ser alcanzar un alto nivel de empoderamiento y
protección de los consumidores;
D. Considerando que la Agenda del Consumidor ha de
favorecer el aumento de la confianza del consumidor, su seguridad ante el
mercado y su conocimiento sobre los derechos y herramientas necesarias para la
toma de decisiones;
E. Considerando que el mercado único también debe
garantizar un alto nivel de protección para todos los consumidores, con un
enfoque especial en los consumidores vulnerables y
parados con más de un año de antigüedad, con el fin de tener en cuenta
sus necesidades específicas y fortalecer sus capacidades,
F. Considerando que los consumidores no forman un
grupo homogéneo, y que estas condiciones de desigualdad entre los consumidores
deben ser abordadas en la Agenda del Consumidor,
G. Considerando que hay 75 millones de personas con
discapacidad en Europa y estas personas también deben tener pleno acceso al
mercado interior;
H. Considerando que la consecución de un mercado
interior de funcionamiento eficaz cumpliría los objetivos de la Agenda de
Lisboa de aumentar el crecimiento, el empleo y la competencia para servir a los
500 millones de consumidores en la UE.
I. Considerando que los consumidores se benefician
del comercio electrónico en términos de precios más bajos y más posibilidad de
elección, aliada a la comodidad de poder realizar sus compras sin salir de sus
hogares, y que esto es particularmente beneficioso para los consumidores con
discapacidad y los consumidores en zonas rurales o remotas. Sin embargo la
mayoría de los sitios webs no son adecuados para compradores y consumidores
transfronterizos en línea y la confianza del consumidor y la empresarial en el
entorno digital es todavía baja;
J. Considerando que la fragmentación del mercado
digital de la UE pone en peligro los derechos en el marco del acervo
comunitario, ya que los consumidores y las empresas tienen poca seguridad
jurídica en lo que respecta al comercio electrónico transfronterizo, gracias a
la existencia de demasiadas disposiciones legales que establecen requisitos
divergentes, una circunstancia que no permite que los operadores de empresas,
autoridades o consumidores se beneficien de normas claras y aplicables;
K. Considerando que han de adoptarse medidas
suficientes para establecer el mecanismo de reparación eficaz de los derechos
de todos los consumidores vulnerables,
instalando sistemas alternativos de resolución de conflictos con árbitros independientes de las empresas, y en el caso de
entidades financieras con inspectores del Banco Central (nacional/europeo) que
ejercerán de árbitros de las partes en litigio;
L. Considerando que la mayoría de las disputas se
resuelven fuera de los tribunales y de los plazos concedidos a ADR pueden ser
demasiado corto, se requiere un sistema ODR y de recursos colectivos eficiente;
M. Considerando que la insatisfacción de los consumidores
con el funcionamiento de los servicios financieros se debe en parte al mal
asesoramiento que reciben y el hecho de que, de acuerdo con el Cuadro de
Indicadores de los Mercados de Consumo, la mayoría de los consumidores
desconocen las opciones de inversión, exponiéndose a grandes riesgos para sus
ahorros, y que no conocen sus derechos en relación a los servicios financieros
y que el 98% se equivoca al elegir la opción de inversión más adecuada, a un
costo estimado del 0,4% del PIB de la UE;
N. Considerando que los grupos de personas que son
particularmente vulnerables a causa de su salud mental, enfermedad física o
psicológica, edad o solvencia - por ejemplo, niños, adolescentes y ancianos - o
se convierten en vulnerables por su situación social y financiera derivada de
deudas acumuladas difícilmente asumibles
necesitan una protección especial que les permita el acceso a los
servicios básicos y a los recursos financieros necesarios;
O. Considerando que, dado que la actual crisis
económica está afectando gravemente a las opciones de los consumidores, se
exige una aplicación firme y constante de sus derechos;
P. Considerando que un mercado interior que funcione
correctamente debe ofrecer a los consumidores una oferta más amplia de
productos y servicios de alta calidad a precios competitivos y, al mismo
tiempo, exige un nivel elevado de protección del consumidor del medio ambiente
favoreciendo el desarrollo sostenible;
Q. Considerando que la UE ha establecido objetivos
de reducción de las emisiones de CO2, exigiendo la reducción del
consumo de bienes y que el consumo se vuelva más sostenible,
R. Considerando la necesidad de garantizar la
seguridad alimentaria en toda la cadena desde la producción al consumo;
S. Considerando que el mercado interior no puede
desarrollarse a base de reducir las condiciones laborales y salariales de la
población activa, la UE debe garantizar que los derechos laborales siempre
tengan prioridad sobre la libre circulación de mercancías, servicios y
capitales;
