ASOCIACION DE CLIENTES FINANCIEROS (ACF).
COMUNICADO DE PRENSA.
ASUNTO: Caja Madrid Finance Preferred S.A.
Participaciones Preferentes Emision ES0115373021 año 2009.
Convocatoria de Asamblea de Partícipes.
Zaragoza a 9 de abril de 2013
La situación de las Participaciones Preferentes de Caja Madrid del año 2009, atrapadas en la falta de liquidez actual, y según el Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo (de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero), conocido como decreto del FROB, según el cual van a ser canjeadas de forma obligatoria por acciones de Bankia, por Decreto del Gobierno, y se va a someter a un arbitraje a los clientes afectados, que será dirigido por una empresa privada, modifica sustancialmente las condiciones de la emisión y justifican la Convocatoria de una Asamblea de Partícipes (tenedores de participaciones preferentes, es decir los afectados).
Dicha Asamblea debe servir para que se expongan, por parte de todos los intervinientes en la emisión, claramente sus posiciones.
En este sentido conviene recordar que hay 2 partes:
a) Los partícipes que son los clientes, los tenedores de participaciones preferentes, y que tienen derecho a analizar la situación y realizar las objeciones que consideren oportuno, fijando sus posiciones.
b) La otra parte es el Emisor (Caja Madrid Finance Preferred), que es quien ha hecho la oferta de compra, y donde y además forman parte de la Emisión, el Garante (Caja Madrid, ahora Bankia) y la Entidad de liquidez (Caixabank) actualmente exonerada.
Considerando que hay motivos más que justificados para que haya esta Asamblea de Partícipes, la Asociación de Clientes Financieros ha solicitado al Emisor de las participaciones preferentes, dicha convocatoria.
El folleto de emisión indica en el apartado 4.8.2.1 Falta de pago íntegro de la remuneración durante cuatro períodos trimestrales consecutivos
El Consejo de Administración del Emisor, o una comisión autorizada del mismo, convocará una
Asamblea General de Partícipes con el objeto arriba indicado. La convocatoria de dicha
Asamblea será realizada dentro de los quince días hábiles siguientes al impago que diera lugar
al ejercicio del derecho regulado en el presente apartado por todos los titulares de
Participaciones Preferentes del Emisor, en los plazos y formas relacionados en el apartado 4.15
siguiente.
Si el Consejo de Administración o, en su caso, la comisión debidamente autorizada, no convoca
la Asamblea General de Partícipes dentro del plazo de 30 días, podrán convocarla los titulares
de Participaciones Preferentes representativas de, al menos, el 10% de las cuotas de liquidación
correspondientes a las mismas.
Esto significa que la Asamblea debe convocarla la propia Entidad, pero entendemos que no van a convocarla, por lo que para forzar su convocatoria, debemos convocarla los propios partícipes representativos del 10 % de las cuotas de liquidación, como indica el folleto.
Dado que la emisión de participaciones preferentes fue de 3.000 millones, para que los partícipes puedan convocarla, deben aportar el 10 % de esta cantidad, es decir, debemos reunir 300 millones de euros, en participaciones preferentes de los titulares de las mismas, y con dicha representación, estaría obligada Bankia a convocar la Asamblea de Partícipes.
Con objeto de que haya una reunión con organizaciones de consumidores, representantes sindicales de Bankia, representantes de plataformas de afectados, y despachos de abogados representativos de clientes afectados por las participaciones preferentes de Caja Madrid, al objeto de solicitar la Asamblea de Partícipes, la Asociación de Clientes Financieros convocará a una reunión de coordinación a dichos colectivos, para que se sumen a esta iniciativa que promovemos y en consecuencia podamos convocar la Asamblea de Partícipes, que sería el equivalente a una Junta de Accionistas de un Banco, pero en este caso, limitado al total de compradores de participaciones preferentes en Caja Madrid a partir del año 2009.
Consideramos que en estos momentos lo fundamental es conseguir ese 10% de representación y convocar la Asamblea, pero lógicamente para llegar a esos 300 millones, será necesaria la colaboración de numerosas organizaciones de afectados, para que los afectados firmen la solicitud, que calculamos puede llegar a 10.000 clientes a una media de 30.000 euros contratadas.
