martes, 9 de abril de 2013

COMUNICADO DE PRENSA ASAMBLEA DE PARTICIPES. PARTICIPACIONES PREFERENTES DE CAJA MADIRD

ASOCIACION DE CLIENTES FINANCIEROS (ACF).

COMUNICADO DE PRENSA.


ASUNTO: Caja Madrid Finance Preferred S.A.

Participaciones Preferentes Emision ES0115373021 año 2009.

Convocatoria de Asamblea de Partícipes.

Zaragoza a 9 de abril de 2013

La situación de las Participaciones Preferentes de Caja Madrid del año 2009, atrapadas en la falta de liquidez actual, y según el Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo (de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero), conocido como decreto del FROB, según el cual van a ser canjeadas de forma obligatoria por acciones de Bankia, por Decreto del Gobierno, y se va a someter a un arbitraje a los clientes afectados, que será dirigido por una empresa privada, modifica sustancialmente las condiciones de la emisión y justifican la Convocatoria de una Asamblea de Partícipes (tenedores de participaciones preferentes, es decir los afectados).

Dicha Asamblea debe servir para que se expongan, por parte de todos los intervinientes en la emisión, claramente sus posiciones.

En este sentido conviene recordar que hay 2 partes:

a) Los partícipes que son los clientes, los tenedores de participaciones preferentes, y que tienen derecho a analizar la situación y realizar las objeciones que consideren oportuno, fijando sus posiciones.
b) La otra parte es el Emisor (Caja Madrid Finance Preferred), que es quien ha hecho la oferta de compra, y donde y además forman parte de la Emisión, el Garante (Caja Madrid, ahora Bankia) y la Entidad de liquidez (Caixabank) actualmente exonerada.

Considerando que hay motivos más que justificados para que haya esta Asamblea de Partícipes, la Asociación de Clientes Financieros ha solicitado al Emisor de las participaciones preferentes, dicha convocatoria.

El folleto de emisión indica en el apartado 4.8.2.1 Falta de pago íntegro de la remuneración durante cuatro períodos trimestrales consecutivos

El Consejo de Administración del Emisor, o una comisión autorizada del mismo, convocará una

Asamblea General de Partícipes con el objeto arriba indicado. La convocatoria de dicha

Asamblea será realizada dentro de los quince días hábiles siguientes al impago que diera lugar

al ejercicio del derecho regulado en el presente apartado por todos los titulares de

Participaciones Preferentes del Emisor, en los plazos y formas relacionados en el apartado 4.15

siguiente.

Si el Consejo de Administración o, en su caso, la comisión debidamente autorizada, no convoca

la Asamblea General de Partícipes dentro del plazo de 30 días, podrán convocarla los titulares

de Participaciones Preferentes representativas de, al menos, el 10% de las cuotas de liquidación

correspondientes a las mismas.

Esto significa que la Asamblea debe convocarla la propia Entidad, pero entendemos que no van a convocarla, por lo que para forzar su convocatoria, debemos convocarla los propios partícipes representativos del 10 % de las cuotas de liquidación, como indica el folleto.

Dado que la emisión de participaciones preferentes fue de 3.000 millones, para que los partícipes puedan convocarla, deben aportar el 10 % de esta cantidad, es decir, debemos reunir 300 millones de euros, en participaciones preferentes de los titulares de las mismas, y con dicha representación, estaría obligada Bankia a convocar la Asamblea de Partícipes.
Con objeto de que haya una reunión con organizaciones de consumidores, representantes sindicales de Bankia, representantes de plataformas de afectados, y despachos de abogados representativos de clientes afectados por las participaciones preferentes de Caja Madrid, al objeto de solicitar la Asamblea de Partícipes, la Asociación de Clientes Financieros convocará a una reunión de coordinación a dichos colectivos, para que se sumen a esta iniciativa que promovemos y en consecuencia podamos convocar la Asamblea de Partícipes, que sería el equivalente a una Junta de Accionistas de un Banco, pero en este caso, limitado al total de compradores de participaciones preferentes en Caja Madrid a partir del año 2009.
Consideramos que en estos momentos lo fundamental es conseguir ese 10% de representación y convocar la Asamblea, pero lógicamente para llegar a esos 300 millones, será necesaria la colaboración de numerosas organizaciones de afectados, para que los afectados firmen la solicitud, que calculamos puede llegar a 10.000 clientes a una media de 30.000 euros contratadas.

Recabaremos la opinión y disponibilidad de los grupos representativos, para asistir a una reunión preparatoria de toda la infraestructura y organización logística necesaria, que requiere ésta recogida de firmas, títulos, y delegaciones de voto, pudiendo contactar con nosotros desde el
teléfono 655471458, o enviándonos un email a la asociación, nuestro correo es: asociacionacf@gmail.com

La reunión debe hacerse lo antes posible, y en cuanto los grupos representativos que deseen participar de la petición de Asamblea estén disponibles, se convocará, de hecho ya están trabajando desde hace unos días nuestros afiliados y simpatizantes, tanto en Zaragoza, Madrid, como Barcelona, Valencia y otras provincias.

En archivo adjunto enviamos nuestra posición inicial sobre este tema, que la someteremos a debate con las organizaciones que finalmente se sumen a la convocatoria, para su mejora y modificación de aquellos puntos en los que no estén de acuerdo, con objeto de llevar una posición común a dicha Asamblea
de Partícipes.

En cualquier caso, entendemos que todos los afectados de participaciones preferentes y las organizaciones representativas, estamos de acuerdo en rechazar el canje obligatorio por acciones de Bankia, y también en rechazar el arbitraje en las condiciones que han indicado desde el FROB, por lo que la convocatoria y el acuerdo de los afectados por participaciones preferentes en dicha Asamblea de Partícipes, rechazando dicho decreto, marcará un antes y un después tanto a nivel organizativo de los afectados, como de las posiciones iniciales del Gobierno, del FROB y de Bankia en este tema, que consideramos deberán rectificar y escuchar el clamor unánime de todos los tenedores de títulos, que se van a manifestar en esta Asamblea de Partícipes a celebrar en Madrid en las próximas semanas en la misma dirección de rechazo absoluto.

Por lo que y en consecuencia, tras ésta Asamblea de Partícipes, se deberán buscar nuevas soluciones al problema que se planteará entre la posición de fuerza que plantea el Gobierno, de convertirlos en accionistas vía Decreto, y la posición de fuerza que plantearán los afectados rechazando ser accionistas.

Consideramos que la única posibilidad de resolver el conflicto, es y será abrir una negociación entre las partes, concretamente entre el Gobierno, o los representantes de Bankia y los agentes representativos de los clientes afectados, que sean elegidos en dicha Asamblea.

Cualquier otra medida del Gobierno, que pretenda como hasta ahora, dejar a los clientes como meros espectadores, no resolverá el problema, sino que agudizará la crispación, la tensión y el enfrentamiento actual, y provocará la convocatoria de movilizaciones sociales a nivel nacional. La actual calma que se ha vivido con estos afectados de Caja Madrid será cosa del pasado, y se avecinará un verdadero y peligroso infierno social.