T. Considerando que la inseguridad en la garantía de
los derechos de los consumidores en la realización de sus compras
transfronterizas, tiene efectos negativos sobre los beneficios de la
integración de los mercados;
U. Considerando que la Comisión y las autoridades
nacionales de aplicación deben intensificar sus esfuerzos para lograr el
objetivo de un nivel elevado de protección del consumidor, las medidas que se
adopten han de contemplar la flexibilidad suficiente para poder adaptarse a las
singularidades territoriales y las rápidas transformaciones del mercado, en
particular habrá que considerar las regiones ultraperiféricas, las de baja
densidad de población y las regiones de montaña e insulares;
V. Considerando que el Parlamento Europeo y los
parlamentos nacionales deben proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos
de la UE y pueden contribuir a la transposición más efectiva y el cumplimiento
de la legislación de protección del consumidor;
W. Considerando que es esencial superar la
fragmentación jurídica en diversas áreas con el fin de lograr un Mercado Único
completo y real para los consumidores
Y. Considerando la necesidad de impulsar todas las
medidas que faciliten a los consumidores suficiente información y de mejor
calidad sobre productos y servicios presentes en el mercado;
Z. Considerando que han de adaptarse las medidas
jurídicas y económicas necesarias para que los derechos de los consumidores
sean garantizados plena y eficazmente, fortaleciendo para ello el papel de las
asociaciones de consumidores,
I. Objetivos principales
1. La Agenda del Consumidor europeo ha de basarse en
un enfoque holístico situando al consumidor en el centro del mercado interior.
Ello permitirá que los consumidores ejerzan sus derechos de manera sencilla y
eficaz en los mercados de bienes y servicios, en aspectos básicos como la
alimentación, la salud, la energía, los servicios financieros y digitales.
2. Los consumidores han de poder beneficiarse al
máximo y de forma segura de los avances de la ciencia y la tecnología. También
han de tener acceso a la información y asesoramiento imparcial contando además
con los instrumentos necesarios para una justa y eficaz reparación en su caso.
3. Las políticas de la UE han de considerar en toda
su amplitud los intereses de los consumidores, favoreciendo las asociaciones de
consumidores y su capacidad de influencia en la Unión y sus Estados
miembros, a
tal efecto se creará un Registro de Asociaciones Europeo, pudiéndose constituir
asociaciones de ámbito europeo.
4. La mejor capacitación e información de los
consumidores para fortalecerlos ante los mercados y reducir sus riesgos ante
los productos peligrosos, los productos financieros especulativos y la
publicidad engañosa, especialmente los dirigidos a niños y sectores más
vulnerables de la sociedad.
5. Adoptar los medios jurídicos y materiales
necesarios para una eficaz puesta en marcha de la Agenda de los consumidores y
realizar evaluaciones sistemáticas del impacto de su aplicación.
6. Hacer de los consumidores un sujeto activo en la
toma de decisiones, convirtiéndolo en un interlocutor necesario, que deberá
tener al menos un 20% de representación en los Consejos de Administración de
las Grandes Empresas, principalmente del sector financiero, elegidos de forma
democrática por medio de procesos electorales internos.
II. Mejorar la seguridad de los consumidores
1. Es necesaria la revisión del marco legislativo
sobre la seguridad de los productos, para garantizar a los consumidores unos
productos y servicios seguros. En ese sentido habrá que establecer normas
actualizadas y unificadas que faciliten el control en origen de los productos
procedentes de terceros países. Además se deberán introducir los ajustes
necesarios a medida que avancen los conocimientos técnico-científicos, tanto en
lo relativo a la seguridad alimentaria, como a la de otros productos de consumo
básico.
2. El aumento del uso del comercio electrónico
obliga a tomar las medidas necesarias para establecer la confianza del
consumidor en las compras online transfronterizas, garantizando todos los
derechos para el uso de Internet. El mercado en Internet debe garantizar a los
consumidores la calidad de los productos ofrecidos, evitando prácticas
delictivas o desleales;
3. Se requiere plena transparencia en la información
a los consumidores sobre los mercados, sus precios y condiciones. Los
consumidores tienen derecho a una información fiable, clara y comparable sobre
productos y servicios. Es fundamental garantizar la administración de la
justicia y la aplicación de sanciones en el caso de intermediarios insolventes
y adoptar garantías comerciales vinculantes. Hay que articular un marco
jurídico eficaz contra las prácticas comerciales desleales t contra las
cláusulas contractuales abusivas, o manipulaciones
de mercado masivas, tales como tipos de referencia Libor y/o Euribor.