Recabaremos la opinión y disponibilidad de los grupos representativos, para asistir a una reunión preparatoria de toda la infraestructura y organización logística necesaria, que requiere ésta recogida de firmas, títulos, y delegaciones de voto, pudiendo contactar con nosotros desde el
teléfono 655471458, o enviándonos un email a la asociación, nuestro correo es: asociacionacf@gmail.com
La reunión debe hacerse lo antes posible, y en cuanto los grupos representativos que deseen participar de la petición de Asamblea estén disponibles, se convocará, de hecho ya están trabajando desde hace unos días nuestros afiliados y simpatizantes, tanto en Zaragoza, Madrid, como Barcelona, Valencia y otras provincias.
En archivo adjunto enviamos nuestra posición inicial sobre este tema, que la someteremos a debate con las organizaciones que finalmente se sumen a la convocatoria, para su mejora y modificación de aquellos puntos en los que no estén de acuerdo, con objeto de llevar una posición común a dicha Asamblea
de Partícipes.
En cualquier caso, entendemos que todos los afectados de participaciones preferentes y las organizaciones representativas, estamos de acuerdo en rechazar el canje obligatorio por acciones de Bankia, y también en rechazar el arbitraje en las condiciones que han indicado desde el FROB, por lo que la convocatoria y el acuerdo de los afectados por participaciones preferentes en dicha Asamblea de Partícipes, rechazando dicho decreto, marcará un antes y un después tanto a nivel organizativo de los afectados, como de las posiciones iniciales del Gobierno, del FROB y de Bankia en este tema, que consideramos deberán rectificar y escuchar el clamor unánime de todos los tenedores de títulos, que se van a manifestar en esta Asamblea de Partícipes a celebrar en Madrid en las próximas semanas en la misma dirección de rechazo absoluto.
Por lo que y en consecuencia, tras ésta Asamblea de Partícipes, se deberán buscar nuevas soluciones al problema que se planteará entre la posición de fuerza que plantea el Gobierno, de convertirlos en accionistas vía Decreto, y la posición de fuerza que plantearán los afectados rechazando ser accionistas.
Consideramos que la única posibilidad de resolver el conflicto, es y será abrir una negociación entre las partes, concretamente entre el Gobierno, o los representantes de Bankia y los agentes representativos de los clientes afectados, que sean elegidos en dicha Asamblea.
Cualquier otra medida del Gobierno, que pretenda como hasta ahora, dejar a los clientes como meros espectadores, no resolverá el problema, sino que agudizará la crispación, la tensión y el enfrentamiento actual, y provocará la convocatoria de movilizaciones sociales a nivel nacional. La actual calma que se ha vivido con estos afectados de Caja Madrid será cosa del pasado, y se avecinará un verdadero y peligroso infierno social.
En este sentido, la Asociación de Clientes Financieros, se está preparando para el caso de que finalmente las amenazas del Gobierno se cumplan, y en el caso de que el Gobierno opte por la vía de la fuerza, es decir por la vía del Decreto y el canje obligatorio, nosotros dejaremos en suspenso las vías administrativas, judiciales y burocráticas ya en marcha, abriremos un nuevo frente, y si el Gobierno reta a los clientes, aceptaremos ese reto e iremos por la vía de la confrontación, una espiral de proporciones difíciles de controlar, porque las advertencias que nos envían nuestros afiliados son muy serias, NO SE VAN A QUEDAR DE BRAZOS CRUZADOS, viendo como pierden su dinero, y ese mandato de nuestros afiliados, lo estamos cumpliendo de forma preventiva, preparando la organización de las protestas, para el caso de que finalmente tengamos que salir a la calle a nivel nacional.
Podemos resumir para terminar diciendo cuál es el estado emocional en que viven una grante parte de los afectados, nuestros afiliados se mueven entre vías de suicidio y botes de gasolina preparados para quemar las agencias de Caja Madrid y los directores y empleados que les engañaron. Algunos de ellos se están muriendo por su edad y ya no llegan ni siquiera a los juicios abiertos contra Bankia por la lentitud de los procesos.
