miércoles, 15 de enero de 2014

PROPUESTA A LOS PARTIDOS POLITICOS


La Corriente de Opinión Izquierda Socialista de Aragón  (PSOE), militantes, simpatizantes y ciudadanos en general,  a instancias de la Asociación de Clientes Financieros (ACF), que promueven una jornada de debate sobre  Crisis Financiera y Política ante una Banca desequilibrada, a celebrar el 17 de enero en  Zaragoza en la sede del PSOE RESUELVEN:

1)Manifestar que constatamos que los partidos políticos en España, a lo largo de la crisis financiera, que comenzó en 2007, deberían de haber creado Grupos de Trabajo específicos y de seguimiento sobre la actuación y solvencia de Bancos y Cajas de Ahorros.  La ausencia de esos grupos especializados, ha provocado que se haya llevado una política tanto desde el Gobierno Central, como desde la oposición según el partido de turno, errática, confusa y finalmente una política incoherente, en los grandes temas de decisión que afectan  al sector financiero.

2)Además constatamos, que cuando los partidos políticos, han tomado decisiones de importancia bien desde el ejecutivo, o desde el legislativo, han girado y se han posicionado mayoritariamente del lado de la Banca. En este sentido no se ha debatido ni la gestión del ex Gobernador del Banco de España, ni del ex Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, a pesar de estar el país bajo su mandato al borde del colapso.

3)Tampoco se ha analizado ni debatido la gestión de los Consejeros en los Consejos de Administración, que Ayuntamientos, Comunidades Autónomas, Sindicatos, Partidos Políticos, Asociaciones, y Entidades Fundadoras entre las que se incluyen la Iglesia (Caja Inmaculada) y la Casa Real (Caja Madrid).

4)La ausencia de autoridad de los Consejeros de Economía, en las Comunidades Autónomas, que tienen competencia exclusiva en materia de Cajas de Ahorros, pero que en ningún momento supervisaron las cuentas de las entidades que han mostrado multimillonarios agujeros contables, demuestran, que el Estado descentralizado es una parodia, pues finalmente, era un Partido centralista el que marcaba desde el Ministerio de Economía, y ahora desde la sede central en Madrid la política del partido en cada Comunidad, dejando sin efecto las competencias que pudieran tener dichos Consejeros, que han pasado desapercibidos y que han renunciado a ejercer sus competencias legales, como supervisor regional de las Cajas de Ahorros.

5)Esa política centralista, marcada por el Grupo Socialista en el Congreso, en el caso del PSOE, y por el Grupo Popular en el Congreso caso del PP, indica que quien dirige y tutela la política de los partidos y marca sus líneas de actuación, son los grupos parlamentarios, de esta forma han provocado un modelo político invertido.

Así mientras públicamente se hace creer que el Partido Socialista marca la política del PSOE, o el Partido Popular la política del PP, realmente es al revés la política del partido, es marcada por el Grupo Parlamentario y éste el Grupo, cuando está en el gobierno o en la oposición acaba siendo controlado por grupos fácticos, o lobbies financieros, que son quienes realmente marcan y obligan tanto al PSOE, como al PP a decidir en favor de dichos lobbies, trabajan “al dictado”.

Ese dictado, viene demostrado por el seguimiento de la línea del neoliberalismo económico en el caso del PP, y social liberal en el caso del PSOE, donde es el mercado el que libremente autorregula la actividad financiera, dejando en suspenso los controles del Estado y minimizando la intromisión en su argot del Estado, en los mercados financieros. Así se entiende que no se haya seguido investigación o reproche alguno de los partidos a sus cargos institucionales, en el ejecutivo o en el legislativo, así como en órganos de control, o en entidades financieras, que no puede sino calificarse como desastrosa para los clientes en el sector financiero, con su irresponsable inactividad, que ha dejado a millones de españoles en situaciones de quiebra familiar o en situaciones de riesgo.

Finalmente instamos a los partidos políticos:

1)Creación de un grupo de Trabajo y Seguimiento sobre el sector financiero. La Asociación de Clientes Financieros, asociación de ámbito nacional personada en la Audiencia Nacional en el caso Bankia por la vía penal, formará parte de ese grupo de trabajo, y recibirá la información necesaria dentro de los partidos, que permita acelerar el caso Bankia en la Audiencia Nacional, mediante la aportación voluntaria de documentos, y con colaboración de ex consejeros de Cajas de Ahorros, que aporten pruebas concluyentes tendentes, a esclarecer los hechos, ocurridos en Caja Madrid, Bancaja y las Cajas de la fusión en Bankia.

2)Se pide la dimisión del Fiscal Anticorrupción, por su inaceptable actuación en el caso Bankia y en la defensa del Sr. Blesa imputando al juez Elpidio Silva, al que le mostramos nuestro más decidido apoyo por su lucha en favor del esclarecimiento de los hechos y gestión del agujero de Caja Madrid.

3)Así mismo, los partidos políticos se personarán en el caso Bankia, y actuarán e impulsarán la vía penal en la Audiencia Nacional, contra los directivos de Bankia, actualmente seguida por el juez Andreu.

4)Los partidos políticos y la Asociación de Clientes Financieros, promoverán un Convenio a 3 bandas, dentro del sector financiero, que permita que Gobierno, patronal bancaria AEB-CECA y Clientes, inicien un cambio en el sector financiero. De esta forma los Derechos de los Clientes, deben ser efectivamente garantizados y no judicializados.


La resolución del caso de las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas de Caja Madrid y de Bankia, será la primera de las reivindicaciones que se planteará dicho convenio, que una vez se proceda a firmar, pasará a engrosar una Nueva Cultura Financiera en nuestro país, que permita decir que efectivamente , el Estado actúa en defensa de los más débiles y acaba finalmente con la impunidad de los ejecutivos de la Banca. 

Así podríamos hablar de que se ha acabado la actual etapa de posicionamiento de parte del Estado, que ha favorecido claramente en estos años a la Banca. Los clientes finalmente serán reconocidos como el auténtico Agente y Sujeto principal del sector financiero, que y además del resarcimiento de los daños económicos que ha sufrido, debe ser reconocido en los Organos de Gobierno, de las Entidades Financieras, para que efectivamente hay un Control de los ejecutivos y podamos decir que hemos entrado en la senda de la recuperación y se ha recuperado la confianza.

JORNADA DE DEBATE CRISIS FINANCIERA Y POLITICA, ANTE UNA BANCA DESEQUILIBRADA


La jornada de debate tiene 4 mesas:

el Caso Bankia tramitado en la audiencia nacional, el papel de los sindicatos en los Consejos de Administración de la banca, crisis financiera y crisis de los partidos, la reestructuración europea de la banca, banca cooperativa ….



