José Ignacio Martín (Presidente)
Asociación de Clientes Financieros
(ACF)
Tfno: 646.19.99.55
Zaragoza
(ESPAÑA)
Catherine Day
Secretaria General
Comisión Europea
B-1049 Bruselas
BELGICA
A la Comisión Europea, preguntas sobre el Caso Bankia, realizadas por la Asociación de
Clientes Financieros (ACF)
I)
INTRODUCCIÓN
En solo unos meses, Rodrigo Rato tras tomar
posesión como presidente de Caja Madrid, concretamente en febrero de 2010,
comenzó a decir públicamente que iba a convertir a Caja Madrid en la primera
Caja de España, y efectivamente a los 4 meses entabló conversaciones con 5
cajas de ahorros, y llegados a la primavera anuncia un contrato de integración
donde se incluía a Bancaja y otras 5 Cajas para convertir en realidad la fusión
de las 7 cajas. Sería el 3 de diciembre de 2010, cuando se haría el SIP entre
las 7 Cajas, se formaría el banco matriz, el Banco Financiero de Ahorros BFA y
así entraríamos en 2011 y ya mediante una segregación de activos, se planteó
crear una filial Bankia, que operaria en bolsa tan solo 1 año y medio después
de haber tomado posesión el Sr. Rodrigo Rato. Es decir en 12 meses las 7 Cajas
operaron en bolsa. Se cerraba así un ciclo de expansión financiera, donde Caja
Madrid, había captado 3000 millones en participaciones preferentes en el año
2009, y Bankia, logró captar otros 3000 millones de euros en su salida en
Bolsa.
Su compleja estructura corporativa era una
enmarañada madeja de sociedades unidas a través de holdings.
El caso Bankia se hizo famoso en mayo de 2012,
cuando se reveló su realidad contable sustentada por una contabilidad creativa
fraudulenta, sistemática e institucionalizada desde hace años, es decir,
utilizaban avanzadas técnicas de ingeniería financiera para modificar su
realidad contable. Desde entonces se ha convertido en un símbolo de la
corrupción y del fraude corporativo.
El escándalo puede causar la desaparición de la
auditora Deloitte, que hasta el momento controlaba las auditorías del 90% de
las Cajas de Ahorros españolas.
Como se está viendo, mucho de los activos y
beneficios de Caja Madrid y de Bankia
fueron inflados, o enteramente fraudulentos o inexistentes. Este tipo de
prácticas comenzaron con la emisión de participaciones preferentes en 1999
desde paraísos fiscales.
II)
EL CASO BANKIA.
1. Historia reciente de Caja Madrid.
En el año 2009, la presidencia de Caja Madrid se
ve envuelta en disputas entre dos sectores del partido popular, de una parte el
alcalde de Madrid Ruiz Gallardón apoya la continuidad de Blesa, de otra
Esperanza Aguirre quiere colocar a su vicepresidente en la Comunidad Sr. Gonzalez.
Caja Madrid era un brazo financiero de la
Administración del Partido Popular y del Partido Socialista. Se convirtió en
el mayor proveedor de créditos de la
Comunidad de Madrid y de otras comunidades del Partido Popular y socialista, de
ahí que la falta de control del Banco de España y de las Comunidades Autónomas
fuera patente.
En mayo de 2009 se da el lanzamiento de
Participaciones Preferentes, un sistema de captación de depósitos que
supuestamente permitía a los clientes recuperar su dinero a plazo fijo en el
plazo de 7 días, casi de forma instantánea. En un solo un día la entidad llegó
a vender el 30 por ciento de la emisión. Asimismo obtuvo del Banco de España la
autorización también para canjear otro 40 por ciento de la emisión, de forma
que prácticamente la emisión de 3.000 millones quedó vendida de inmediato. De
esta forma, de estar en situación de quiebra, pues su cuore capital no iba a llegar a Basilea II, quedó plenamente
afianzado, y con ello el Presidente de Caja Madrid albergó la ilusión de que
podía repetir como Presidente alegando unos resultados EXTRAORDINARIOS.