A tal efecto se creará una policía
financiera que levantará acta de infracción y pondrá multas a las entidades que
vulneren la legalidad vigente actuarán de oficio o por vía de denuncias de
consumidores individuales o colectivos. En el caso de clientes de entidades
financieras que se encuentren sin liquidez pero con dinero “atrapado” en la
entidad por algún producto financiero, dicha policía abrirá expediente a la
Entidad que no facilite una solución razonable al consumidor.
Respecto a los contratos de hipoteca
inmobiliarios, cuando se trate de la vivienda habitual, los impagos que se
produzcan debido a causas sobrevenidas no imputables al consumidor, como
situaciones de paro, suspenderán cualquier desahucio o ejecución hipotecaria,
aplicándose una moratoria en los pagos mensuales hasta que se vuelva a tener
trabajo, o resolviéndose la hipoteca con daciones en pago, y derecho a alquiler
con opción de compra, de la misma vivienda o un alquiler mensual inferior al 20
% de los ingresos individuales con un plazo de al menos 2 años.
4. Se recomienda aplicar el principio de precaución
en los mercados de productos de consumo que usan la nano-tecnología o los
organismos genéticamente modificados, para garantizar que no representen ningún
peligro para la salud de los consumidores.
5. Se destaca la necesidad de ofrecer una mejor
protección a los grupos de consumidores vulnerables, como niños y ancianos.
6. Dado el acelerado proceso de concentración
empresarial que se está dando en los sectores económicos liberalizados, es
preciso examinar sus implicaciones para los consumidores tanto en la producción
como en la comercialización y distribución de bienes y servicios.
Los procesos de fusión entre entidades
financieras, que deriven en pérdidas, o hayan requerido inyecciones de capital
del Estado, no serán irreversibles, pudiéndose romper la fusión es decir
tendrán carácter retroactivo. Así mismo se derivarán investigaciones tanto
internas, como externas, de forma que se esclarezcan los hechos que han
provocado las pérdidas, de forma que los supervisores nacionales de oficio
abrirán expediente, que si determinare irregularidades, conllevará acusación
ante los tribunales de los gestores, medidas tendentes a mantener la
estabilidad financiera, transparecia y la confianza en los estados contables y
las autoridades.
7. Es necesaria una estrecha colaboración entre las
autoridades europeas, nacionales y locales para la ejecución de las medidas
previstas en la Agenda.
III. Mejorar la información y la capacitación de los
consumidores.
1. Todos los instrumentos útiles para informar y
capacitar a los consumidores, incluidos los relativos a la investigación que
requieren determinados proyectos, han de ser desarrollados con la colaboración
de las organizaciones de consumidores y las autoridades públicas. Para ello hay
que preveer los recursos económicos necesarios.
2. La educación de los consumidores ha de ser tarea
permanente empezando desde la escuela.
3. El sistema de notificación RAPEX ha de ser más
transparente y eficaz para que los legisladores sean conscientes de los riesgos
que presentan los productos de consumo específicos;
4. La crisis económica y financiera actual está
fragilizando la posición de los consumidores en los mercados, haciéndolos cada
vez más vulnerables. El incremento de la precariedad laboral, de las tasas de
paro, la pérdida de poder adquisitivo en amplios sectores de países de la UE,
está profundizando las desigualdades en el interior de cada país y entre países
con efectos perturbadores sobre los perfiles de consumo. Todo ello obliga a
adoptar las medidas adecuadas para hacer frente a esta situación y entre ellos
es urgente establecer el mecanismo de recurso colectivo como derecho de los consumidores.
IV. Fortalecer la aplicación de los derechos del
consumidor y la reparación de daños
1. Conviene impulsar las redes ECC y CPC para
conseguir que los consumidores las conozcan y mejorar así sus capacidades;
2. Los mecanismos de reparación, como la resolución
alternativa de conflictos, la resolución de conflictos colectiva o la
resolución en línea, deben ser más accesibles y más eficaces; ningún consumidor en desempleo, podrá quedar sin
asistencia jurídica gratuita en base a sus ingresos, y en caso de quedar fuera,
tendrá derecho a justicia gratuita la asociación de consumidores que lo
represente ante los tribunales.