En este sentido, la Asociación de Clientes Financieros, se está preparando para el caso de que finalmente las amenazas del Gobierno se cumplan, y en el caso de que el Gobierno opte por la vía de la fuerza, es decir por la vía del Decreto y el canje obligatorio, nosotros dejaremos en suspenso las vías administrativas, judiciales y burocráticas ya en marcha, abriremos un nuevo frente, y si el Gobierno reta a los clientes, aceptaremos ese reto e iremos por la vía de la confrontación, una espiral de proporciones difíciles de controlar, porque las advertencias que nos envían nuestros afiliados son muy serias, NO SE VAN A QUEDAR DE BRAZOS CRUZADOS, viendo como pierden su dinero, y ese mandato de nuestros afiliados, lo estamos cumpliendo de forma preventiva, preparando la organización de las protestas, para el caso de que finalmente tengamos que salir a la calle a nivel nacional.

Podemos resumir para terminar diciendo cuál es el estado emocional en que viven una grante parte de los afectados, nuestros afiliados se mueven entre vías de suicidio y botes de gasolina preparados para quemar las agencias de Caja Madrid y los directores y empleados que les engañaron. Algunos de ellos se están muriendo por su edad y ya no llegan ni siquiera a los juicios abiertos contra Bankia por la lentitud de los procesos.



El Gobierno deberá elegir que desea, si la negociación o provocar episodios trágicos y violentos en la calle, deberá elegir entre abrir los telediarios y portadas en los medios de comunicación con mesas de negociación democrática con los afectados, o de ciudadanos movilizados violentamente en la calle de forma permanente reclamando su dinero, con la correspondiente imagen de España en los medios de comunicación a nivel internacional de carácter catastrófico y de un Gobierno desmoronado y desbordado por la ola de las nuevas protestas.



Advertimos al Gobierno de que la Asociación de Clientes Financieros, no entrará en políticas de imagen, de márketing, pantomimas, fotos o de engaño social, si no se abre una mesa de negociación y se plantean soluciones reales y justas, o se nos pretende engañar metiéndos en callejones sin salida, responderemos con total contundencia en la calle, pues estamos preparados para ello, aunque será de formas diferentes a las conocidas hasta ahora, activaremos otro tipo de protestas que permitan la protección y seguridad de nuestros afiliados.


José Ignacio Martín

Pte. de Asoc. Clientes Financieros


PD. Reproducimos a continuación lo que indica el folleto de emisión (el contrato), sobre la convocatoria de la Asamblea de Partícipes.

Dicha Asamblea, está contemplada en el folleto de emisión, que indica que si transcurren 4 trimestres consecutivos, sin cobrar el cupón, se tendrá derecho a convocar una Asamblea de Partícipes. Desde el 7 de abril de 2012 no se ha cobrado el cupón por lo que el 7 de abril de 2013 se ha cumplido el requisito para convocar dicha Asamblea.

Concretamente dice lo siguiente el apartado 4.8.2.1 Falta de pago íntegro de la remuneración durante cuatro períodos trimestrales consecutivos.

En el caso de que ni el Emisor ni CAJA MADRID, en virtud de la Garantía, satisfagan la

Remuneración íntegra respecto de las Participaciones Preferentes Serie II durante cuatro

períodos trimestrales consecutivos, los titulares de las Participaciones Preferentes Serie II, junto

con los titulares de otras participaciones preferentes que haya emitido o, en su caso, pueda

emitir el Emisor en el futuro, y que tengan derecho de designación de administradores en dicho

supuesto, tendrán derecho a designar a dos miembros adicionales del Consejo de

Administración del Emisor. Producida dicha designación, CAJA MADRID se compromete a

nombrar a las personas así indicadas como miembros del Consejo de Administración del Emisor

en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la designación.

Los titulares de Participaciones Preferentes Serie II, junto con los titulares del resto de

participaciones preferentes que haya emitido o, en su caso, pueda emitir el Emisor, podrán

solicitar también a CAJA MADRID la destitución de los miembros del Consejo de

Administración del Emisor así designados y designar otros en su lugar, en cuyo caso CAJA

MADRID se compromete a tomar las medidas oportunas para que la destitución y el nuevo

nombramiento tengan lugar en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la destitución.

El ejercicio de los derechos citados anteriormente no se reconoce de forma aislada a los titulares

de Participaciones Preferentes Serie II, sino de forma conjunta con el resto de titulares de

participaciones preferentes que el Emisor haya emitido o, en su caso, pueda emitir en el futuro

con un mismo rango que las Participaciones Preferentes Serie II. Por tanto, si en el futuro el

Emisor decidiera emitir nuevas participaciones preferentes, los titulares de Participaciones

Preferentes Serie II deberían actuar conjuntamente con los titulares de las participaciones

preferentes emitidas con anterioridad por el Emisor y con los titulares de las nuevas

participaciones preferentes que tuviesen reconocido el derecho de designación en el mismo

supuesto, a efectos de designación de consejeros y de destitución de los mismos.

El acuerdo de designación o destitución de miembros adicionales del Consejo de

Administración requerirá, en primera convocatoria, el voto favorable de los titulares de las

participaciones preferentes a los que no se haya pagado íntegramente la remuneración

mencionada, que representen la mayoría (51%) de las Cuotas de Liquidación de las

participaciones preferentes afectadas y en circulación en ese momento. En segunda

convocatoria, se requerirá el voto favorable de dos terceras partes de las Cuotas de Liquidación

de las participaciones preferentes afectadas, presentes o representadas en la correspondiente

Asamblea General de Partícipes. Hay que tener en cuenta que estas cuotas de liquidación

pueden ser distintas para cada serie de participaciones preferentes.

El Consejo de Administración del Emisor, o una comisión autorizada del mismo, convocará una

Asamblea General de Partícipes con el objeto arriba indicado. La convocatoria de dicha

Asamblea será realizada dentro de los quince días hábiles siguientes al impago que diera lugar

al ejercicio del derecho regulado en el presente apartado por todos los titulares de

Participaciones Preferentes del Emisor, en los plazos y formas relacionados en el apartado 4.15

siguiente.

Si el Consejo de Administración o, en su caso, la comisión debidamente autorizada, no convoca

la Asamblea General de Partícipes dentro del plazo de 30 días, podrán convocarla los titulares

de Participaciones Preferentes representativas de, al menos, el 10% de las cuotas de liquidación

correspondientes a las mismas

Los titulares del conjunto de participaciones preferentes del Emisor a los que no se haya pagado

la remuneración íntegra durante cuatro periodos consecutivos podrán votar en relación con la

designación o destitución de miembros adicionales del Consejo de Administración y adoptar la

decisión que estimen oportuna al respecto mediante el acuerdo correspondiente en una

Asamblea General de Partícipes.