El prestigio de Caja Madrid, y posteriormente de
Bankia, hizo que pudiera decirse que sus Presidentes eran casi consejeros y
asesores de cabecera de los Presidentes del Gobierno tanto de Aznar como de
Zapatero.
- Características de Caja Madrid y de Bankia.
Bankia se convirtió en un banco inusual, por un
lado era una Caja de Ahorros, por otra era una Banca Comercial y por otra era
una Banca de Inversión. Rodrigo Rato pretendió ser un genio de las finanzas, y
para ello desdobló la compañía mediante un Banco Malo, el BFA, y otro bueno,
Bankia.
Bankia se convirtió pues en un gigantesco banco
sistémico dentro de España, siendo demasiado grande para caer, de ahí que Rato
buscara el apoyo de los gobiernos de turno, a sabiendas de que nadie iba a
liquidar el banco a pesar de su situación de quiebra.
Junto a esta agresiva política expansiva, Bankia
fomentó la participación de sus trabajadores en sus actividades, de forma que
incluso compraban participaciones preferentes y acciones de la compañía, o
apoyaban desde el Consejo de Administración las decisiones fraudulentas de la
Compañía.
- Valor de las acciones.
A la salida a Bolsa la acción era de 3.75 rebajada
a 3.50, llegando incluso tras el canje de 2013 a quedar reducida a su mínima
expresión, siendo actualmente fluctuante.
En mayo de 2012, tras la negativa de la auditora a
firmar sus cuentas, dimite su presidente y entra en una quiebra técnica que se
denomina “reestructuración de deudas”, donde el Frob establece un proceso de
recapitalización mediante una inyección de capital a la entidad que provendrá
de un acuerdo con la Comisión Éüropea denominado Memorándum de Entendimiento
MoU.
III. INFLUENCIA Y LUCHA POLÍTICA POR EL PODER.
Entre 1996 y el 2012 Bankia y sus accionistas, las
7 Cajas de Ahorros junto con sus directivos, concedieron por vías directas o
indirectas miles de millones tanto a los Ayuntamientos españoles, como a las
administraciones públicas del Estado, incluidas las Comunidades Autónomas.
Las instancias de regulación españolas, que eran
las Comunidades Autónomas, con competencias en exclusiva sobre las Cajas de
Ahorros, al ser beneficiadas por esas generosas vías de financiación dejaron de cumplir con su obligación de
control de las Entidades. Tengamos en cuenta que la presidencia de la Comunidad
Autónoma iba ligada, lo mismo que la alcaldía del Ayuntamiento de Madrid, por
poner un ejemplo, con la “amistad” y no con el control legal de la Caja de
Ahorros de Madrid. Lo mismo sucedía con senadores, diputados, miembros de la
Comisión de Economía del Congreso una de las instancias de regulación
legislativa del Parlamento español.
Habría que saber cuánto dinero dio Caja Madrid y
Bancaja a políticos del PSOE, PP, Izquierda Unida y el resto de partidos
políticos del Congreso, de tal forma que el grupo de Cajas de Bankia contribuía
indiscutiblemente a las campañas electorales de los partidos políticos del
Congreso español, vía créditos directos a alcaldes, presidentes de Gobierno autonómicos,
diputados, senadores españoles, y partidos españoles en general, de donde
podemos comprender que las campañas electorales de los partidos políticos
tienen mucho que ver, y la financiación política, con las “buenas relaciones” y
nulo control a los Consejos de Administración de Bankia y sus Cajas. De ahí que
no haya habido ni por parte del poder ejecutivo (Gobierno), ni por parte del
legislativo (oposición), petición de responsabilidad alguna a los directivos de
la mayor quiebra financiera española como ha sido Bankia.