El Gobierno deberá elegir que desea, si la negociación o provocar episodios trágicos y violentos en la calle, deberá elegir entre abrir los telediarios y portadas en los medios de comunicación con mesas de negociación democrática con los afectados, o de ciudadanos movilizados violentamente en la calle de forma permanente reclamando su dinero, con la correspondiente imagen de España en los medios de comunicación a nivel internacional de carácter catastrófico y de un Gobierno desmoronado y desbordado por la ola de las nuevas protestas.
Advertimos al Gobierno de que la Asociación de Clientes Financieros, no entrará en políticas de imagen, de márketing, pantomimas, fotos o de engaño social, si no se abre una mesa de negociación y se plantean soluciones reales y justas, o se nos pretende engañar metiéndos en callejones sin salida, responderemos con total contundencia en la calle, pues estamos preparados para ello, aunque será de formas diferentes a las conocidas hasta ahora, activaremos otro tipo de protestas que permitan la protección y seguridad de nuestros afiliados.
José Ignacio Martín
Pte. de Asoc. Clientes Financieros
PD. Reproducimos a continuación lo que indica el folleto de emisión (el contrato), sobre la convocatoria de la Asamblea de Partícipes.
Dicha Asamblea, está contemplada en el folleto de emisión, que indica que si transcurren 4 trimestres consecutivos, sin cobrar el cupón, se tendrá derecho a convocar una Asamblea de Partícipes. Desde el 7 de abril de 2012 no se ha cobrado el cupón por lo que el 7 de abril de 2013 se ha cumplido el requisito para convocar dicha Asamblea.
Concretamente dice lo siguiente el apartado 4.8.2.1 Falta de pago íntegro de la remuneración durante cuatro períodos trimestrales consecutivos.
En el caso de que ni el Emisor ni CAJA MADRID, en virtud de la Garantía, satisfagan la
Remuneración íntegra respecto de las Participaciones Preferentes Serie II durante cuatro
períodos trimestrales consecutivos, los titulares de las Participaciones Preferentes Serie II, junto
con los titulares de otras participaciones preferentes que haya emitido o, en su caso, pueda
emitir el Emisor en el futuro, y que tengan derecho de designación de administradores en dicho
supuesto, tendrán derecho a designar a dos miembros adicionales del Consejo de
Administración del Emisor. Producida dicha designación, CAJA MADRID se compromete a
nombrar a las personas así indicadas como miembros del Consejo de Administración del Emisor
en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la designación.
Los titulares de Participaciones Preferentes Serie II, junto con los titulares del resto de
participaciones preferentes que haya emitido o, en su caso, pueda emitir el Emisor, podrán
solicitar también a CAJA MADRID la destitución de los miembros del Consejo de
Administración del Emisor así designados y designar otros en su lugar, en cuyo caso CAJA
MADRID se compromete a tomar las medidas oportunas para que la destitución y el nuevo
nombramiento tengan lugar en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la destitución.
El ejercicio de los derechos citados anteriormente no se reconoce de forma aislada a los titulares
de Participaciones Preferentes Serie II, sino de forma conjunta con el resto de titulares de
participaciones preferentes que el Emisor haya emitido o, en su caso, pueda emitir en el futuro
con un mismo rango que las Participaciones Preferentes Serie II. Por tanto, si en el futuro el
Emisor decidiera emitir nuevas participaciones preferentes, los titulares de Participaciones
Preferentes Serie II deberían actuar conjuntamente con los titulares de las participaciones
preferentes emitidas con anterioridad por el Emisor y con los titulares de las nuevas
participaciones preferentes que tuviesen reconocido el derecho de designación en el mismo
supuesto, a efectos de designación de consejeros y de destitución de los mismos.
El acuerdo de designación o destitución de miembros adicionales del Consejo de
Administración requerirá, en primera convocatoria, el voto favorable de los titulares de las
participaciones preferentes a los que no se haya pagado íntegramente la remuneración
mencionada, que representen la mayoría (51%) de las Cuotas de Liquidación de las
participaciones preferentes afectadas y en circulación en ese momento. En segunda
convocatoria, se requerirá el voto favorable de dos terceras partes de las Cuotas de Liquidación
de las participaciones preferentes afectadas, presentes o representadas en la correspondiente
Asamblea General de Partícipes. Hay que tener en cuenta que estas cuotas de liquidación
pueden ser distintas para cada serie de participaciones preferentes.