 Lugar: Sede del PSOE de Aragón, c/ Conde de Aranda nº 138

Día: 17 de enero, viernes 10 mañana, finaliza a las 20 horas    ENTRADA LIBRE

Organiza:   (IS) IZQUIERDA SOCIALISTA  Y   ASOCIACION DE CLIENTES  FINANCIEROS (ACF)
  






jueves, 9 de enero de 2014

JORNADAS DE DEBATE DE LA ASOCIACION DE CLIENTES FINANCIEROS


Las jornadas se realizarán primero en Zaragoza, y a continuación se repetirán en Madrid.

El debate que se está originando ya antes de comenzar la jornada, respecto a temas candentes del sector financiero queremos que se vea reflejado en el debate de las jornadas.

Algunas de las reflexiones y preguntas que queremos que se respondan en estas jornadas son las siguientes:

    Mesa 1. CAJA MADRID, BANCAJA, LA FUSION Y POSTERIOR QUIEBRA. EL CASO BANKIA EN LA AUDIENCIA NACIONAL.

Sin duda la pregunta clave en esta mesa es ¿Sr. Blesa, estaba Caja Madrid en quiebra en mayo-junio de 2009 cuando se emiten las participaciones preferentes?
También se debe enjuiciar tanto la gestión del Sr. Blesa y Rato en Caja Madrid, como la gestión del Sr. Olivas en Bancaja.

Mesa 2. LA CRISIS FINANCIERA, Y LA CORRESPONDIENTE CRISIS DEL MODELO DE PARTIDOS.

Aquí nos preguntamos por qué los partidos políticos se manifiestan incapaces de abordar la crisis del sector financiero. Observamos como el parlamento se ha ido burocratizando, y como la cuestión de la soberanía ha ido perdiendo fuerza, puesto que parece que responden más los partidos políticos a los estímulos de los ejecutivos de la banca, que a los estímulos que los ciudadanos con sus críticas que realizan en la calle.

Observamos cómo los ciudadanos hablan cada 4 años en las elecciones, y los mercados hablan diariamente. Ahora bien, ¿qué fuerza hay para combatir esa “política de los mercados” diariamente constatada?.

En nuestra opinión hay dos, de una parte la Administración, lo que se considera el Estado, el propio Gobierno, pero que como hemos visto en estos largos años de crisis financiera, se ha posicionado claramente por la banca  y en contra de los ciudadanos, en un claro acto de Traición al Estado por parte de sus funcionarios públicos.

De otra parte estarían los partidos políticos y las organizaciones sociales, que podrían y deberían de combatir a esa banca privada que controla al Estado. Sin embargo, los partidos políticos se han viciado, sus dirigentes están en las instituciones. Entonces ¿qué respuesta deberían dar los partidos políticos? En nuestra opinión, deberían de llegar a acuerdos con organizaciones sociales “cercanas” a los ciudadanos, y no con organizaciones sociales burocráticas, que permitan afrontar un programa real de trabajo diario y de respuesta social a los embates de la banca.

Mesa 3. EL PAPEL DE LOS SINDICATOS DE BANCA EN LA CRISIS FINANCIERA.

En esta mesa nos gustaría que se enjuiciara la gestión que las federaciones de banca de los sindicatos mayoritarios, especialmente UGT y CCOO, y también de los sindicatos llamados independientes, CESICA de directores de agencia.
A lo largo de esta crisis financiera han demostrado su incapacidad para afrontar los retos macroeconómicos del sector, como son la quiebra interna de Caja Madrid y, por otra parte, han mostrado su “colaboración” en la colocación de las participaciones preferentes a los clientes.

Miedo, y el pacto con la dirección, han podido más que cumplir con su obligación de ser vigilantes con la empresa.

Es fundamental que el Pacto de Estabilidad que se firmó con Blesa en Caja Madrid, por parte del PSOE, Izquierda Unida, el propio Partido Popular, UGT y CCOO, sea analizado. Ese pacto se llevó por delante su papel de estar vigilantes en el Consejo de Administración, y ha sido causa de la quiebra de Caja Madrid y posteriormente Bankia, porque ha habido manos libres a los respectivos Presidentes de la Entidad, y pactos de silencio y de impunidad. Ahora en estas jornadas se debe denunciar dicho Pacto de Estabilidad, a la vista de los hechos, así como se deben enjuiciar las actuaciones de Rodrigo Rato y Goirigolzarri, que tampoco han sido debatidos ni en los órganos de gobierno de las Entidades Financieras, ni en los propios partidos políticos y sindicatos.

Entendemos que aquellos que hicieron el pacto con Blesa, deberían de acudir a esta jornada y explicar los detalles y evolución de dichos pactos. Un pacto que, no lo olvidemos, contaba también con Ruiz Gallardón y Esperanza Aguirre, uno a favor y otra en contra, no tanto del pacto como de la continuidad del presidente, en una evidente LUCHA POR EL PODER FINANCIERO E INSTITUCIONAL.

Así colaboraban la parte institucional de Ayuntamiento y Comunidad de Madrid, también con la Asamblea de Madrid y, como no, con la intervención de la parte empresarial,CEOE Díaz Ferrán, Empresarios de Madrid, y la propia Entidad Fundadora, apareciendo el Rey, representado por el Jefe de la Casa Real Sr. Spottorno.
Al Sr. Spottorno, le invitamos a que explique el papel de la Casa Real en Caja Madrid en estos años, y los “negocios del Rey”.

También se debería hablar de los créditos condonados al PSOE por Caja Madrid, 15 millones de euros (2.400 millones de pesetas no pagados), así como también créditos condonados al Partido Popular, y las deudas multimillonarias de las 280 inmobiliarias más grandes del país, que en concurso de acreedores dejaron de pagar, hasta elevar la factura total de créditos inmobiliarios en situación de riesgo, subestándar, impagados, o refinanciados a la cantidad de 41.000 millones en la época del Sr. Blesa, de donde calculamos que al menos 10.000 pertenecen  a los Ayuntamientos de Madrid capital y de sus 20-30 municipios del Area Metropolitana.

Los sindicatos deben explicar su colaboración en esta forma cautiva de dirigir la Caja, que ha propiciado financiación a alcaldes y concejales del área metropolitana de Madrid, que han visto cada 4 años como aumentaban los créditos de Caja Madrid a sus respectivos municipios, y de esta forma, se garantizaban su reelección en las correspondientes elecciones municipales y autonómicas de Madrid, eso sí con deudas multimillonarias de esos ayuntamientos, y con unos intereses que asfixian la tesorería municipal.