El ex
Presidente de Caja Madrid Sr. Blesa era amigo personal del ex
Presidente del Gobierno Aznar desde
décadas atrás, así como también contaba con el apoyo incondicional del Sr.
Gallardón actual Ministro de Justicia.
IV. Como se armó la trama. LA PLANIFICACION DE LAS
PARTICIPACIONES PREFERENTES POR PARTE DE LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACION DE
CAJAS Y BANCOS.
Caja Madrid creó entidades en paraísos fiscales,
con el fin ocultar información y evadir impuestos, incrementando los
beneficios; esto le proporcionó una plena libertad para el movimiento de
divisas y capitales, así como un completo anonimato
Las participaciones preferentes: aprovechamiento
fraudulento de la banca española.
Desde 1997 a 2003, mas de 2,5 billones de pesetas
(15.000 millones de euros) fueron invertidos en sociedades extraterritoriales
constituidas por 19 Bancos y Cajas de Ahorro españolas en las islas Caimán en
el Caribe, Jersey en el Canal de La Mancha y en otros paraísos fiscales, para
la emisión de participaciones preferentes con altas remuneraciones y además con
beneficios fiscales “ilegales”, según la frustrada investigación de la Fiscalía
Anticorrupción.
Desde hace unos años la actual política gubernamental, de claro apoyo al capital, ha facilitado la integración de la banca española en la economía mundial desregulada, incluido el aprovechamiento de las ventajas fiscales y facilidades legislativas que ofrecen los centros financieros offshore, o paraísos fiscales para no residentes, enclaves como Gibraltar, Andorra, Mónaco o las islas del Caribe y del Canal de La Mancha.
Desde hace unos años la actual política gubernamental, de claro apoyo al capital, ha facilitado la integración de la banca española en la economía mundial desregulada, incluido el aprovechamiento de las ventajas fiscales y facilidades legislativas que ofrecen los centros financieros offshore, o paraísos fiscales para no residentes, enclaves como Gibraltar, Andorra, Mónaco o las islas del Caribe y del Canal de La Mancha.
Una investigación abierta a finales de 2001 por la Fiscalía Anticorrupción,
según la prensa española, planteó el posible fraude fiscal cometido por tres
Cajas de Ahorro (Caja Sur, El Monte y San Fernando) que habían constituido tres
filiales en las islas Caimán: Cajasur EuroCapital Finance Ltd., El Monte
International Capital Ltd., y Capital San Fernando Preference Ltd. para la
emisión de participaciones preferentes como forma de captar ahorro en el
mercado español y que Anticorrupción consideraba como una práctica “irregular y
lesiva para el Tesoro Público, es decir, que servía para evadir el pago de
impuestos en España.
La inspección fiscal estaba también tras la pista
y la Agencia Tributaria notificó a estas Cajas que esas filiales registradas en
paraísos fiscales tenían que ser consideradas residentes en España a efectos
fiscales.
La verdad es que esta modalidad, muy extendida en todos los países ricos, de utilización de los paraísos fiscales para conseguir financiación barata creando allí sociedades para no residentes (que a veces son simplemente un apartado de correos), cobró auge en España a partir de 1997, es decir, tras el segundo mandato del Gobierno Aznar.
Según el Informe del Banco de España, de 1997 hasta 2003, 19 entidades financieras usaron ese procedimiento. O sea, que además de las tres Cajas investigadas, La Caixa, Caja Madrid, Caja de Ahorros de Murcia y otras; y entre otros, el SCH, BVVA, Sabadell, Popular y Bankinter, han acudido a la creación de sociedades extraterritoriales con el fin de aumentar sus recursos propios, retribuyendo generosamente a sus clientes y evadiendo impuestos, para financiar la expansión de los últimos años.
¿Y qué son estas Participaciones Preferentes?