El Consejo de Administración del Emisor, o una comisión autorizada del mismo, convocará una
Asamblea General de Partícipes con el objeto arriba indicado. La convocatoria de dicha
Asamblea será realizada dentro de los quince días hábiles siguientes al impago que diera lugar
al ejercicio del derecho regulado en el presente apartado por todos los titulares de
Participaciones Preferentes del Emisor, en los plazos y formas relacionados en el apartado 4.15
siguiente.
Si el Consejo de Administración o, en su caso, la comisión debidamente autorizada, no convoca
la Asamblea General de Partícipes dentro del plazo de 30 días, podrán convocarla los titulares
de Participaciones Preferentes representativas de, al menos, el 10% de las cuotas de liquidación
correspondientes a las mismas
Los titulares del conjunto de participaciones preferentes del Emisor a los que no se haya pagado
la remuneración íntegra durante cuatro periodos consecutivos podrán votar en relación con la
designación o destitución de miembros adicionales del Consejo de Administración y adoptar la
decisión que estimen oportuna al respecto mediante el acuerdo correspondiente en una
Asamblea General de Partícipes.
Una vez adoptada la propuesta de designación o destitución de miembros adicionales del
Consejo de Administración, la Asamblea General de Partícipes dará traslado de la misma a: (a)
el Consejo de Administración del Emisor a fin de que proceda, en su caso, a convocar la Junta
General de Accionistas de la misma y (b) al Garante, a fin de que se acuda a la Junta General de
Accionistas del Emisor.
El Garante se compromete a votar a favor de la designación o destitución de los Consejeros
propuestos por la Asamblea General de Partícipes y a adoptar todas las medidas necesarias a tal
efecto.
Cualquier miembro del Consejo de Administración nombrado de conformidad con lo dispuesto
anteriormente cesará en su cargo si, tras la circunstancia que hubiera dado lugar a su
nombramiento, el Emisor o el Garante, en virtud de la garantía, reanudaran la distribución de la
remuneración íntegra de las Participaciones Preferentes Serie II durante cuatro períodos de
remuneración consecutivos.
Los Estatutos del Emisor establecen un mínimo de 3 miembros del Consejo de Administración
y un máximo de 7 miembros. A la fecha del presente documento, el Consejo de Administración
se compone de 3 miembros. A efectos clarificativos, en el supuesto de que los titulares de
participaciones preferentes designaran dos miembros en el Consejo de Administración del
Emisor de acuerdo con lo establecido anteriormente, el número máximo de consejeros no se
alteraría y seguiría siendo de siete (7) miembros, por lo que el Garante, como titular directo e
indirecto del 100% de las acciones ordinarias del Emisor podría nombrar hasta cinco (5)
miembros del Consejo de Administración.
Tanto el nombramiento como el cese de los Consejeros será objeto de anuncio por parte del
Emisor en un periódico de difusión nacional en España.
Lo establecido en los apartados anteriores será de aplicación siempre que, habiendo incumplido
el Emisor con sus obligaciones de pago de la numeración en los términos indicados, el Garante
martes, 9 de abril de 2013
miércoles, 27 de febrero de 2013
PARTICIPACIONES PREFERENTES DE CAJA MADRID 2009, CAIXABANK ENTIDAD DE LIQUIDEZ.
Zaragoza a 27 de febrero de 2013
ASUNTO:
CAIXA ENTIDAD DE LIQUIDEZ
Participaciones
Preferentes Emision ES0115373021 año 2009
A
LA ATENCION DEL SUBGOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA,
Y PRESIDENTE DEL
FROB.
Estimado
Sr. Subgobernador:
Le
remitimos consulta que vienen haciendo diferentes clientes de Bankia,
respecto a la situación de Caixabank en relación a las
participaciones preferentes de Caja Madrid del año 2009, Emision
ES0115373021.
HECHOS:
1)
Moddys baja el Rating a Caja Madrid año 2009 (en pleno proceso de
suscripción de las participaciones preferentes).
A
LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
Madrid,
17 de junio de 2009
Ref.:
Actualización de los rating del Garante de la
Emisión de participaciones Preferentes
Serie
II de Caja Madrid Finance Preferred, S. A., con la garantía de Caja
Madrid.