Así se han fabricado personajes que dominan la actualidad política madrileña en los últimos 20 años, y que han conseguido que la corrupción política, financiera e inmobiliaria, haya sido un triángulo perfecto, basado además en la correspondiente impunidad judicial que ha visto como fiscales y jueces “amigos” ascendían en el escalafón, de forma que todo queda en La Casa.

Mesa 4.  LA POLITICA BANCARIA ANTE LA CRISIS DE LA BANCA.

Entonces ¿qué pedimos una vez vista una recopilación de las cuestiones anteriores?

De una parte pedimos que entremos a analizar el concepto de nacionalización de la banca, actualmente en entredicho, pues la nacionalización de las entidades lo que pretende es su privatización posterior, pagando los ciudadanos el rescate de dichas nacionalizaciones provisionales, que no son sino un pagar sus deudas y su quiebra, reflotar las entidades y luego venderlas al mejor postor. Esa política la condenamos y pedimos un sector público real de la banca que actúe de contrapeso.

De otra apostamos por una decidida política de autogestión financiera, que basándonos en el modelo de banca ciudadana, promueva modelos de banca cooperativa. Inspirados en el modelo sueco, entendemos que hay experiencias consolidadas que permitirían la integración en el sector financiero de capas sociales, actualmente excluidas, que y además fomentarían una banca democrática, ciudadana y donde los dueños reales de sus ahorros fueran los propios clientes, que adoptarían sus propias decisiones sobre el futuro de la entidad y sus políticas de inversiones, con arreglo a un criterio de ética colectiva, y dejaría atrás la época de la ética privada de ejecutivos sin escrúpulos, que es la que nos domina actualmente.



viernes, 3 de enero de 2014

TRIBUNAL DE CUENTAS: CREDITOS IMPAGADOS POR AYUNTAMIENTOS DE MADRID A CAJA MADRID-BANKIA

     José Ignacio Martín (Presidente)
Asociación de Clientes Financieros (ACF)
       Email: asociacionacf@gmail.com
              Tfno: 646.19.99.55
                      Zaragoza




                                                                                                         Presidente
                                                                                                 Tribunal de Cuentas
                                                                                             C/ Fuencarral, nº 81
                                                                                                    28004 Madrid



                      Zaragoza a 3 de enero de 2013     

            ASUNTO:      AREA METROPOLITANA DE MADRID,
                                   POSIBLES ENGAÑOS DE TASACION.

CAJA MADRID SITUACION DE RIESGOS, ENGAÑOS DE TASACION, PRESTAMOS AYUNTAMIENTOS, PROMOTOR Y DE COMPRA DE SUELO



A LA ATENCION DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE CUENTAS


Estimado Sr. Presidente:

En 2010 se aprobó la fusión de Caja Madrid, Bancaja, y otras 5 cinco Cajas que finalmente crearon Bankia., Tanto las Comunidades Autónomas, como el Banco de España, la aprobaron para evitar la intervención de Caja Madrid en quiebra técnica. Tanto Caja Madrid, como Bancaja arrastraban una situación de riesgos evidentes en el sector inmobiliario principalmente Caja Madrid.

Como consecuencia de la falta de las facturas de deudas contraídas y no pagadas por los ayuntamientos de Madrid capital y el área urbana y metropolitana, dichos créditos quedarán pendientes de pago, aunque finalmente será el Frob quien se hará cargo al avalar la devolución de dichos créditos pues indudablemente las irregularidades detectadas desde hace años en la política de  concesiones, y la política de créditos “autonconcedidos” por los Consejeros Generales municipales de Caja Madrid presentes en el consejo de Administración y Asamblea General, ascenderían según nuestros cálculos iniciales, a falta de mayor documentación en estos momentos calculamos más de 10.000 millones de euros calificados como créditos de dudoso cobro o directamente incobrables, a falta de mayor documentación.

Se solicita información que tenga este Tribunal sobre:

 Evolución de los Préstamos a promotor y de compra de suelo, que arrastran a las Sociedades Municipales creadas ad hoc en la época de la burbuja inmobiliaria en los siguientes municipios:

Ayuntamiento de Madrid capital.

Área urbana: Ayuntamientos de Alcorcón, Leganés, Getafe, Móstoles, Fuenlabrada, Coslada, Alcobendas y Pozuelo de Alarcón.

Área metropolitana: Villaviciosa de Odón, Parla, Pinto, Valdemoro, Rivas-Vaciamadrid, Torrejón de Ardoz, Alcalá de Henares, San Sebastián de los Reyes, San Fernando de Henares, Tres Cantos, Las Rozas de Madrid, Majadahonda y Boadilla del Monte.


Nuestras informaciones nos indican que la TASACIÓN, en valores totales y los residuales no coinciden con el valor real. En este sentido nos gustaría saber que revisión se ha realizado de los citados préstamos. Caja Madrid y otras del  posterior grupo Bankia, tenían comprometidos riesgos, con los citados municipios madrileños por no menos de 15.000 millones de euros de los que un 45%, parecen irrecuperables, preguntamos es correcto este % de irrecuperabilidad?. Si las tasaciones están realizadas de manera defectuosa, porque las expectativas del mercado inmobiliario eran otras, la imposibilidad de recuperar se elevaría al 75%., si no han errado en las previsiones los analistas, con lo cual se eleva la cifra a 10.000 millones de euros que nosotros sepamos la cantidad irrecupable.


Operaciones:

MARTINSA-FADESA; SANDO, TREMÓN,  EL POCERO, COLONIAL.

Hay que añadir las siguientes empresas LLANERA, GRUPO LÁBARO, PROMODICO, URAZCA, los riesgos en ASTROC (Afirma y luego Quabit), así como otras empresas significativas, como el preconcurso de El preconcurso de REYAL URBIS que atrapó a Bankia con 470 millones del préstamo sindicado.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.





                        Insc. Gr. 1 Sec. 1/ Nº Nacional 598.626 (Registro Nacional de Asociaciones)



jueves, 2 de enero de 2014

AUDIENCIA NACIONAL: BANKIA, UNA QUIEBRA INDUCIDA



INTRODUCCION 2ª PARTE (sobre nulidad del auto de la Sala Tercera de la Audiencia Nacional)Bankia: UNA QUIEBRA INDUCIDA.