Una vez adoptada la propuesta de designación o destitución de miembros adicionales del

Consejo de Administración, la Asamblea General de Partícipes dará traslado de la misma a: (a)

el Consejo de Administración del Emisor a fin de que proceda, en su caso, a convocar la Junta

General de Accionistas de la misma y (b) al Garante, a fin de que se acuda a la Junta General de

Accionistas del Emisor.

El Garante se compromete a votar a favor de la designación o destitución de los Consejeros

propuestos por la Asamblea General de Partícipes y a adoptar todas las medidas necesarias a tal

efecto.

Cualquier miembro del Consejo de Administración nombrado de conformidad con lo dispuesto

anteriormente cesará en su cargo si, tras la circunstancia que hubiera dado lugar a su

nombramiento, el Emisor o el Garante, en virtud de la garantía, reanudaran la distribución de la

remuneración íntegra de las Participaciones Preferentes Serie II durante cuatro períodos de

remuneración consecutivos.

Los Estatutos del Emisor establecen un mínimo de 3 miembros del Consejo de Administración

y un máximo de 7 miembros. A la fecha del presente documento, el Consejo de Administración

se compone de 3 miembros. A efectos clarificativos, en el supuesto de que los titulares de

participaciones preferentes designaran dos miembros en el Consejo de Administración del

Emisor de acuerdo con lo establecido anteriormente, el número máximo de consejeros no se

alteraría y seguiría siendo de siete (7) miembros, por lo que el Garante, como titular directo e

indirecto del 100% de las acciones ordinarias del Emisor podría nombrar hasta cinco (5)

miembros del Consejo de Administración.

Tanto el nombramiento como el cese de los Consejeros será objeto de anuncio por parte del

Emisor en un periódico de difusión nacional en España.

Lo establecido en los apartados anteriores será de aplicación siempre que, habiendo incumplido

el Emisor con sus obligaciones de pago de la numeración en los términos indicados, el Garante



miércoles, 27 de febrero de 2013

PARTICIPACIONES PREFERENTES DE CAJA MADRID 2009, CAIXABANK ENTIDAD DE LIQUIDEZ.


Zaragoza a 27 de febrero de 2013



ASUNTO: CAIXA ENTIDAD DE LIQUIDEZ
Participaciones Preferentes Emision ES0115373021 año 2009


A LA ATENCION DEL SUBGOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA,
Y PRESIDENTE DEL FROB.



Estimado Sr. Subgobernador:


Le remitimos consulta que vienen haciendo diferentes clientes de Bankia, respecto a la situación de Caixabank en relación a las participaciones preferentes de Caja Madrid del año 2009, Emision ES0115373021.

HECHOS:

1) Moddys baja el Rating a Caja Madrid año 2009 (en pleno proceso de suscripción de las participaciones preferentes).


A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES

Madrid, 17 de junio de 2009

Ref.: Actualización de los rating del Garante de la Emisión de participaciones Preferentes
Serie II de Caja Madrid Finance Preferred, S. A., con la garantía de Caja Madrid.

Muy señores nuestros:

Ponemos en su conocimiento que la agencia de calificación de riesgo crediticio Moody’s Investors Service ha publicado una nota de prensa el 15 de junio de 2009 actualizando los rating asignados a Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid (Caja Madrid) tal y como se indica a continuación:

• Fortaleza financiera: D+ desde C+.
• Largo plazo: A1 desde Aa3
• Deuda subordinada senior: A2 desde A1
• Deuda subordinada junior: Baa1 desde A1
• Valores híbridos: Ba2 desde A2.
• Corto plazo: se confirma P-1.

De acuerdo con el apartado 5.1.3 de la Nota de Valores, Caja Madrid Finance Preferred, S.A., tras la publicación del correspondiente Suplemento a la Nota de Valores, con efectos desde el jueves 18 de junio de 2009 y hasta el viernes 19 de junio de 2009, ambas fechas inclusive, quedará abierto el correspondiente período de revocación para aquellos suscriptores de Participaciones Preferentes Serie II que así lo deseen.

Sin otro particular, les saludamos atentamente,

CAJA MADRID FINANCE PREFERRED, S.A.
___________________________
D. Carlos Stilianopoulos


2) En el folleto de emisión, se habla de que Caixabank será la entidad de liquidez.

3) Así mismo se habla de que en determinadas circunstancias podrá ser exonerada como ahora lo está desde el 13 de julio de 2012. Dicha exoneración es temporal, y en caso de que las circunstancias que provocaron la exoneración desaparezcan se reanudará la actividad como entidad de liquidez. Básicamente entendemos que dichas circunstancias, eran las relativas a las que afectaban a la solvencia.

4) El Banco y la Entidad de Liquidez podrán resolver el contrato de liquidez en caso de incumplimiento por cualquiera de las partes.

NUEVOS HECHOS:

5) La solvencia del Banco parece estar garantizada con la inyección de capital que el FROB ha dispuesto, a partir de las condiciones pactadas con las autoridades europeas provenientes del MOU.
CONCLUSION:

1) Solvencia. Además de la inyección de capital antes citado, se ha saneado el agujero inmobiliario con el pase al SAREB de dicha cartera inmobiliaria, y se ha aprobado un ajuste laboral y cierre de oficinas de carácter considerable.

Considerando que efectivamente las medidas adoptadas, que y según dicen las autoridades españolas garantizan el normal funcionamiento de Bankia, en consecuencia la entidad es solvente actualmente.

2) Vuelta al mercado. A partir de la recuperación de la solvencia, debería de permitirse levantar la exoneración temporal de Caixabank, respecto a dicha emisión de Participaciones Preferentes y que recordamos es de un 10%, o lo que es lo mismo 300 millones de euros, del total de la emisión de 3.000 millones.

3) Opciones. Caixabank puede mantener la exoneración, volver a ser entidad de liquidez, o resolver el contrato.

Caixabank, puede resolver el contrato de liquidez, cuando lo considere oportuno porque así reza en el folleto, o si considera que las circunstancias de reanudación, no le son aceptables en base a que persistan algunas de las causas que motivaron la exoneración temporal, ejerciendo su derecho con el preaviso de 30 días.

Si se hace la resolución del contrato, se viene obligado a nombrar una nueva Entidad de Liquidez, bien por parte de Bankia, o si transcurridos los 30 días no se propone otra Entidad sustitutiva, Caixabank, podrá proponer otra siendo obligatorio por parte de Bankia su aceptación, y manteniéndose Caixabank como Entidad de Liquidez, hasta que otra la sustituya.

4) Exoneración incompatible con las nuevas circunstancias. Pues bien, desde nuestro punto de vista, el Banco (Bankia), no puede mantener a la Entidad de Liquidez exonerada, porque las circunstancias de fuerza mayor por todos conocida, han cambiado. Hemos pasado de una entidad en quiebra técnica, que tuvo que reformular sus cuentas y dimitir a todo el Consejo de Administración, nacionalizandose BFA y Bankia, a una entidad que incluso habla de dar beneficios.