Pues, son “acciones sin voto”, porque sus
propietarios carecen de derecho a voto en esas sociedades anónimas
extraterritoriales, aunque gozan de un dividendo privilegiado y de los demás
derechos de las acciones ordinarias, comprendido el mismo dividendo que
corresponda a estas. Y como indica su denominación, en caso de liquidación de
la sociedad o suspensión de pagos, tienen la preferencia para la recuperación
del valor desembolsado situándose delante de los accionistas ordinarios.
Por tanto estas acciones preferentes sirven también para algo muy importante, como es mantener el control del Banco o la Caja como propietarios sobre la sociedad filial y resolver problemas de financiación aumentando la disponibilidad de fondos propios a precio más bajo que el bancario. Desde que se inventaron sirven para recaudar capital sin que los viejos accionistas suelten el poder de dirección sobre la empresa.
Pero ¿por qué “irse a offshore”? como dicen en su argot. ¿Para qué crear estas sociedades que emiten sus participaciones preferentes desde un paraíso fiscal ?
Pues porque otra de las muchas utilidades que ofrecen estos centros financieros extraterritoriales protegidos por los grandes países son sus facilidades legales, que en este caso autorizaban algo que en España no era legalmente posible y con coste fiscal nulo.
Por tanto estas acciones preferentes sirven también para algo muy importante, como es mantener el control del Banco o la Caja como propietarios sobre la sociedad filial y resolver problemas de financiación aumentando la disponibilidad de fondos propios a precio más bajo que el bancario. Desde que se inventaron sirven para recaudar capital sin que los viejos accionistas suelten el poder de dirección sobre la empresa.
Pero ¿por qué “irse a offshore”? como dicen en su argot. ¿Para qué crear estas sociedades que emiten sus participaciones preferentes desde un paraíso fiscal ?
Pues porque otra de las muchas utilidades que ofrecen estos centros financieros extraterritoriales protegidos por los grandes países son sus facilidades legales, que en este caso autorizaban algo que en España no era legalmente posible y con coste fiscal nulo.
El mecanismo es triangular (cliente, sociedad extraterritorial y entidad financiera) y consiste en que la sociedad offshore capta fondos de quienes adquieren las participaciones preferentes, y estos fondos se los traslada en forma de préstamos a la casa matriz, la Caja o Banco que la crea. Préstamos por los que la casa matriz paga intereses a la filial (que está registrada en el paraíso fiscal como no residente) y esos intereses se los deduce en su impuesto de sociedades en España. La filial retribuye a los inversores en forma de dividendos (exentos de impuestos en el paraíso fiscal) que al proceder del extranjero no tienen la retención del 15% que se aplica a los intereses de una simple cartilla de ahorros.
Pues bien, desde el punto de vista de la legislación fiscal española, todas estas operaciones referidas planteaban dudas. Un informe del Servicio Jurídico de Hacienda consideraba que los intereses que la casa matriz paga a la filial offshore son en realidad dividendos y no intereses por préstamos; y por tanto no son deducibles del impuesto de sociedades. La Agencia Tributaria al parecer debió recibir instrucciones del Gobierno de no apresurar el procedimiento de reclamación de deuda tributaria que a principios de 2003 estaba pendiente. Y en Febrero de 2003, en el aspecto penal, la Fiscalía Anticorrupción archivó la investigación, considerando que existía un vacío legal y planteando al Gobierno la urgencia de que se colmase ese vacío promulgando la oportuna modificación legislativa.
Y llegó la modificación legislativa que demandaba la Fiscalía Anticorrupción pero quizás no como ésta habría deseado.
Porque personalidades de los poderes fácticos – que ahora son los financieros - se movilizaron para que se abordase este tema que tenía en juego muchos miles de euros. Y el Gobierno movilizó a sus peones parlamentarios y aprovechó la Ley de Blanqueo de Capitales – que de eso nada - para que aprobaran además de la Ley sobre los movimientos de capitales (BOE 5/07/03) una serie de modificaciones de otras leyes, regulando las emisión de Participaciones Preferentes por entidades financieras y empresas, prohibiendo que en adelante se emitan en paraísos fiscales, y aprovechando estos cambios legislativos para aprobar e incluir una AMNISTÍA para todas las Cajas, Bancos y empresas que habían utilizado la emisión de este tipo acciones preferentes vía paraísos fiscales, que de esta manera se veían libres de la reclamación tributaria, con graves pérdidas de ingresos para la Hacienda española.