La Sala Tercera ha olvidado, entre otras 2 cuestiones esenciales a la hora de afrontar el delito penal de la comercialización de las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, como son de una parte el Manual de Procedimiento, y de otra la verdadera comercialización.

1)      SOBRE EL MANUAL DE PROCEDIMIENTO.
La Sala ha visto el procedimiento de la comercialización de una forma parcial y errónea, ha mostrado un conjunto, pero no ha hecho el despiece del producto, porque estamos ante un montaje, y que para que haya un montaje, debe haber unas piezas, piezas que ensamblan perfectamente para que haya comercialización del producto. Dicha operación, el despiece de ese conjunto aparentemente legal, no la ha hecho ni el juez instructor, ni la Fiscalía, ni la Sala, pues han optado por ver el conjunto externo, “aparente”, el que nos muestran las entidades, pero no las piezas reales, e incluso las “piezas ocultas” que se esconden tras ese montaje. Identificar las piezas y ver cómo han funcionado cada una de ellas dentro del engranaje general es la investigación penal que hay que realizar, pues ni mucho menos el juez instructor, la Fiscalía ni finalmente la Sala, han demostrado conocer realmente cuáles son, y qué papel han jugado cada una de esas piezas. Así se entiende que se confunda a la entidad colocadora con la entidad emisora, con la entidad de liquidez, o con la entidad de garantía, o con la entidad de transmisión en la fusión, segregación y finalmente canje. Como ya se ha demostrado reiteradamente no son ni mucho menos la misma, y cada una de ellas cumple una función completamente distinta. Y todavía hay más piezas que no se han mencionado en el engranaje, pero sin el concurso de las mismas no se habría podido comercializar el producto. Precisamente entidad colocadora, entidad emisora,  entidad de liquidez, o entidad de garantía, ni son lo mismo, ni son las mismas, ni tienen las mismas fechas de actuación, puesto que ni siquiera han sido identificadas, y etiquetadas con su verdadera función, pues cada una de ellas cumple funciones diferentes en fechas diferentes, y tienen responsabilidades bien diferentes desde el punto de vista legal. Así pues el auto de la Sala es nulo de pleno derecho, porque interpreta de una forma errónea y prescindiendo completamente del Manual de Procedimiento interno, aportado por las propias querelladas, tanto las funciones, como los papeles, como los tiempos de actuación de cada una de las personas jurídicas en litigio.

El Manual de Procedimiento demuestra e identifica tanto a dichas entidades como sus diferentes papeles o roles dentro de la estructura de comercialización, así como identifica los plazos y fechas en que deben intervenir. Por todo ello al HABER PRESCINDIDO COMPLETAMENTE DEL PROCEDIMIENTO y de la PRUEBA que aportan las propias entidades querelladas, el auto es nulo de forma radical y absoluta en este punto de la exoneración de delito penal, tanto en la comercialización como en la exoneración de las entidades financieras como personas jurídicas, puesto que anula LA PRUEBA del delito, no aportada por los querellantes, sino que lo más grave es que la PRUEBA es aportada por las propias entidades querelladas, lo cual demuestra el AFAN DE LA SALA por evitar el delito de imputación a las entidades financieras, puesto que olvidó en ese gran esfuerzo exculpatorio que la PRUEBA del DELITO ya ha sido aportada, y no es necesario investigar o buscar dicha prueba, porque los propios imputados y las entidades querelladas ya la aportaron hace tiempo. Por tanto la investigación ya está concluida desde hace tiempo, y simplemente habrá que llevar ante los ojos de una SALA CIEGA Y SORDA las pruebas que las entidades exculpadas ya entregaron hace tiempo, para refrescar la memoria de unos jueces tan olvidadizos.

2)      SOBRE LA VERDADERA COMERCIALIZACION.
La sala vuelve a errar el blanco cuando habla de una comercialización idílica, que solo existe en la imaginación del Ministerio Fiscal, y ahora de los Jueces de la Sala Tercera, pero que nada tiene que ver con la realidad  de la comercialización realizada.  La Asociación de Clientes Financieros (ACF) ha personado como acusación particular, hasta la fecha a 3 grupos de afectados, pertenecientes a 8 Comunidades Autónomas y cerca de 10 provincias españolas, con más de 6 millones de euros comercializados. Por el momento hemos personado a más de 120 afectados.

Según demuestran sus testimonios el delito penal es real y no ficticio, como la Sala pretende hacernos creer de forma ilusoria. Tanto jueces como fiscales al unísono hablan de quizás todo lo más irregularidades administrativas, nada que ver con el ilícito penal. Esto demuestra la gran compenetración que está habiendo en el caso Bankia entre Jueces y Fiscales para realizar una gran mascarada, que es más un ejercicio de prevaricación que un intento de hacer cumplir la ley, que es su supuesto cometido, un esfuerzo absolutamente inútil porque la ley finalmente se impondrá. Esperemos que no haya que volver a dejar en ridículo a los defensores de tan peregrinas doctrinas, tan desfasadas en el tiempo que, de momento, no vamos a insistir en desenmascarar a quienes ya se han descalificado desde el punto de vista profesional hace mucho tiempo.

El 20 de diciembre de 2012, hace ahora un año, personamos a 26 de nuestros afiliados, en mayo de este año a 32, y en julio a 88 más. Después de 1 año, los argumentos y relatos aportados por nuestros afiliados, personados como acusación particular, ni siquiera han sido leídos por parte de la Sala. Y esto se demuestra porque ni uno solo de los argumentos que aportamos, y son muchos, han sido rebatidos ni desacreditados por pruebas aportadas de contrario, ni han sido rebatidos nuestros argumentos y hechos, ni por la Fiscalía, ni tampoco por la Sala. Han olvidado algo esencial, y es que la comercialización de estos ya más de 100 clientes de toda España aportan querellas distintas y diferentes en el tiempo, fecha, forma y fondo de comercialización, con distintas entidades, productos, y fórmulas de actuación, no es una querella colectiva, como ha querido ver la Fiscalía y la Sala, son más de 100 querellas independientes cada una, pero que tienen de común los delitos penales, que en conclusiones nosotros aportamos, pero habrá que identificar cada una de esas querellas y rebatir los argumentos que en los relatos cada afectado comenta y que cambia completamente de forma inicial el procedimiento. Si se han unido en un mismo procedimiento ha sido como consecuencia de la economía procesal, pero son hechos distintos y diferentes, a los cuales deberá atenderse de forma individual, porque individual es la querella, so pena que quiera la Audiencia, que aumentemos la carga de papel, y la burocracia, para realizar nuevamente 120 querellas personadas de forma individual, lo cual sería un nuevo disparate, uno más de la larga secuencia de desastre con la que se está instruyendo la causa, con tal de entorpecer, el esclarecimiento de los hechos, ganar tiempo, engañar en los medios de comunicación a la gente, y vender la entidad, objetivo último del Gobierno, con el concurso y ayuda necesario del Ministerio Fiscal, que ya no sabe qué hacer para disimular, y de la Sala, que parece ha “entrado en razones” al favorecer de parte a las entidades financieras. Tanto los argumentos presentados como las pruebas que aportan cada uno de los diferentes personados por esta Asociación siguen intactos, con relatos de su puño y letra, y que como hemos comprobado ni siquiera han sido leídos por los jueces de esta Sala. Si hubieran sido leídos habrían tenido que cambiar necesariamente el auto, un auto inducido por la banca, de exoneración de delitos muy graves, que están plenamente acreditados a lo largo de las 120 querellas presentadas por esta Asociación.