Muy
señores nuestros:
Ponemos
en su conocimiento que la agencia de calificación de riesgo
crediticio Moody’s Investors Service ha publicado una nota
de prensa el 15 de junio de 2009 actualizando los rating asignados
a Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid (Caja Madrid) tal y
como se indica a continuación:
• Fortaleza
financiera: D+ desde C+.
• Largo
plazo: A1 desde Aa3
• Deuda
subordinada senior: A2 desde A1
• Deuda
subordinada junior: Baa1 desde A1
• Valores
híbridos: Ba2 desde A2.
• Corto
plazo: se confirma P-1.
De
acuerdo con el apartado 5.1.3 de la Nota de Valores, Caja Madrid
Finance Preferred, S.A., tras la publicación del correspondiente
Suplemento a la Nota de Valores, con efectos desde el jueves 18 de
junio de 2009 y hasta el viernes 19 de junio de 2009, ambas fechas
inclusive, quedará abierto el correspondiente período de revocación
para aquellos suscriptores de Participaciones Preferentes Serie II
que así lo deseen.
Sin
otro particular, les saludamos atentamente,
CAJA
MADRID FINANCE PREFERRED, S.A.
___________________________
D.
Carlos Stilianopoulos
2)
En el folleto de emisión, se habla de que Caixabank será la entidad
de liquidez.
3)
Así mismo se habla de que en determinadas circunstancias podrá ser
exonerada como ahora lo está desde el 13 de julio de 2012. Dicha
exoneración es temporal, y en caso de que las circunstancias que
provocaron la exoneración desaparezcan se reanudará la actividad
como entidad de liquidez. Básicamente entendemos que dichas
circunstancias, eran las relativas a las que afectaban a la
solvencia.
4)
El Banco y la Entidad de Liquidez podrán resolver el contrato de
liquidez en caso de incumplimiento por cualquiera de las partes.
NUEVOS
HECHOS:
5)
La solvencia del Banco parece estar garantizada con la inyección de
capital que el FROB ha dispuesto, a partir de las condiciones
pactadas con las autoridades europeas provenientes del MOU.
CONCLUSION:
1)
Solvencia. Además de la inyección de capital antes citado, se ha
saneado el agujero inmobiliario con el pase al SAREB de dicha cartera
inmobiliaria, y se ha aprobado un ajuste laboral y cierre de oficinas
de carácter considerable.
Considerando
que efectivamente las medidas adoptadas, que y según dicen las
autoridades españolas garantizan el normal funcionamiento de Bankia,
en consecuencia la entidad es solvente actualmente.
2)
Vuelta al mercado. A partir de la recuperación de la solvencia,
debería de permitirse levantar la exoneración temporal de
Caixabank, respecto a dicha emisión de Participaciones Preferentes y
que recordamos es de un 10%, o lo que es lo mismo 300 millones de
euros, del total de la emisión de 3.000 millones.
3)
Opciones. Caixabank puede mantener la exoneración, volver a ser
entidad de liquidez, o resolver el contrato.
Caixabank,
puede resolver el contrato de liquidez, cuando lo considere oportuno
porque así reza en el folleto, o si considera que las circunstancias
de reanudación, no le son aceptables en base a que persistan algunas
de las causas que motivaron la exoneración temporal, ejerciendo su
derecho con el preaviso de 30 días.
Si
se hace la resolución del contrato, se viene obligado a nombrar una
nueva Entidad de Liquidez, bien por parte de Bankia, o si
transcurridos los 30 días no se propone otra Entidad sustitutiva,
Caixabank, podrá proponer otra siendo obligatorio por parte de
Bankia su aceptación, y manteniéndose Caixabank como Entidad de
Liquidez, hasta que otra la sustituya.
4)
Exoneración incompatible con las nuevas circunstancias. Pues bien,
desde nuestro punto de vista, el Banco (Bankia), no puede mantener a
la Entidad de Liquidez exonerada, porque las circunstancias de fuerza
mayor por todos conocida, han cambiado. Hemos pasado de una entidad
en quiebra técnica, que tuvo que reformular sus cuentas y dimitir a
todo el Consejo de Administración, nacionalizandose BFA y Bankia, a
una entidad que incluso habla de dar beneficios.
Sin
embargo, lo que está haciendo es mantener dicha exoneración en
perjuicio de los que contrataron dicho producto.