Y es que, según cálculos de expertos, estaban en juego entre 3000 y 6000 millones de euros que los Bancos y Cajas habrían tenido que pagar si Hacienda hubiera seguido adelante con la reclamación. Evidentemente, de no haber mediado esa vergonzante amnistía, esas entidades financieras habrían tenido que aprovisionar contra resultados esas cantidades, con independencia de los recursos judiciales que se hubieran planteado. La razón de fondo: el sistema bancario hispánico podría haberse tambaleado tras los problemas derivados de la crisis argentina y de Latinoamérica en el año 2001. Ya sabemos que el neoliberalismo está para proteger al gran capital.
Origen legislativo de las participaciones
preferentes en España.
La Ley 19/2003 de 4 de julio, sobre el régimen
jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas en
el exterior, reguló la emisión de Participaciones Preferentes. Se estableció la
obligatoriedad de cotización en los mercados de renta fija, y el régimen fiscal de las mismas.
Anterior a esta ley, la emisión de Participaciones
preferentes era un vehículo muy adecuado para realizar operaciones triangulares
con paraísos fiscales.
Es un instrumento financiero que cotiza en
mercados organizados. La adquisición de los mismos se puede llevar a cabo tanto
en los mercados primarios como secundarios de valores. Al igual que la inmensa
mayoría de emisiones de este tipo, las Participaciones Preferentes vienen
representadas por anotaciones en cuenta.
Si adquirimos en el mercado primario, el coste de
adquisición será el nominal de emisión.
Si adquirimos en el mercado secundario, el coste
de adquisición vendrá representado por un porcentaje sobre el nominal de
emisión, en donde el nominal va a ser 100%.
V) SOBRE SUPERVISION Y ASUNCION DE
RESPONSABILIDADES.
El hecho de tener que comparecer en sede judicial es
sintomático de que en España han fracasado todos los intentos por alcanzar, por
vías institucionales, una explicación coherente de qué es lo que ha ocurrido en
Bankia. Así no ha sido posible, como en otros países, crear una Comisión de
Investigación Parlamentaria que esclareciera mediante comparecencias públicas y
“reales” de los causantes de la crisis, una debida rendición de cuentas a
preguntas claras y comprometidas, que obligaran a reconocer y asumir las
responsabilidades que hubiere lugar. Reproducimos a continuación la carta que
enviaron los Inspectores del Banco de España sobre rendición de cuentas.
¿Es que no hay culpables en la quiebra del Sistema
Financiero español? (29 de mayo de 2012)
De momento, solo los inspectores del Banco de
España parecen creer que sí hay culpables, y piden el “urgente relevo” de Fernández
Ordoñez y el subgobernador, Javier Ariztegui.
Solicitan, en una carta enviada a Mariano Rajoy,
la “creación de una comisión de
investigación parlamentaria que exija la debida rendición de cuentas por las
actuaciones realizadas”.
Rendición de cuentas
El escándalo de Bankia ha sido el detonante para
que la asociación de inspectores del Banco de España reconozca que las
actuaciones del supervisor están cubiertas "por
un velo de opacidad que impiden la debida rendición de cuentas", y
destacan que "son muchos y
continuados los errores cometidos" y, en concreto, por "la nacionalización de BFA-Bankia a los
pocos días de haber aprobado la Comisión Ejecutiva del Banco de España el plan
presentado por este grupo, que ha sido manifiestamente insuficiente".