Tendremos que volver a recordar dichos argumentos, y al mismo tiempo aportar, a los que ya son miles de folios que ésta Asociación ha redactado en la instrucción que nosotros llevamos a cabo de forma privada, y que venimos haciendo desde hace ya más de un año y medio del caso Bankia.

Nuestra instrucción nada tiene que ver con la instrucción que se está llevando hasta la fecha, pues estamos a años luz de las diligencias que ha hecho la Fiscalía Anticorrupción, que a paso de tortuga y con miope visión, no ve absolutamente nada que nos les interese ver o al Gobierno, o al Presidente de Bankia, o a los propios imputados. Por eso y finalmente, como demostrarán las pruebas dentro de unos días, la quiebra de Bankia fue una QUIEBRA INDUCIDA.




martes, 31 de diciembre de 2013

NULIDAD DEL AUTO SOBRE LAS PREFERENTES DE LA AUDIENCIA NACIONAL



Escrito sobre nulidad del auto de la Sala Tercera en las diligencias previas 39/2013, querella presentada por clientes afectados, afiliados a la Asociación de Clientes Financieros (ACF).

Introducción.

1)La equiparación de la Autorregulación con la ley. (La elevación de voluntades privadas cambiantes al rango de Ley).

El auto de la Sala Tercera de Lo Penal de la Audiencia Nacional, ha plasmado una idea central no escrita, pero que es la siguiente: Equipara la Autorregulación Financiera y la Discrecionalidad de las Entidades Financieras, con el propio Estado, en este escrito desgranaremos los motivos que nos llevan a sostener esta afirmación y por lo tanto a solicitar la nulidad radical del auto en lo referente a las partes desestimadas del auto inicial que admitía la querella.

Hay una clara indefensión, puesto que no se analizan cuestiones básicas, como es la  prueba aportada, el informe de CNMV, y sobre todo, no se centra el caso.

La idea y pregunta central que hay que responder es: ¿estaba Caja Madrid y Bancaja (y por extensión las otras 5 cajas de la fusión), en quiebra técnica en el año 2009 cuando se emiten las preferentes?.

Nosotros decimos que SI, y las cuentas así lo avalan. Se emitieron las participaciones preferentes cuando ya sabían que estaban en quiebra técnica, por eso se emitieron, y ahí es donde nace el delito, de forma que hay que declarar nulos los contratos efectuados.

Como iremos viendo en este escrito, las entidades financieras demandadas asumen las competencias propias del poder legislativo (hacer leyes), del ejecutivo (desarrollar las normativas y reglamentos), de la Administración (aplicando con discrecionalidad, es decir a voluntad propia, la gestión y comercialización de los productos). Además asumen las funciones de control interno por medio de las cuales quedan exoneradas de inspecciones incómodas del regulador BdE y del supervisor CNMV, y están exoneradas de sanciones administrativas o penales, puesto que no ha habido ni un solo expediente sancionador concluido, de forma y manera que, si asumen funciones del legislativo, ejecutivo y de la Administración, estaríamos ante una equiparación al Estado. Sólo quedaría entonces el control jurisdiccional, “condicionado” por 2 cuestiones:

1 1ª) Algunos de los Abogados defensores de la entidad proceden de la propia Audiencia Nacional, unos como antiguos fiscales, otros como antiguos jueces.

2 2ª) Además, la alianza Fiscalía-Entidades financieras demuestra la patente de corso, quedando nada más y nada menos que a la altura del Jefe del Estado, el rey y su Casa Real, es decir; transmitirían la inviolabilidad a las entidades financieras de Bankia. Por eso podríamos decir, en el Caso Bankia: Viva el Rey (de unos), Viva España (la de los delincuentes).

La inviolabilidad de Bankia, sería equiparable al rango que le concede la Constitución a la Casa Real, que finalmente es la Entidad Fundadora de Caja Madrid, y que tenía capacidad para designar 65 consejeros generales en dicha Caja. A cambio de no designarlos, el rey tenía la posibilidad, y así lo ejercía, de influir en la entidad, de forma que el actual Jefe de la Casa Real, Sr. Spottorno, era el Jefe de la Obra Cultural de Caja Madrid en el mandato de Blesa, y estuvo en el cargo hasta febrero de 2011, para a continuación pasar a su actual cargo de Jefe de la Casa Real.  Por eso en Bankia podemos deducir que cuando gritan los españoles viva el Rey, gritan viva Bankia, y viva la España de la delincuencia financiera organizada, un auténtico ataque al Estado de Derecho que la Sala Tercera no puede olvidar, so pena de entrar en la prevaricación directa, que significa dictar una resolución judicial ilícita a sabiendas de su ilegalidad.

Por eso se debe decretar la nulidad radical en la parte de la comercialización y su invitación a no ser investigadas. 
¿Por qué pedimos la nulidad del auto respecto a la no investigación penal de la comercialización de preferentes y subordinadas en el grupo Bankia?.

El auto de la sala, aunque no menciona el concepto en realidad, está refrendando la autorregulación de Caja Madrid, Bancaja y sus respectivas participadas finalmente emisoras de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas.

La Autorregulación como concepto básico permite concluir que las propias entidades financieras son capaces de definir, enmarcar, controlar, emitir y resolver productos financieros, sin necesidad de controles externos.