3. El próximo marco financiero plurianual 2014
-2020 ha de integrar la Agenda del Consumidor y financiándola debidamente;
4. Habrá que impulsar un consumo privado
responsable para hacerlo más sostenible y promover una economía baja en
carbono, según el objetivo fijado en la Estrategia Europa 2020;
5. La Agenda del Consumidor ha de contemplar la
plena accesibilidad de los consumidores a los mercados sin perder la
perspectiva de una Europa social y solidaria;
6. Encarga a su Presidente que transmita la
presente Resolución al Consejo, a la Comisión ya los Gobiernos y Parlamentos de
los Estados miembros.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Comisión Europea ha publicado el proyecto de
"Agenda del Consumidor Europeo" el 22 de mayo de 2012 en continuidad
con la Estrategia Comunitaria en materia de política de los consumidores
2007-2013 (COM (2007) 99 final). Incluye un conjunto de iniciativas para los
consumidores en el período 2014 a 2020. Damos la bienvenida a este enfoque
ambicioso e instamos a la Comisión a preparar también un Libro Verde de los
consumidores europeos útil para las organizaciones de defensa de los derechos
de los consumidores, los ciudadanos, los parlamentos y los gobiernos
nacionales.
Garantizar la seguridad de los alimentos, la salud,
la energía, los productos financieros y digitales debe ser la máxima prioridad
en la Agenda del Consumidor europeo. Esta Agenda se sitúa además en la fase
última del Mercado Único Digital que exige la protección en línea de los
consumidores, la seguridad jurídica, las garantías de los derechos del
consumidor y los servicios de entrega eficiente y confiable para el transporte
de bienes y servicios. Se necesita una Agenda del Consumidor que reduzca las
desigualdades entre los consumidores en Europa, contribuya a una economía baja
en carbono.
A nivel global, los consumidores europeos se
enfrentan a nuevos retos como la globalización de los mercados, la
desregulación financiera, la digitalización de la economía y el envejecimiento
de la población. Todo ello implica una mayor relevancia para los instrumentos
de reparación y apoyo a las organizaciones de consumidores. Además, la crisis
financiera actual hace más complejas las decisiones que los consumidores han de
adoptar. Por tanto es exigible que la información eficiente, transparente,
fiable y comparable sea accesible a los consumidores.
La Agenda del Consumidor europeo da un significado
concreto al principio del Tratado de la Unión Europea, según el cual los
intereses del consumidor han de ser tomadas en cuenta en todas las políticas
pertinentes de la UE.
Los Cuadros de Indicadores de los Mercados de Consumo y la Agenda de
Capacitación de los Consumidores
Estudios recientes de la Comisión muestran que los
consumidores necesitan desarrollar cada vez más capacidad de decisión en su
relación con los mercados. En consecuencia hay que impulsar la capacitación de
los consumidores, el conocimiento de sus derechos y la información clara y
transparente, las organizaciones de consumidores y medios sencillos y
accesibles de recurso.
El quinto Cuadro de Indicadores de los Mercados de
Consumo publicado el 11 de marzo de 2011 por la Comisión Europea muestra una
creciente brecha entre el comercio electrónico nacional y transfronterizo, un
incremento de la pobreza, un aumento de
la dificultad para el acceso a bienes y servicios básicos y una preocupación
enorme entre los consumidores acerca de la inocuidad de los alimentos.
Según el Paquete de Capacitación de los
consumidores, publicado por la Comisión Europea el 11 de abril de 2011, el
desconocimiento por parte de los consumidores de sus derechos y confirma
la necesidad informar y formar a los consumidores. Es esencial el papel activo
de las autoridades públicas, así como de las organizaciones de consumidores y
por ello su financiación debe estar asegurada.
La sostenibilidad social y ambiental
Las condiciones en que se desenvuelven los consumidores
varían mucho a lo largo de la Unión Europea. Con un total de 499 millones de
habitantes, hay aproximadamente 80 millones, de los cuales 19 millones son
niños, que no pueden permitirse cosas básicas como pagar el alquiler de sus
casas o tener unos servicios de salud y educación dignos, e incluso crecen las
desigualdades para el acceso a la alimentación y a los servicios sociales.
Estas condiciones de desigualdad para los consumidores han de ser abordadas
desde la perspectiva de la solidaridad propia del modelo social europeo.
La Agenda del Consumidor tiene que abordar la manera
en que también el consumo privado puede ayudar a promover una economía baja en
carbono. El origen del rápido crecimiento de la emisión de CO2 en la UE se
encuentra en el transporte y la energía. Por ello habrá que impulsar un consumo
más local para reducir las emisiones de CO2 procedentes del transporte en la
UE, promover el reciclaje y el consumo de segunda mano y ofrecer productos a
los consumidores cada vez más eficientes en términos energéticos.