Sin embargo, lo que está haciendo es mantener dicha exoneración en perjuicio de los que contrataron dicho producto.

Por tanto puede haber daños y perjuicios, en este caso irían como responsable a Caixabank, porque mientras no se haya nombrado otra entidad de liquidez, sigue siendo responsable, aunque tiene la opción de notificar la resolución del contrato con el preaviso legal de 30 días y si transcurridos dichos 30 días, el Banco no hubiera designado otra en sustitución, Caixabank podrá presentar otra que en el plazo de 30 días el Banco no podrá rechazar, ya comentado anteriormente.
FINALMENTE:

Como se desprende del hecho nº 1, en el que D. Carlos Stilianopoulos, indica que se abre un plazo de revocación de las órdenes de suscripción de las participantes preferentes, derivado de una bajada general de los rátings de solvencia, por parte de Moodys, la emisión realizada en el año 2009, fue hecha en condiciones de claro engaño a los preferentistas, que obviamente al ser clientes minoristas y pertenecientes a una Caja de Ahorros, no tenían ni tienen conocimiento de los hechos relevantes, que se publican en la CNMV.

Los hechos relevantes publicandos en la CNMV, son seguidos constantemente, por aquellos que se dedican profesionalmente, al ámbito de la inversión bien sea en acciones, o en otros productos de riesgo, pero no un lugar de tránsito informativo, para el cliente habitual de una agencia bien sea rural o urbana, de Caja Madrid en el año 2009, puesto que ni siquiera saben que existen esos hechos relevantes, ni tampoco que quieren decir los rátings, y las descripciones que las diferentes letras significan a la hora de calificar a una entidad bancaria, pues ni siquiera la inmensa mayoría de aquellos que están ejercitados en el mundo del derecho las conocen (abogados), y queda en una especie de argot técnico apto para economistas, y personas del mundo especializado en estas lides, porque eso es lo que es, un idioma encriptado.

Este período de revocación demuestra, que las Participaciones Preferentes del año 2009, fueron hechas a sangre y fuego en Caja Madrid, a pesar de tener incluso la advertencia de la agencia de Calificación. Si ya fueron ocultados en su día (pues si preguntamos a los afectados es evidente que nadie sabe de estas calificaciones), y no se paralizó la emisión, sino que se siguió adelante, con los efectos de insolvencia en que ahora se encuentran dichos clientes, pues no pueden recuperar ese dinero, lógico será que además de tan penosísima comercialización, no sean castigados también por la entidad de Liquidez.

En consecuencia, se SOLICITA que por parte del Banco de España, (y mancomunadamente se informe al FROB):

1) Se abra expediente informativo, respecto a averiguar, instruir y resolver si hubo incumplimiento de las buenas prácticas bancarias, al proseguir Caja Madrid con la emisión de las participaciones preferentes, tras la Calificación de la Agencia Moodys el 15 de mayo de 2009.

2) Se soliciten así mismo, las circulares e instrucciones internas emitidas por la dirección de Caja Madrid (que no estén adscritas al secreto bancario), y se den a conocer a los clientes que suscribieron dichas participaciones. Dicha información puede ser emitida desde las agencias a aquellos clientes suscriptores que la soliciten, con la salvedad de que sólo puedan leerlas en la agencia, pero no hacer fotocopias, para salvaguardar el secreto bancario, salvo que se ejerciten acciones judiciales, en cuyo caso será el juez competente el que recibirá dicha documentación interna en fotocopias compulsadas con los originales.

3) A efectos de que tenga conocimiento la Fiscalía General del Estado de dichas circulares e instrucciones, que se mandate a los Servicios Jurídicos de Bankia, para que certifiquen ante dicha Fiscalía, los extremos informativos señalados, con los límites que se consideren oportunos para salvaguardar el secreto bancario.

4) Así mismo, a efectos de conocimiento por parte de la Institución del Defensor del Pueblo, se enviará una copia de los remitidos a la Fiscalía General, y otra al Congreso de los Diputados, a la Comisión de Economía.

5) A efectos de que dichos documentos sean determinados con arreglo a la normativa vigente se clasificarán en:

a) Secretos (si hubiera razones para ello), en cuyo caso serán de conocimiento del Banco de España.
b) Reservados.
c) Confidenciales
d) De difusión limitada.

Dada la participación del FROB en Bankia, será el Banco de España quien junto con la Entidad deberá resolver dicha clasificación.

Los documentos que aquí la Asociación de Clientes Financieros, solicita sean estudiados, investigados y procesados normativamente, deberán ser filtrados y dados a conocer a los interesados, los clientes suscriptores de dicha emisión de preferentes, con arreglo a la clasificación anterior.

En el caso de que como consecuencia del expediente que abra el Banco de España, hubiera documentos que se clasifiquen como secretos, serán remitidos al Tribunal Supremo, que será el órgano competente, mediante aforamiento especial, el órgano competente para conocer dichos documentos.


Sin otro particular reciban un cordial saludo.


José Ignacio Martín
Asoc. de Clientes Financieros

domingo, 17 de febrero de 2013

Propuesta de Creación de la Oficina de los Clientes Financieros (OCF).


Siguiendo con nuestro programa de actuación de la Asociación, queremos proponer una nueva iniciativa. La creación de Oficinas en toda España de los Clientes Financieros, en abreviatura las OCF.

1) ¿En qué consiste la OCF?.

Las OCF pretenden formar a los clientes de las entidades financieras, así como organizar su actividad a nivel asociativo, como a nivel institucional. Así mismo serán el lugar principal de recogida de las reclamaciones, asesoramiento a los clientes, y tramitación administrativa y de demandas judiciales, de los clientes que se sientan afectados, o engañados por las entidades financieras. Pretenden ser un lugar de reunión de los clientes de las entidades financieras, tanto a nivel de debate, como de reflexión, estudio del sector financiero y de organización y coordinación de reclamaciones. Serán creadas y dirigidas por los propios clientes que acudan y ocupen dichas oficinas de forma habitual, tanto antes de las reclamaciones, como posteriormente a su presentación, y resolución, serán establecimientos estables y los clientes seguirán participando de dichas oficinas, en sus múltiples actividades, más allá del ámbito temporal de su propia reclamación, tendrá las características de un establecimiento dirigido hacia la colectividad.

2) Titularidad de las Oficinas.

Las OCF, serán seleccionadas para su creación desde dos perspectivas distintas:

1) En régimen de propiedad.

2) En régimen de alquiler.

En régimen de propiedad, la Asociación de Clientes Financieros, en colaboración con los promotores del proyecto, compraría un local, o edificio antiguo, que sería rehabilitado. El vendedor puede ser alguno de nuestros propios afiliados/as. También existirá la posibilidad de que sea un solar en propiedad y en ese solar levantar y construir, un edificio de nueva construcción.