Así la sala saca en conclusión que, del monitoreo de la documentación aportada, lo que la sala ha visto es que las entidades financieras pusieron en circulación contratos aparentemente legales y legalizados que fueron firmados por los clientes, y que tras ser inspeccionados por el Banco de España y CNMV, el primero (BdE) autorizó canjes de emisiones, de donde la sala deduce que se cumple la ley, y respecto a las inspecciones de la CNMV se desprende un concepto etéreo y abstracto : “irregularidades administrativas”, de donde no se ha desprendido ninguna sanción, puesto que la operativa era común a todo el sector financiero, y de donde la sala, otra vez de forma gratuita, colige que era una comercialización legal y por tanto no indiciaria de reproche o investigación de donde se desprenda delito penal alguno.

Con el auto la sala equipara autorregulación (privada) con discrecionalidad (de la administración),e incluso pone la autorregulación normativa por encima de la propia discrecionalidad normativa de la Administración.

Para comprobar todos estas cuestiones conviene recordar la discrecionalidad de las entidades financieras denunciadas, así como la división de poderes.

De otra parte, la función político-representativa y administrativa, y las distintas clases de discrecionalidad que han sido utilizadas.

Además quedaría por determinar las órdenes de venta, puesto que los empleados, al realizar una actividad delictiva, pues NO denunciaron el caso “a sabiendas”, serían cómplices de un delito institucionalizado de forma masiva en toda la entidad.

Queda por determinar así mismo la responsabilidad penal de los inspectores y Organos de Gobierno, del Banco de España, CNMV, y así cabría preguntar ¿quiénes son los inspectores in situ y qué papeles jugaron en toda esta quiebra?.

Si hacemos un recordatorio de los hechos, veremos como el movimiento realizado en 2011(la salida en bolsa), en realidad es la culminación de un proceso, no son hechos aislados, fortuitos, hay planificación puesto que toda entidad financiera tiene servicios de estudios que saben al minuto lo que está sucediendo en los mercados con total precisión. De donde se desprende que los servicios de estudios adelantaron posiciones, meses antes de los hechos,  y simplemente coincidían en un plan conjunto de gobierno, oposición, Banco de España, Frob, es decir el ejecutivo  y el legislativo, más la patronal bancaria representada por la Asociación Española de Banca (AEB), y la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), y las propias entidades que estaban controladas desde las instituciones ayuntamientos y Comunidades Autónomas, de forma que el asunto estaba cerrado desde hacía años entre ellos.

2)La quiebra de Bankia: “2009 emisión de participaciones preferentes A SANGRE Y FUEGO”.

El caso Bankia y su control jurisdiccional debe dejar claro que la Audiencia Nacional no actúa al “dictado de la Banca”, aunque de momento los ciudadanos perciben que hay posicionamiento de parte de los jueces de la Sala Tercera de la Audiencia en favor de Bankia.

El auto deja nuevas imputaciones de directivos, por lo que conviene recordar la causa penal abierta tras la dimisión de Rodrigo Rato en mayo de 2012, y las consecuencias jurídico-administrativas.

 1ª) El inicio del caso Bankia en junio de 2012, y la posterior imputación de 33 directivos por la posible comisión, entre otros delitos, de un delito de administración desleal, al salir a Bolsa con unas cuentas falseadas.
 2ª) A la postre se han provocado pérdidas en los accionistas de hasta un 99%, tras el canje de participaciones preferentes en mayo de 2013, que obligó a asumir ese 99% de pérdidas tras la resolución del Frob.
 3ª) El tercer hecho relevante que ha sucedido desde el punto de vista judicial ha sido la presentación de querellas también contra directivos de Bankia,  de las Cajas de Ahorros fusionadas en este caso específicas, sobre la emisión y venta de participaciones preferentes. La Asociación de Clientes Financieros, presentó su querella en mayo de este año por estos hechos,(siendo por tanto la 4ª querella presentada contra directivos y entidades), siendo estimada íntegramente por el juez instructor. La Fiscalía Anticorrupción y los directivos y entidades demandados, recurrieron el auto de admisión.

Entre medias de estos hechos, la Sala Tercera de la AN el 28 de mayo de este año consideró que, indudablemente, las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas debían ser investigadas, y en consecuencia ampliaba la causa iniciada en junio de 2012, con la investigación de la salida a Bolsa, añadiendo las preferentes y subordinadas de las Cajas de Ahorros a la investigación.

Finalmente ahora en diciembre de 2013 la Sala Tercera ha resuelto a instancias precisamente de nuestra querella:

Investigar la planificación de las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, y la imputación de los directivos de las entidades financieras, que es precisamente la querella de ACF, la que ha logrado que las subordinadas entren en la Audiencia Nacional, que hasta ese momento no habían entrado. De otra parte, y aunque se imputa al Consejo de Administración, queda fuera de la investigación la posible responsabilidad penal de las Entidades Financieras, al considerar que solo a partir del 23 de diciembre de 2010, se puede aplicar dicho precepto, y por tanto no son imputadas las personas jurídicas en el caso Bankia.

Dada la complejidad del caso conviene hacer una recapitulación que permita centrar la causa judicial y aclarar cuál va a ser su desarrollo futuro:

1º) Hasta ahora habían sido imputados los directivos que estaban ejerciendo su cargo en julio de 2011 con ocasión de la salida en Bolsa de Bankia, los inicialmente 33 imputados.

2º) Ahora son imputados los directivos que durante 2009 emitieron las participaciones preferentes, así como los que en 2010 emitieron las obligaciones subordinadas. De forma que estarían imputados los consejeros que desde el 2009, 2010 y hasta el 2011 hubieran estado en el cargo del Consejo de Administración.

3º) Sobre comercialización en las agencias aparecen los trabajadores, que son exculpados penalmente según el auto, salvo mala fe manifiesta o intencionalidad maliciosa del empleado, pero habría que recordar a la audiencia que hay prejudicialidad penal del caso, puesto que si se investiga al Consejo de Administración, los empleados son autores directos del delito ,pues son los que lo ejecutan.