En la carta se solicita además que se introduzcan "los cambios normativos necesarios que
permitan el control de la actividad supervisora por los cauces democráticos y
que se garantice la independencia técnica en la función supervisora".
Para ello, los inspectores consideran vital "endurecer
el régimen de incompatibilidades de los altos cargos del Banco de España".
Las razones para la regularización
Para los inspectores, el Banco de España cuenta
con autoridad normativa y capacidad técnica suficientes para exigir de manera
generalizada a todas las entidades del sistema financiero español una
evaluación del riesgo coherente con los principios de rentabilidad esperada y
eficiencia económica.
Tal justificación la hacen amparándose en la Ley
13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, en su artículo 7.6,
que dota a esta Institución con “la
capacidad para supervisar la solvencia, actuación y cumplimiento de la
normativa específica de las entidades de crédito”, a la vez que, en virtud
del artículo 23 de la misma Ley, la Comisión Ejecutiva del Banco de España –
presidida por su Gobernador- tendrá asignada, entre otras, la tarea de “formular a las entidades de crédito las
recomendaciones y requerimientos precisos, así como expedientes sancionadores y
las medidas de intervención, de sustitución de sus administraciones, o
cualesquiera otras medidas cautelares previstas en el ordenamiento jurídico
cuyo ejercicio se haya encomendado al Banco de España”.
Con estos instrumentos legales, dicen los
inspectores, y los que le reconoce la Ley 26/1988, de 29 de julio, de
Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito – así como los contenidos
en sus propias circulares bancarias-, el Banco de España cuenta con los medios
normativos necesarios para poner orden en las entidades supervisadas en cuando
se detecte cualquier situación anómala que así lo requiera.
El Banco de España cuenta con autoridad normativa
y capacidad técnica suficientes para exigir a todas las entidades del sistema
financiero español responsabilidades
Por tanto, siguen subrayando, y puesto que existen
los mecanismos de actuación para una supervisión eficaz, esta debe conllevar la
comprobación directa e in-situ de la salud de las entidades. Puede ser más
importante incluso que las mejoras en la regulación. Es decir, que aun cuando
la normativa española de supervisión prudencial está lejos de ser perfecta, no
son sus evidentes carencias las que explican la pasividad del Banco de España
en los últimos años en la prevención de la creciente exposición de las
entidades de crédito españolas a los riesgos relacionados con el sector
inmobiliario, ni el optimismo en la evaluación de la solvencia de las entidades
con problemas, sino la voluntad de sus responsables, puesto que la voluntad
política es requisito indispensable para recuperar un sistema financiero
fuerte. De no existir tal voluntad, resultará inútil cualquier esfuerzo por
intentar mejorar la regulación, la supervisión o los mecanismos de saneamiento,
concluyen.
Cambios necesarios
Los inspectores de la entidad definen en un
comunicado que, actualmente, los Órganos Rectores del Banco de España son los
que tienen la potestad legal para decidir cuándo debe inspeccionarse una
entidad, los que emiten las recomendaciones y/o requerimientos resultantes de
las inspecciones y los que resuelven cuando ha de incoarse un expediente
disciplinario a una entidad. Por tanto, los Inspectores -que son empleados del
Banco de España y no un Cuerpo Superior de la Administración con independencia
técnica reconocida por ley-, realizan las funciones de inspección en el
momento, el plazo y el alcance marcado por los Órganos Rectores del Banco de
España, y plasman los resultados de sus visitas en un informe de inspección que
no es siquiera preceptivo.
Por ello, señalan, que leída la Ley de Disciplina
e Intervención de las Entidades de Crédito y sus mínimas y a veces
comprometedoras referencias a la inspección, resulta desconcertante, pues o
bien se deduce que hay una inspección casi inerme, o bien que hay una
inspección subterránea que actúa sin Ley, acaso basada en la benevolencia o
tolerancia de los inspeccionados o quizá en la oscuridad e inseguridad misma
del marco normativo aplicable.