La otra posibilidad es que sea alquilado a alguno de nuestros/as afiliados/as un local u oficina para tales efectos.

A nivel de financiación de éstas oficinas. Los propios clientes que estén en paro, podrán con su trabajo, contribuir a las labores de construcción, rehabilitación o equipamiento de dichas oficinas. Así mismo habrá situaciones que contemplamos de convenios de colaboración con muy diversas organizaciones, que como promotoras de este proyecto, compartirán tanto la gestión de dichas oficinas, como su propiedad, siendo por tanto una propiedad compartida entre los diferentes grupos de promotores que participen del proyecto.

3) Objetivo principal Generar Nueva Cultura y Estructura Financiera: La Cogestión.

Dado que la Asociación llevará un vasto programa de actuaciones en las próximas fechas, tanto en cuestiones del ámbito inmobiliario, como son las reclamaciones sobre ejecuciones hipotecarias, embargos, subastas, desahucios, lanzamientos, así como las cláusulas abusivas y los seguros que han sido contratados en las hipotecas, y de otra parte en las reclamaciones, sobre accionistas, canjes por acciones, participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, así como muchas otras actuaciones, entendemos que debemos canalizar esta actividad, desde nuestras propias oficinas.

Oficinas que tendrán como misión ser una red de relaciones de tipo social y económico con impacto en la vida cotidiana de las entidades financieras, en aquellas localidades donde tengan funcionamiento. En cuanto al impacto cultural, las Oficinas de Clientes Financieros, deben proyectar influencia moral y contribuir a la conformación de una nueva mentalidad, que debe superar el actual marco de relaciones entre los clientes y las entidades financieras.

El objetivo principal es contribuir a una Nueva Cultura Financiera y colocar a los Clientes como interlocutores representativos y válidos ante la Banca, que permita incluso la elaboración de una Tabla de Negociación Nacional de los Derechos de los Clientes, y que entre otros puntos, se establezca la reparación y devolución de aquellos dineros, bienes o depósitos, que han sido enajenados, sustraidos o congelados por parte de la Banca Española, o del propio Estado español, bien sea por procedimientos legislativos, judiciales, administrativos, o por influencia de los ejecutivos o Gobiernos Nacionales o Autonómicos.

Dentro de este objetivo se inserta la llegada paulatina a la Cogestión del Sistema Financiero. Entendiendo por Cogestión, la participación en la Gestión y Decisión de la Banca, es decir los Consejos de Administración, teniendo una parte significativa de representantes de Clientes en dichos órganos.

Estos representantes, no lo serán a nivel individual, sino que serán nuestros portavoces y los que deberán mantener la Tabla Reivindicativa de los Clientes y de sus Derechos en las Entidades Financieras. Esta llegada de Clientes a los Consejos de Administración, será por la vía de personas seleccionadas, que previamente estén dispuestos a llevar a cabo esta labor de limpieza de la corrupción del sector, y que sean capaces técnicamente de representar dignamente a los clientes, deberán gozar de su confianza y ser legítimos representantes, en base a su trayectoria anterior.

Las OCF deben impulsar un proceso de transición en la Banca Española, que obligue por su presión a nivel nacional, a una negociación tripartita entre la Banca, el Gobierno y los Clientes, y que ponga orden en el sistema actual, que estamos viviendo en el cual, los clientes son absolutamente engañados, y obligados a perder tanto sus propiedades inmobiliarias por vía judicial, como a perder sus ahorros, por la vía de canjes obligatorios, arbitrajes arbitrarios, decretos o medidas de presión privadas y públicas, dirigidas desde la Banca o de los propios poderes del Estado.

Vamos a poner encima de la mesa, el concepto de propiedad de las Entidades Financieras, los Clientes son también propietarios del Banco, y se ha terminado ya que aquellos que mantienen con su dinero al Banco, que no son otros que los clientes, sean única y exclusivamente los paganos de las crisis y de las gestiones pésimas de ese Banco. Si los clientes somo propietarios, porque con nuestro dinero se mantiene el banco, tenemos que tener el derecho de dirigir ese banco.

¿Alguien ha visto que un propietario, sea el que paga los gastos y resulta que los beneficios se los lleva otro?, ¿en qué régimen de propiedad existe eso?, este régimen es esclavista, y nos devuelve a la Edad Media. Pongamos en el siglo XXI al sector financiero, que para lo que quiere es muy moderno, y para lo que le interesa es medieval.

4) ¿A quiénes vamos a invitar a este proyecto de constituir dichas Oficinas y en qué tanto por ciento calculamos que sería idóneo que se repartieran la gestión y propiedad?

A continuación os indicamos la previsión inicial con la que iniciamos el proyecto:
PROMOTORES

1) Cooperativas, y Sociedades sin ánimo de lucro 8%

2) Colegios Profesionales, y Federaciones Sindicales de Rama. 13%

3) Sindicatos Agrarios y Ganaderos 30'%

4) Asociaciones de Vecinos, Ecologistas y Asociaciones
de Padres de Alumnos (APAS) 15%

5) Asociaciones de Jubilados, Parados y Amas de Casa 10%

6) Sindicatos de Transporte Aéreo, marítimo, terrestre,
Cofradías de pescadores. 5%

7) Sindicatos Mineros. 3%

8) Sindicatos de Trabajadores Liberales (Abogados, Periodistas) 3%

9) Asociaciones de Consumidores 2%

10) Pequeños y medianos empresarios 5%

11) Autónomos 1%

12) Asociaciones representativas de la Juventud 2%

13) Asociaciones Culturales 1%

14) Asociación de Clientes Financieros y sus Federaciones 2%

jueves, 14 de febrero de 2013

Moción aprobada en el Ayuntamiento de Ripollet sobre participaciones preferentes y obligaciones subordinadas.


PROPUESTA DE MOCIÓN PARA LA DENUNCIA DE LA ACTUACION DE LAS ENTIDADES BANCARIAS EN LA VENTA DE PARTICIPACIONES PREFERENTES

Cientos de miles de personas de toda España, se han visto afectadas por la venta fraudulenta de participaciones preferentes a través de diferentes entidades bancarias. La mayor parte de ellas son personas mayores y / o con pocos conocimientos sobre productos bancarios que no entendían qué les estaban vendiendo los directores de las oficinas en los que confiaban. Fue en base a esta confianza que bancos y cajas de ahorro pudieron desarrollar una política comercial dirigida a colocar productos de alto riesgo entre pequeños ahorradores sin ningún tipo de conocimiento de los mercados financieros. La base del engaño fue la confianza de los clientes en la sus cajas de toda la vida y se gestionó por la avaricia de unas entidades bancarias que querían maquillar sus cuentas de resultados con consecuencias dramáticas para los ahorradores.