4º)Queda por determinar el papel de las instituciones Banco de España, CNMV etc… También conviene resaltar el papel de los partidos políticos, que a pesar de formar parte de los órganos de gobierno, se han ausentado de la causa, es decir, consideran que son penalmente inocentes los directivos de las entidades, pues ninguno salvo uno, curiosamente el único que no está en las Cajas, se ha personado en la causa penal. Respecto a los sindicatos, también han declarado inocentes a los directivos, al no personarse, y finalmente todo el arco parlamentario y organizaciones representativas (sindicatos, asociaciones etc.) asumen las tesis del Partido Popular, cuando no recurren judicialmente la decisión del canje por acciones ejecutado por el Frob. El estado de “partidos” muestra así una falla de considerables dimensiones, puesto que todos, repetimos todos los partidos sin excepción, han validado la decisión del gobierno, al no haberla impugnado judicialmente, única forma real de restablecer el Estado de Derecho y de llevar a cabo una auténtica restitución de los derechos fundamentales pisoteados por el ejecutivo, el legislativo y ahora el aparato judicial, que haciendo “un auto de parte”, trabaja al unísono. Fiscalía (gobierno), y Sala Tercera (a las órdenes del sistema financiero), que previamente había tomado posición “independiente” en mayo de este año,  y que tras ese auto independiente relevó a la ponente jueza del caso Malaya, para acabar exculpando penalmente a las entidades y a los empleados, que comercializaban “quizás con alguna irregularidad administrativa”, interpreta la sala, según reza en el informe de la CNMV, que NO sancionó a las entidades por éstas prácticas, que al ser generalizadas del sector, concluye la sala “eran legales”.
Es decir la comisión de un delito si es masivo, según la sala tercera, deja de ser delito, pues lo permite el Banco de España y CNMV, y por tanto no puede haber reproche penal. Una antología del disparate, que el auto eleva a los altares de doctrina jurídica y que muestra a las claras el posicionamiento previo, y de parte, que había antes de hacer el auto, que se convierte así en un traje a medida, y demuestra que es un auto dictado por la banca.



miércoles, 18 de diciembre de 2013

LA BANCA ESPAÑOLA PLANTEA LA PRIVATIZACION DEL ESTADO.

A2) Derechos económicos de los clientes.

Introducción.

La idea central que está pivotando a lo largo de toda la crisis económica, es la Privatización del Estado, o lo que es lo mismo la propia destrucción del Estado.

En la loca carrera el capitalismo ha ido progresivamente imponiendo la “ley del mercado”. Sin embargo la imposición capitalista del mercado, conlleva privatizar el Estado, es decir, arrancar de la esfera pública todo aquello que tenga que ver con el sector financiero fundamentalmente.

El peligro de este movimiento liberalizador del sector financiero, y la consiguiente privatización del Estado, es que privatizar el estado significa destruir el estado y por consiguiente también destruir los principios enciclopedistas de la Ilustración, que la Revolución Francesa significó, al derribar finalmente el Antiguo Régimen, la Monarquía Absolutista y los vestigios de la sociedad feudal, que hacían de Dios el centro del poder, de la religión y de la Iglesia los depositarios del dicho poder divino, y al rey, el consagrado del poder divino en la tierra, y como tal un poder indiscutible e indiscutido. Es decir; la destrucción del estado conlleva destruir los cimientos de la República Francesa, y con ello, eliminar directamente la democracia, pues será precisamente a partir de la Revolución Francesa cuando nace el concepto de la “soberanía popular”, que mediante el voto elegirá a su representantes y gobernantes de forma democrática.

Aunque la actuación del Estado, durante la crisis económica nacional e internacional actual, surgida a partir de agosto de 2007, ha sido execrable, pues ha habido un posicionamiento de parte de las Entidades Financieras y en contra de los clientes, resulta que en nuestro programa internacional de los clientes para la banca, la Asociación de Clientes Financieros va a tener que salir “en defensa del  Estado”, puesto que de esta forma salimos en defensa de la democracia si bien debemos partir del “secuestro actual”.

El lenguaje económico tecnocrático y “de parte” de la banca, impuesto por los lobbies bancarios, supone una suerte de “polders”, en este caso derechos ganados a los clientes, y que tienen como función ir privatizando el Estado de forma progresiva. La lucha del lenguaje, dominado por los directivos, pero no por los ciudadanos de a pie, los deja fuera de juego permanentemente en sus relaciones con la banca, de forma que los clientes somos receptores de dicho lenguaje, en nuestra condición de  sumisión absoluta ante un lenguaje desconocido.

A2a) Las decisiones del Estado, golpes de Estado sucesivos de la banca.

Una vez marcado el rumbo, y fijado el objetivo, hay que “ejecutar” desde el Estado, las decisiones bancarias, esto se hace desde el golpismo financiero. 

La aparición del golpismo financiero.  Lo primero que podemos decir es que nos encontramos ante una Banca dictatorial y con actitudes fascistas.

Un claro ejemplo de ello fue la gestión de Caja Castilla La Mancha, o de Caja del Mediterráneo, siendo el caso Bankia, tras la fusión de 7 cajas, el caso más extremo de este golpismo financiero, donde los ejecutivos decidían por su cuenta sin asumir ninguna responsabilidad sobre sus errores.

Si observamos lo sucedido en los últimos años, vemos que el hecho de que en España se ha reformado la Constitución para evitar un rescate inminente de la Unión Europea sobre España, mediante la aprobación de un techo del déficit, pone al Estado al límite, al servicio de los  rescates a la banca.  A la Banca, por el contrario, no se le ha colocado en situaciones de ultimátum, tales como  límites de deuda en un determinado volumen/sector, o intervención o cierre, como sí se ha hecho con entidades de otros sectores.

Como hemos visto en el apartado anterior A1 sobre los valores, la democracia europea puede retroceder si la política financiera no se ejerce respetando unos valores básicos, la UE debe cerrarse en torno a:

- Lucha contra la corrupción financiera, es decir; se debe combatir el maridaje Banca-Estado. Así hemos visto como la actuación de Bancos Centrales puede calificarse como corruptas en el caso de Banco de España y CNMV, pues ni siquiera ha habido sanciones, aunque tampoco en Europa se han sancionado estas actitudes hasta fechas muy recientes.

-  La incompatibilidad de cargos, la concentración del poder.

-  Lo mismo podemos decir sobre los salarios de los ejecutivos que han llegado a ser hasta un 16 % de los beneficios de alguna de las entidades españolas, en este sentido es necesario establecer topes a dichos salarios.

-  También debe entrarse al debate sobre los asesores del mundo de la banca.

-  Debe de hacerse también revisión de proyectos de inversión, donde los proyectos de inversión armamentistas deben quedar relegados al último lugar.

A2b) Compromiso del ejecutivo europeo con los clientes en la banca.

2.1. Legislación complementaria en Europa.

* Se necesitan Reformas Legales, y constituir Fondos de Restitución para personas sin ingresos, o con escasos recursos derivados de fraudes en la banca, tales como caso de preferentes y otros similares como compra de acciones de entidades investigadas e imputadas por fraude contable como Bankia.