Ninguna de esas posibilidades es aceptable, dicen,
ni nada tiene que ver con una necesaria flexibilidad e incluso informalidad de
la inspección. Lejos de ello, perjudica tanto a la eficacia de la labor de los
inspectores como a los derechos y garantías de los inspeccionados, así como, en
fin, a la seguridad jurídica, a la eficacia administrativa y hasta a la solidez
del sistema financiero.
Consecuentemente, no es debido a falta de
autoridad normativa o de capacidad técnica por lo que se ha desbocado una
crisis económica y financiera sin precedentes.
CONCLUSIONES
La falta de ética, la ambición, la codicia y una cultura
de apetito por el riesgo. Así por ejemplo se supo después que había evaluaciones
de desempeño cruzadas a niveles medio y superior, y cuando alguien era evaluado
por el grupo como con poco apetito por el riesgo era despedido. O sea que todos,
empleados y ejecutivos, debían bailar la misma danza.
Las relaciones de Bankia y sus Cajas con altas
figuras del mundo político, hizo que el mercado financiero se desregulara y
quedara en la práctica sin control.
El hecho de que la auditora Deloitte, fuese una
firma que en Bankia era tanto consultor como auditor, recibiendo honorarios por
varios millones, convertía a la Entidad en uno de sus clientes principales de
dicha auditora; estos auditores no cumplieron su rol.
El Regulador y Supervisor como hemos visto,
tampoco cumplieron con su rol.
FINALMENTE VENIMOS A DENUNCIAR EL ABANDONO DE LOS CLIENTES
DE BANKIA, QUE NO ESTAN SIENDO DEFENDIDOS NI POR EL GOBIERNO ESPAÑOL, NI POR EL
PODER LEGISLATIVO, NI TAMPOCO POR EL PODER JUDICIAL. EN DEFINITIVA DENUNCIAMOS
EL ABANDONO DE LOS CLIENTES POR PARTE DEL
ESTADO ESPAÑOL, QUE OFRECE COBERTURA LEGAL Y JURIDICA A LOS DIRECTIVOS
QUE HAN PROVOCADO LA MAYOR QUIEBRA FINANCIERA DE LA HISTORIA ESPAÑOLA Y, SIN
EMBARGO, NO HA PROMOVIDO IMPUTACION JUDICIAL, NI INVESTIGACION ALGUNA, SOBRE
LOS HECHOS DE DICHA QUIEBRA Y LAS DECISIONES QUE LA PROVOCARON.
PEDIMOS FINALMENTE, QUE SE SUSPENDAN LAS AYUDAS DE
LA UNION EUROPEA REFERIDAS AL SECTOR FINANCIERO ESPAÑOL HASTA QUE UNA COMISION
DICTAMINE UNA RESOLUCION DE LA INVESTIGACION DE LOS HECHOS.
DICHA COMISION PEDIMOS QUE SEA FORMADA POR LA
TROIKA Y UN REPRESENTANTE DE LOS CLIENTES PERTENECIENTES A LA ACUSACION
PARTICULAR LLEVADA A CABO EN LA AUDIENCIA NACIONAL POR EL CASO BANKIA, A SER
POSIBLE LA QUE HACE ESTA COMPARECENCIA ACF POR ESTAR PERSONADA EN EL
PROCEDIMIENTO Y POR CONOCER PERFECTAMENTE EL PROCEDIMIENTO PENAL ABIERTO EN LA
AUDIENCIA NACIONAL, Y QUE ACTUALMENTE LLEVA MAS DE UN MILLON DE FOLIOS, ASI
COMO POR ESTAR PERSONADA CONTRA EL ESTADO EN UN RECURSO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CONTRA EL FROB POR EL CANJE DE PREFERENTES Y SUBORDINADAS POR
ACCIONES.
Sin otro particular les saluda cordialmente
Fdo.:
Presidente de la Asociación
En Zaragoza a 22 de marzo de 2014
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