Realizado el engaño, las personas estafadas deben apelar a la justicia para intentar recuperar un dinero que, en muchos casos, son los ahorros de toda una vida. Las demandas civiles son costosas, y más aún ahora tras el aumento de las tasas judiciales. Algunos de los afectados han visto comprometidos todos sus ahorros por lo que no les es fácil interponer demanda civil. Además, la edad de una parte de los afectados dificulta las gestiones ante la justicia, que en muchos casos deberían quedar en manos de familiares o personas afines.

Por otro lado, las ofertas de canje de algunas entidades bancarias ha supuesto que algunos de los estafados hayan optado por esta vía como mal menor para tratar de recuperar una parte de su dinero. Estas ofertas no han sido una buena solución para los afectados, que en todos los casos han tenido que renunciar a una parte de su dinero. Las ofertas de canje han sido formuladas sin alternativa, con frases como "es todo lo que te podemos ofrecer", "es esto o nada", que han incrementado el miedo de los ahorradores a tomar de una manera definitiva sus ahorros y los han abocado a aceptar el cambio. Esta opción ha sido sólo un capítulo más en esta estafa.

El Pleno del Ayuntamiento de Ripollet aprobó el 26 de abril de 2012 una moción en la que se denunciaba la indefensión de muchos ciudadanos ante la contratación de participaciones preferentes a miles de personas del Estado español. En el debate, se afirmó que estas actuaciones deberían ser delictivas y que las personas que las han realizado deberían tener responsabilidades. La moción se comprometía a apoyar tanto a "todas las iniciativas legislativas y parlamentarias encaminadas tanto a la denuncia y divulgación de las malas praxis antes mencionadas, como la defensa y demanda de restitución de los derechos de las personas afectadas".

Teniendo en cuenta que las personas afectadas no han recibido respuesta de los organismos oficiales para defender sus derechos y que esta práctica bancaria nos causa repulsión moral e indignación como ciudadanos, y como representantes legales del pueblo de Ripollet, el Pleno del Ayuntamiento de Ripollet cree que hay que avanzar en este proceso de defensa y acuerda:

- Denunciar ante la Fiscalía del Área de Sabadell la actuación realizada por las entidades bancarias de Ripollet en la venta fraudulenta de participaciones preferentes y otros productos de alto riesgo entre ciudadanos no preparados para la adquisición de estos productos, pidiendo que investigue la comisión de un posible delito de estafa.

- Priorizar la contratación de servicios bancarios con aquellas entidades que no tengan demandas por la comercialización de participaciones preferentes y deuda subordinada.
Ripollet, 14 de enero de 2013

Campaña nacional en ayuntamientos sobre participaciones preferentes y obligaciones subordinadas-

José Ignacio Martín (Presidente)
Asociación de Clientes Financieros (ACF)
Tfno: 646.19.99.55
Zaragoza




Alcalde
San Fernando de Henares
Madrid




Zaragoza a 13 de febrero de 2013



ASUNTO: MOCION AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO
SOBRE PARTICIPACIONES PREFERENTES, Y
OBLIGACIONES SUBORDINADAS.

A LA ATENCION DEL SR. ALCALDE




Estimado Sr. Alcalde:

La Asociación de Clientes Financieros (ACF), es un movimiento social y pretende que los clientes, dejen de ser “meros espectadores” de la crisis, tiene su sede en Zaragoza, pero es de ámbito nacional.

Consideramos que no se puede permitir que una entidad financiera, ponga en riesgo a todo el país y que no haya responsables, por eso creemos que el Banco de España, que tiene datos e informes, es el primero que debe actuar

Hemos denunciado (mayo de 2012) ante el Banco de España la actuación de los gestores de Bankia, y solicitado que denuncie el caso ante la Fiscalía y abra a los miembros del Consejo de Administración de Bankia un expediente sancionador. En el escrito solicitamos que abra una investigación y que se proceda a inhabilitar "de modo permamente" a los gestores de Bankia y al embargo de todos sus bienes,

Entendemos que se han cometido infracciones de la legislación sobre disciplina de las entidades de crédito. Las presuntas irregularidades en los últimos años de los directivos de Bankia y el Banco Financiero de Ahorros (BFA), al igual que la de los directivos de las entidades de ahorro que dieron lugar a la creación de las dos primeras corporaciones han causado a los impositores, los accionistas y los empleados un perjuicio económico "de proporciones gigantescas". El deber de veracidad ha quedado en entredicho, y creemos que no se han puesto en marcha los mecanismos internos de control.

Ponemos en cuestión el principio de autorregulación, por el cual las entidades daban a entender que sabían lo que tenían que hacer, sin necesidad de mayores supervisiones, ni legislaciones de control, puesto que todos los movimientos realizados por la Entidad en este sentido no han conseguido los objetivos de regenerar el crédito y la capacidad de atraer inversiones de calidads.

SUPUESTOS DELITOS el primero de ellos el delito societario, cuyos sujetos activos son los administradores de hecho o de derecho, sin que les eximan de su presunta responsabilidad las instrucciones recibidas.

Delito de administración desleal o fraudulenta, es decir, el abuso de las funciones propias del cargo. Igual que en el anterior caso son responsables los administradores y los supuestos en que se aplica son la concesión de créditos a sociedades insolventes y en las que los administradores tienen una importante participación, así como el trato de privilegio con los créditos vencidos y no pagados, gestionar una empresa filial de otra sociedad causando a la primera perjuicios irreparables y la percepción de retribuciones o beneficios no autorizados. Otro caso es la utilización de fondos de una empresa para atender gastos personales y la adquisición de bienes a precios revalorizados para beneficiar al vendedor o pagar por supuestos servicios profesionales que no han sido prestados. El delito de administración desleal o fraudulenta conlleva una responsabilidad civil, lo que supone que exista un daño atribuible a un responsable. La responsabilidad civil comprende la restitución, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios materiales y morales. Se está produciendo un proceso de saneamiento de las entidades bancarias que, consiste en trasladar las pérdidas a los Gobiernos, lo que repercute en los contribuyentes.

En España se está llevando a cabo un proceso de fusión de cajas de ahorro que incluye la intervención del Banco de España en entidades infracapitalizadas o en situaciones de insolvencia no detectadas, aunque en el caso de Bankia y BFA es el Gobierno de España el que "ha asumido el timón".

"SITUACIONES PROBLEMÁTICAS" hay que analizar si para ocultar "situaciones problemáticas" se han utilizado instrumentos como las refinanciaciones de operaciones inviables o la sobrevaloración de los bienes recibidos en pago de deuda de las acciones canjeadas por créditos, de tal forma que los créditos impagados no se contabilizan como morosos. Se debe tener en cuenta el "infraprovisionamiento" a la hora de evaluar la solvencia real de las entidades, porque podría darse el caso de una "ocultación contable de una descapitalización real", de tal forma que "el papel ético de los gestores es fundamental". La sensación de estafa a los clientes cada día es mayor, a causa de actividades de dudosa legalidad, que han provocado la falta de crédito a familias y empresas, y sin embargo se mantienen cuantiosos contratos blindados, y remuneraciones multimillonarias.