Por
tanto puede haber daños y perjuicios, en este caso irían como
responsable a Caixabank, porque mientras no se haya nombrado otra
entidad de liquidez, sigue siendo responsable, aunque tiene la opción
de notificar la resolución del contrato con el preaviso legal de 30
días y si transcurridos dichos 30 días, el Banco no hubiera
designado otra en sustitución, Caixabank podrá presentar otra que
en el plazo de 30 días el Banco no podrá rechazar, ya comentado
anteriormente.
FINALMENTE:
Como
se desprende del hecho nº 1, en el que D. Carlos Stilianopoulos,
indica que se abre un plazo de revocación de las órdenes de
suscripción de las participantes preferentes, derivado de una bajada
general de los rátings de solvencia, por parte de Moodys, la emisión
realizada en el año 2009, fue hecha en condiciones de claro engaño
a los preferentistas, que obviamente al ser clientes minoristas y
pertenecientes a una Caja de Ahorros, no tenían ni tienen
conocimiento de los hechos relevantes, que se publican en la CNMV.
Los
hechos relevantes publicandos en la CNMV, son seguidos
constantemente, por aquellos que se dedican profesionalmente, al
ámbito de la inversión bien sea en acciones, o en otros productos
de riesgo, pero no un lugar de tránsito informativo, para el cliente
habitual de una agencia bien sea rural o urbana, de Caja Madrid en el
año 2009, puesto que ni siquiera saben que existen esos hechos
relevantes, ni tampoco que quieren decir los rátings, y las
descripciones que las diferentes letras significan a la hora de
calificar a una entidad bancaria, pues ni siquiera la inmensa mayoría
de aquellos que están ejercitados en el mundo del derecho las
conocen (abogados), y queda en una especie de argot técnico apto
para economistas, y personas del mundo especializado en estas lides,
porque eso es lo que es, un idioma encriptado.
Este
período de revocación demuestra, que las Participaciones
Preferentes del año 2009, fueron hechas a sangre y fuego en Caja
Madrid, a pesar de tener incluso la advertencia de la agencia de
Calificación. Si ya fueron ocultados en su día (pues si preguntamos
a los afectados es evidente que nadie sabe de estas calificaciones),
y no se paralizó la emisión, sino que se siguió adelante, con los
efectos de insolvencia en que ahora se encuentran dichos clientes,
pues no pueden recuperar ese dinero, lógico será que además de tan
penosísima comercialización, no sean castigados también por la
entidad de Liquidez.
En
consecuencia, se SOLICITA que por parte del Banco de España, (y
mancomunadamente se informe al FROB):
1)
Se abra expediente informativo, respecto a averiguar, instruir y
resolver si hubo incumplimiento de las buenas prácticas bancarias,
al proseguir Caja Madrid con la emisión de las participaciones
preferentes, tras la Calificación de la Agencia Moodys el 15 de mayo
de 2009.
2)
Se soliciten así mismo, las circulares e instrucciones internas
emitidas por la dirección de Caja Madrid (que no estén adscritas al
secreto bancario), y se den a conocer a los clientes que suscribieron
dichas participaciones. Dicha información puede ser emitida desde
las agencias a aquellos clientes suscriptores que la soliciten, con
la salvedad de que sólo puedan leerlas en la agencia, pero no hacer
fotocopias, para salvaguardar el secreto bancario, salvo que se
ejerciten acciones judiciales, en cuyo caso será el juez competente
el que recibirá dicha documentación interna en fotocopias
compulsadas con los originales.
3)
A efectos de que tenga conocimiento la Fiscalía General del Estado
de dichas circulares e instrucciones, que se mandate a los Servicios
Jurídicos de Bankia, para que certifiquen ante dicha Fiscalía, los
extremos informativos señalados, con los límites que se consideren
oportunos para salvaguardar el secreto bancario.
4)
Así mismo, a efectos de conocimiento por parte de la Institución
del Defensor del Pueblo, se enviará una copia de los remitidos a la
Fiscalía General, y otra al Congreso de los Diputados, a la Comisión
de Economía.
5)
A efectos de que dichos documentos sean determinados con arreglo a la
normativa vigente se clasificarán en:
a)
Secretos (si hubiera razones para ello), en cuyo caso serán de
conocimiento del Banco de España.
b)
Reservados.
c)
Confidenciales
d)
De difusión limitada.