Otro problema que debe ser abordado en la Agenda del
Consumidor es el desperdicio de alimentos. Alrededor de 90 millones de
toneladas de alimentos se pierden cada año en la UE. La población mundial
crecerá a nueve mil millones de personas en 2050 y la demanda de alimentos se
incrementará en un 70 por ciento. Esto planteará grandes desafíos a los
sistemas agrícolas mundiales, y también a los consumidores en Europa. Esta es
una razón más para promover la producción local y agroecológica de alimentos,
así como promover los circuitos cortos en comercialización y distribución de
alimentos.
Por otra parte, cabe considerar que para promover el
consumo sostenible, también la contratación pública tiene un papel crucial. Por
ello debería ser obligatorio establecer en la contratación pública un alto
nivel de protección del medio ambiente, así como de los derechos laborales y de
los convenios colectivos.
Seguridad de los alimentos y productos
Recientes encuestas entre las organizaciones miembros
de BEUC indican como las prioridades más importantes para los consumidores una
mejor protección en el ámbito de los servicios financieros y de los alimentos.
Es esencial que los aspectos de seguridad y etiquetado de los alimentos estén
incluidos en la Agenda del Consumidor. También la defensa de los consumidores
ante la voracidad de los sistemas financieros.
El etiquetado no es suficiente para luchar contra la
obesidad, los pesticidas y otros productos químicos peligrosos. Habría que
prohibir la utilización de sustancias
tales como las grasas artificiales trans, que se usan en la mayoría de los
alimentos procesados, y que tanto contribuyen a las enfermedades
cardiovasculares con los costes derivados en los sistemas de salud.
La Agenda del Consumidor europeo debe abordar la
eliminación gradual del uso generalizado y sin motivación médica de
antibióticos en la industria de la carne y que plantea grandes problemas para
la salud pública.
La Comisión también debe tomar medidas concretas en
la Agenda del Consumidor para reducir la exposición de los consumidores y el
medio ambiente a productos químicos peligrosos. Los consumidores se enfrentan a
diario a un cóctel de sustancias químicas que se sabe que causan cáncer y
perturban el sistema hormonal, tales como los parabenos, que se utilizan como
conservante en casi todos los cosméticos, cremas y champús. Con estos productos
químicos peligrosos y ampliamente utilizados en productos de consumo, el
etiquetado no es suficiente. La Comisión debe asegurarse de que exista mayor
investigación sobre los riesgos para la salud de los parabenos. Se debería ver
más de cerca el ejemplo de Dinamarca, donde los parabenos están prohibidos en
los productos que están dirigidos a los niños pequeños.
Hay una necesidad de que el sistema de notificación
RAPEX sea más transparente y eficaz para que los legisladores sean más
conscientes de los riesgos que presentan determinados productos de consumo. Las
normas sobre seguridad general de los productos tienen que ser fortalecidas y aplicadas,
así como es necesario desarrollar o mejorar normas específicas para productos
peligrosos. La nanotecnología y los OGM tienen que estar adecuadamente
regulados y los productos que los contienen deben ser adecuadamente
etiquetados.
Los niños y la publicidad
Los niños constituyen un grupo de
"consumidores" muy vulnerable y están expuestos a una amplia
publicidad. Este problema tiene que ser abordado en la Agenda del Consumidor.
Es especialmente urgente proteger a los niños de la publicidad de alimentos
poco saludables.
En Suecia desde 1991 se prohíbe en la televisión la
publicidad directa a los niños menores de 12 años. Los niños son niños y no
"consumidores". Por lo tanto, debe ser una prioridad principal de la
Agenda del Consumidor considerar la prohibición de la publicidad directa hacia
los niños menores de 12 años.
Entorno digital
La promoción de los intereses del "consumidor
digital" constituye un reto importante para el futuro de la política sobre
los consumidores europeos. Hay que proporcionar al consumidor un entorno
digital seguro y el acceso a las redes de telecomunicaciones respetando especialmente la protección de los datos
personales. Además, el mercado de telecomunicaciones de la UE debe garantizar
el derecho a elegir por parte del consumidor.
Ejecución y Compensación
La reparación colectiva y la solución alternativa de
conflictos (ADR) son elementos importantes de una seria estrategia política de
los consumidores. Es significativo que el ADR se haya integrado como una
prioridad en el Acta del Mercado Único, sin embargo, las soluciones
alternativas no funcionan adecuadamente sin la implantación de sistemas
alternativas. La Comisión debería presentar rápidamente una propuesta
legislativa para un formalizar un instrumento jurídico que garantice que el
acceso al recurso colectivo.
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