En ese contexto, la Asociación de Clientes Financieros (ACF) interpuso el pasado 21 de diciembre de 2012, una querella en la Audiencia Nacional, semejante a las actuales presentadas por Upyd y el 15 M, aunque imputando a 5 nuevos gestores, los Directores Generales, que hasta ahora inexplicablemente no están imputados, y ampliando nuevos hechos relevantes, estando a la espera de contestación sobre su aceptación a trámite.

A la espera de que la vía judicial en la Audiencia Nacional se abra paso, y a la vista de la confusión que las informaciones del Gobierno y la propia Entidad Bankia, están propiciando tanto respecto a canjes obligatorios por acciones de las participaciones preferentes, como la de un arbitraje que sería tramitado por la Auditora KPGM que es una empresa privada, consideramos que debe por parte del Ayuntamiento de la Ciudad, aprobarse una moción que permita satisfacer a los cuantiosos vecinos de San Fernando de Henares afectados por estos productos, entre los que se encuentran afiliados/as a nuestra Asociación, y en su nombre trasladamos al Ayuntamiento la siguiente

SOLICITUD:

Aprobación de una moción de apoyo y defensa a los afectados/as, al igual que se ha hecho en otros municipios de España, a dichos efectos nos permitimos enviarles la aprobada hace unos días en el Pleno del Ayuntamiento de Ripollet, que podría servir de base para que se tramite y apruebe una en San Fernando de Henares, con los objetivos que señalamos en el escrito que anexamos para su consideración.

Sin otro particular les saluda cordialmente



Fdo. José Ignacio Martín
Presidente de ACF






Anexo aportado:

Moción presentada y aprobada en Ripollet.



Insc. Gr. 1 Sec. 1/ Nº Nacional 598.626 (Registro Nacional de Asociaciones)

jueves, 7 de febrero de 2013

El sábado Carles Bisbal (de ACF) estará en el Gran Debate de Telecinco


Cuando hoy nos hemos enterado, de que nuestro compañero y afiliado a la asociación, había sido llamado por la redacción del programa El Gran Debate de Telecinco, para asistir en directo al programa y exponer su situación, el próximo sábado día 9 nos ha causado una grata sorpresa.

De todos los casos que estamos tramitando desde la asociación, sin duda el más dramático hasta ahora, ha sido y es el de la situación en que vive él y su familia.

A modo de resumen os recordamos su historia que provocó incluso un intento de suicidio de su mujer, se trata además de uno de los 26 afiliados de la asociación, que interpusieron la demanda ante la Audiencia Nacional por el caso Bankia, como acusación particular y que os recordamos está en trámite de admisión a trámite por el juez Andreu.

El que en su día denominamos “caso Bisbal un caso extremo” consistía en 100.000 euros en participaciones preferentes de Caja Madrid, en este caso firmadas por su mujer, así como dos plazos fijos a uno y tres años respectivamente,  que no podía sacar anticipadamente y una hipoteca con varios meses sin pagar, con el riesgo de ejecución hipotecaria por impago.

Su precaria situación económica, al encontrarse en paro tanto él como su mujer y con dos hijos pequeños, ha provocado que acabe comiendo gracias a vales que le dan la desde la asistencia social.

La tensión y el duro enfrentamiento, que hemos mantenido desde la asociación tanto con la agencia, como con Bankia en su conjunto respecto a este caso, podéis recordarlo en los siguientes enlaces (abajo) donde se expone ampliamente lo sucedido.

Ojalá la aparición de nuestro compañero Carlos en televisión, sirva para remover conciencias e impulsar soluciones justas tanto a él, como a personas que han sido atrapadas en este ya tan odiado producto de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, así como en el caso de las ejecuciones hipotecarias, el derecho a vivir con dignidad debe ser resuelto por dirigentes financieros y políticos, porque no podemos estar por un lado proclamando que somo un país europeo y por otro vivir situaciones tercermundistas.

Mucho ánimo Carles y familia, estamos seguros de que finalmente se hará justicia.

http://asociaciondeclientesfinancieros.blogspot.com.es/2012/10/bankia-tarragona-anunciamos.html

lunes, 4 de febrero de 2013

LA GUERRA SORDA EN EL SECTOR FINANCIERO


La Asociación de Clientes Financieros, presenta la siguiente 

PROPUESTA DE RESOLUCION.

COGOBIERNO Y RECONOCIMIENTO DE QUE EL CLIENTE ES EL PROPIETARIO DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS, REQUISITOS PARA LA PAZ FINANCIERA.

La actual crisis financiera, ha sido analizada por economistas, expertos, académicos, ejecutivos, gestores, supervisores, reguladores y por un sinfín de profesionales, pero en todos los análisis se partía de unos clientes pasivos en el sistema, que en todo caso eran ajenos a la toma de decisiones porque no formaban parte del Consejo de Administración. Todo lo más que hacían era movilizarse de forma improvisada ante las sedes de su agencia o sedes principales, para reclamar unos determinados ahorros ahora cautivos.

Sin embargo la guerra sorda que se mantiene en el sistema financiero desde hace ya 5 años, está empezando a aflorar a la superficie. La guerra sorda no identificada del sistema financiero en España, ha librado varias batallas:

1ª Batalla, la Autorregulación.

Defendida por las patronales CECA y AEB hasta bien entrado el año 2010, se decía que los ejecutivos, la Alta Dirección de las Entidades Financieras, eran unos magníficos profesionales, que sabían hacer lo correcto en cada momento, los datos del desastre al que nos ha llevado esta teoría están ahí, para desgracia del país, ahora bien, la batalla la han perdido los gestores, puesto que ha habido que regularlos con la tramitación y aprobación de infinidad de normas, órdenes, circulares, decretos, impulsados tanto desde el legistlativo, como desde el ejecutivo.

2ª Batalla, la batalla de los SIPs. Las llamadas Fusiones Frías, fueron defendidas durante todo el 2009 y 2010, como una garantía de continuidad del negocio de las Cajas de Ahorros, porque fruto de la concentración de varias Cajas de Ahorros, se decía que la entidad resultante ganaba en tamaño.

Al final los SIPs lo que han generado es una gran desconfianza, porque se ha demostrado que se han hecho las valoraciones iniciales, y los contratos de integración por medio de ocultaciones contables.

3ª Batalla, la transparencia del supervisor, la ha perdido el Banco de España. Hemos visto como se ha visto superado, por la realidad de cientos de miles de clientes, “atrapados” por las malas prácticas bancarias, incluso se ha llegado a decir que miraba para otro lado.

4ª Batalla librada, ha sido el intento de los ejecutivos, y la Alta Dirección de que no hubiera asunción de responsabilidades. Es decir se quería aplicar silencio y ausencia de explicaciones. Esta tendencia se ha roto con la judicialización de la gestión, que han promovido los clientes.

5ª Batalla, la orgánica.