* Respecto al papel de los Bancos Centrales Nacionales: Es necesario una actualización, modificación y cumplimiento de la Ley 13/1994 de Autonomía del Banco de España, respecto entre otros a los siguientes puntos:

1) Descubiertos del Tesoro en la cuenta del Banco de España. Como se recordará no puede haber descubiertos de dicha cuenta, porque se privaría de la iniciativa en el proceso de creación monetaria, y se podría incurrir posteriormente en demandas de responsabilidad patrimonial del Estado.

2) Cabe recordar también que el Banco de España (BdE) no puede adquirir directamente del Tesoro valores emitidos por éste, es decir Deuda Pública. Sin embargo actualmente, el Frob inyecta capital a la banca, esa inyección de capital es gracias a un crédito internacional que será devuelto gracias a la emisión de Deuda Pública española. Es decir; la autonomía del Banco de España, en estos momentos, está supeditada a las instrucciones que dicta el MoU al Tesoro, que  por medio de las subastas de Deuda Pública financia la devolución del crédito.

3) Lucha contra la inflación. En cumplimiento del art. 40 de la Constitución Española el BdE, orienta la política monetaria, siendo la estabilidad de los precios y la consiguiente lucha contra la inflación el objetivo del Banco. Sin embargo cabe recordar que se incumplió los objetivos legales de la ley de autonomía del BdE con la autorización de la amortización y emisión de nuevas preferentes en Caja Madrid en 2009, al romper la estabilidad de los precios pues elevó los tipos de interés remuneratorios de las mismas.

4) Impugnación de actos del Banco de España y control del Banco por parte del Ejecutivo. Según el artículo 1, apartado 2 los actos que dicte el BdE en ejercicio de las facultades del artículo 7.6 y 15.4. serán actos administrativos, pudiendo ser impugnados mediante recurso ordinario ante el Ministro de Economía. El artículo 20 faculta al Ministro de Economía y Hacienda,  así como al Secretario de Estado de Economía a asistir a las reuniones del Consejo. En este sentido debe hacerse una Memoria donde figuren los recursos presentados contra el Banco de España, ante el Ministro de Economía cada año y la resolución favorable o desfavorable por parte del Ministerio a dichos recursos. Así mismo se debe indicar si entre 2008-2013 ha habido asistencia del Ministro de Economía o del Secretario de Estado de Economía a las reuniones del Consejo, justificando los motivos de dichas asistencias, y recordando que el artículo 7.4. indica que ni el Gobierno ni ninguna otro órgano nacional o comunitario podrá dar instrucciones al Banco de España, ni éste podrá aceptarlas o recabarlas.

5) Tribunal de Cuentas y Cortes Generales. El artículo 10 establece que el BdE tiene que informar a las Cortes Generales sobre la política monetaria. Según la ley orgánica  2/1982 de 12 de mayo del Tribunal de Cuentas, y sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 27 de los estatutos del sistema europeo de bancos centrales SEBC, el Banco de España, quedará sujeto a la fiscalización externa del Tribunal de Cuentas. En este sentido entendemos que el T. de Cuentas debería informar de dichas fiscalizaciones a esta institución.

6) El Banco de España, ha incumplido también su obligación de cumplimiento del artículo 7.3.d) sobre promover el “buen funcionamiento del sistema de pagos”, primero con las autorizaciones de las emisiones de preferentes en 2009, después con la ampliación de la emisión también autorizada, y posterior canje de preferentes de 2004 al 2009, finalmente con la amortización anticipada de los productos híbridos en mayo de 2013 porque el Frob como Administración del Estado, incumple con su obligación de satisfacer el sistema de pagos como propietario último de Bankia, al no reconocer la Deuda de la Entidad con sus clientes.

7) Sobre incumplimientos de funciones del Banco de España:

7.1. Incumple el artículo 7.5.b) que le obliga a promover el buen funcionamiento y estabilidad del sistema financiero. Puesto que su papel en la emisión de las participaciones preferentes de Caja Madrid en 2009, con su política de autorizaciones, y posteriormente con sus políticas de autorizaciones en Bankia no han hecho sino hacer crecer el agujero de la entidad al ser inviable a largo plazo tanto el pago de intereses y devolución a los clientes del dinero depositado, como la autorización de emisión de  Preferentes por parte del Frob a Caja Madrid dentro del Contrato de Integración de BFA fusión de las 7 cajas, que posteriormente hizo que el Frob quedara como propietario último de BFA y en consecuencia también que la ayuda concedida en su día de 4.4.65 millones haya quedado en una ayuda a fondo perdido.

7.2. Respecto al artículo 7.5.g) Consideramos que la contestación a consultas de los interesados, en materia de inspección y supervisión financiera, aunque la ley reconoce efectos vinculantes, solo tiene carácter informativo. Consideramos que SI debería dar lugar a recursos dicha contestación.  Sin esa  posibilidad de recurso, el Banco goza de absoluta discrecionalidad y el afectado queda indefenso ante los argumentos que quiera manifestar el Banco que no tienen por qué ser ajustados a derecho, y carecen de control jurisdiccional, de forma que sus contestaciones, tendrían un carácter mucho más relevante que el otorgado hasta ahora, que no infunde temor alguno a las Entidades pues no tiene poder jurídico o de coacción alguno.

7.3. Se incumple el artículo 7.6. La supervisión del Banco de España sobre Caja Madrid y las Cajas de Bankia, no se hizo conforme a las disposiciones vigentes, puesto que la solvencia y actuación y cumplimiento de la normativa específica fue incumplida reiteradamente por dicha Entidad, toda vez que la normativa MIFID no era aplicada a los clientes minoristas, y de otra se hizo una emisión de participaciones preferentes por valor de 3.000 millones en una entidad que estaba en ese momento (año 2009) en quiebra técnica. Así mismo se permitió que las irregularidades contables, en todo el volumen de crédito inmobiliario no devuelto por 280 grandes empresas inmobiliarias se mantuviesen ocultas de forma que se engañó posteriormente a los 300.000 accionistas que compraron acciones en julio de 2011 con la salida a Bolsa y quedando actualmente con pérdidas del 99 %.


No hubo tampoco ningún tipo de coordinación del Banco de España, con la supervisión prudencial, que debían llevar a cabo las Comunidades Autónomas, pues éstas eran las que tenían competencias plenas en materia de Cajas de Ahorros y a ellas les correspondía vigilar en el ámbito de su competencia la supervisión regional, máxime en un proceso de fusión interterritorial. Por cierto cabe decir que una vez desaparecidas las Cajas de Ahorros, las Comunidades Autónomas han quedado sin ningún tipo de supervisión prudencial en su territorio, competencia que deberían recuperar en este caso actualizándose a la supervisión sobre la banca instalada en su territorio correspondiente.