A lo largo de estos años, los clientes carecían de voces representativas, lo suficientemente fuertes, que pudieran convertirlos en interlocutores sociales. Esto se ha superado por iniciativas populares espontáneas, con son las Plataformas Anti-Hipotecarias, Stop Deshaucios, nuevas Asociaciones de Consumidores, que han entrado en el escenario del rechazo social, emulando al 15 M, etc.

6ª La Batalla de la confianza ciega en el sector financiero. Ya no existe, ha devenido en el sentimiento creciente de considerar a los ejecutivos, como traidores al país, al sumergir al sector productivo, en una crisis crediticia, que ha favorecido un cierre de empresas productivas, que han sido determinantes, a la hora de crear un paro galopante, y un país semiintervenido, tras el paso de los auditores internacionales.

7ª La Batalla por la Bancarización de las Cajas de Ahorros. El caso Bankia, ha demostrado que la bancarización de las Cajas de Ahorros, ha sido un fracaso absoluto. De ahí que de una parte, la salida a Bolsa, se haya visto como un fraude, y la privatización al crear un banco, una quiebra permanentemente derivada de la ultilización de los clientes, de forma ilegal, como lo demuestran las comercialzaciones de participaciones preferentes y subordinadas.

8ª Batalla la continuidad en el cargo. Ha pasado en todas las Entidades, las batallas de lucha por el poder permanentemente, están provocando la salida de los ejecutivos de dichas Entidades. Son castigados con retiradas de fondos, por parte de los clientes, e intervenciones del FROB vía inyecciones de capital o nacionalizaciones.

9ª Batalla, mantener a los clientes como meros espectadores. Se trata por todos los medios de evitar que los clientes sean vistos como interlocutores en un proceso de negociación, entre el Gobierno y la Banca..

Al igual que las pérdidas inicialmente negadas, están siendo reconocidas de forma lenta pero progresiva e inexorable, el actual escenario nos dice que NO habrá paz en el sector financiero, ni solución, mientras no haya un acuerdo tripartito, entre Gobierno, Banca y Clientes, y con una Nueva Cultura Financiera, se acabe por establecer un:

COGOBIERNO Y RECONOCIMIENTO DE QUE EL CLIENTE ES EL PROPIETARIO DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS.

Que se cumplan esos 2 requisitos, es fundamental para la paz financiera.

sábado, 26 de enero de 2013

CAJA 3 ACF EXTREMADURA PIDE POSICION BdE FUSION CON KUTXABANK


Modesto Durán (Portavoz)
Delegación en Extremadura de ACF
Asociación de Clientes Financieros
Tfno: 608703034
Cáceres



                                     Gobernador
                                      Banco de España
                                         C/ Alcalá, 48
                                        28014 Madrid



Cáceres a 25 de enero de 2013

ASUNTOS: 1) FUSION DE CAJA 3 POSICION DEL BANCO DE ESPAÑA,
2) VIABILIDAD TECNICA FUSION CAJA3 - KUTXABANK.
3) ¿INCUMPLIMIENTO DE BUENAS PRACTICAS BANCARIAS?

A LA ATENCION DEL GOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA


Estimado Sr. Gobernador:

La asociacion de clientes financieros desde su delegación en Extremadura, ha tenido conocimiento de diversos hechos, respecto a Caja 3 y de las tensiones habidas tanto en el proceso de fusión, SIP que originó la creación de Caja 3, como actualmente en el proceso de fusión de Caja 3 con Ibercaja, que desea poner en conocimiento del Banco de España, por si fueran constitutivos de malas prácticas bancarias.

Dichos hechos serían los siguientes:

  1. Sobre la fusión de Caja 3. La Real Sociedad Económica de Amigos del País de Badajoz, la sociedad que fundó Caja Badajoz en 1889, ha cuestionado el papel del supervisor, puesto que al parecer no aportó los resultados de las inspecciones realizadas a sus socios en 2009 antes de la constitución del SIP. En este sentido los fundadores de Caja Badajoz anunciaron que demandarían al Banco de España, por ocultar información. Al parecer alegan que el BdE no desveló la situación patrimonial de la CAI y Cajacírculo de Burgos hasta después de cerrarse la fusión. Entendemos que este hecho debe aclararse.


  1. Sobre el proceso de fusión Caja 3 en negociaciones con Kutxabank, antes y ahora con Ibercaja. Según fuentes consultadas por ésta Asociación, la fusión de Caja 3 con Ibercaja, vendría favorecida no por motivos técnicos de solvencia, sino porque el Consejero Delegado obtendría la plaza de Director General Adjunto en la entidad fusionada con Ibercaja.

La fusión con Kutxabank, según estas fuentes, sería mucho más viable a nivel técnico, pero no le permitiría al Sr. Carrasco, mantener su actual puesto dirigente y pasaria a labores menos relevantes en el caso de la fusión con la Entidad Vasca, por lo que el veto a dicha fusión, por el Consejero Delegado de Caja 3 fue determinante, para impedir la operación.

De otra parte, la fusión Caja 3 con Kutxabank parece tener más sentido estratégico, y desde el punto de vista laboral, el impacto en los ajustes de plantilla y red no sería tan traumático, pues no hay sucursales por duplicado, como ocurre con Ibercaja y la red de CAI en Aragón, y donde concurren los servicios centrales de las dos entidades en una misma ciudad Zaragoza.



Finalmente recordamos que Kutxabank no solo forma parte del club de las siete entidades financieras del Estado mejor capitalizadas, por lo que no necesita ningún tipo de recursos adicionales, sino que se ha convertido en el líder del sistema financiero al contar con un cuore capital del 11,6%, un porcentaje que duplica las exigencias planteadas en el escenario económico más adverso. Por si fuera poco, cuenta con un exceso de capital del 5,6% sobre activos ponderados en función del riesgo.


El resultado de la auditoria de la consultora norteamericana independiente Oliver Wyman, no solo confirmaron los datos, sino que colocaron a Kutxabank en posición de líder del sistema financiero estatal al demostrar ser la entidad más solvente.


Por todo ello SE SOLICITA:

  1. Que el Banco de España, abra un expediente informativo tendente a averiguar si el actual proceso de negociación entre Ibercaja y Caja 3, se está llevando por motivos de interés personal del Consejero Delegado Sr. Carrasco de ocupar un puesto relevante en la nueva Entidad, y en su caso si se están incumpliendo las buenas prácticas bancarias.

  1. Que el Banco de España, emita un dictamen técnico respecto a la posibilidad que mejor se adecúa a los intereses generales del Estado, respecto a elegir una fusión entre Caja 3 e Ibercaja, o Caja 3 con Kutxabank, respecto tanto a las aportaciones de capital del FROB, como de afectación a los ajustes de plantilla.


Sin otro particular les saluda cordialmente


Fdo. Modesto Durán
Portavoz de ACF en Extremadura


Aspciación de Cliente Financieros (ACF) inscrita en el (Registro Nacional de Asociaciones)
Insc. Gr. 1 Sec. 1/ Nº Nacional 598.626