Dada
la participación del FROB en Bankia, será el Banco de España quien
junto con la Entidad deberá resolver dicha clasificación.
Los
documentos que aquí la Asociación de Clientes Financieros, solicita
sean estudiados, investigados y procesados normativamente, deberán
ser filtrados y dados a conocer a los interesados, los clientes
suscriptores de dicha emisión de preferentes, con arreglo a la
clasificación anterior.
En
el caso de que como consecuencia del expediente que abra el Banco de
España, hubiera documentos que se clasifiquen como secretos, serán
remitidos al Tribunal Supremo, que será el órgano competente,
mediante aforamiento especial, el órgano competente para conocer
dichos documentos.
Sin
otro particular reciban un cordial saludo.
José
Ignacio Martín
Asoc.
de Clientes Financieros
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Participaciones Preferentes
domingo, 17 de febrero de 2013
Propuesta de Creación de la Oficina de los Clientes Financieros (OCF).
Siguiendo con nuestro
programa de actuación de la Asociación, queremos proponer una nueva
iniciativa. La creación de Oficinas en toda España de los Clientes
Financieros, en abreviatura las OCF.
1) ¿En qué consiste
la OCF?.
Las OCF pretenden formar
a los clientes de las entidades financieras, así como organizar su
actividad a nivel asociativo, como a nivel institucional. Así mismo
serán el lugar principal de recogida de las reclamaciones,
asesoramiento a los clientes, y tramitación administrativa y de
demandas judiciales, de los clientes que se sientan afectados, o
engañados por las entidades financieras. Pretenden ser un lugar de
reunión de los clientes de las entidades financieras, tanto a nivel
de debate, como de reflexión, estudio del sector financiero y de
organización y coordinación de reclamaciones. Serán creadas y
dirigidas por los propios clientes que acudan y ocupen dichas
oficinas de forma habitual, tanto antes de las reclamaciones, como
posteriormente a su presentación, y resolución, serán
establecimientos estables y los clientes seguirán participando de
dichas oficinas, en sus múltiples actividades, más allá del ámbito
temporal de su propia reclamación, tendrá las características de
un establecimiento dirigido hacia la colectividad.
2) Titularidad de las
Oficinas.
Las OCF, serán
seleccionadas para su creación desde dos perspectivas distintas:
1) En régimen de
propiedad.
2) En régimen de
alquiler.
En régimen de propiedad,
la Asociación de Clientes Financieros, en colaboración con los
promotores del proyecto, compraría un local, o edificio antiguo, que
sería rehabilitado. El vendedor puede ser alguno de nuestros propios
afiliados/as. También existirá la posibilidad de que sea un solar
en propiedad y en ese solar levantar y construir, un edificio de
nueva construcción.
La otra posibilidad es
que sea alquilado a alguno de nuestros/as afiliados/as un local u
oficina para tales efectos.
A nivel de financiación
de éstas oficinas. Los propios clientes que estén en paro, podrán
con su trabajo, contribuir a las labores de construcción,
rehabilitación o equipamiento de dichas oficinas. Así mismo habrá
situaciones que contemplamos de convenios de colaboración con muy
diversas organizaciones, que como promotoras de este proyecto,
compartirán tanto la gestión de dichas oficinas, como su propiedad,
siendo por tanto una propiedad compartida entre los diferentes grupos
de promotores que participen del proyecto.
3) Objetivo principal
Generar Nueva Cultura y Estructura Financiera: La Cogestión.
Dado que la Asociación
llevará un vasto programa de actuaciones en las próximas fechas,
tanto en cuestiones del ámbito inmobiliario, como son las
reclamaciones sobre ejecuciones hipotecarias, embargos, subastas,
desahucios, lanzamientos, así como las cláusulas abusivas y los
seguros que han sido contratados en las hipotecas, y de otra parte en
las reclamaciones, sobre accionistas, canjes por acciones,
participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, así como
muchas otras actuaciones, entendemos que debemos canalizar esta
actividad, desde nuestras propias oficinas.
Oficinas que tendrán
como misión ser una red de relaciones de tipo social y económico
con impacto en la vida cotidiana de las entidades financieras, en
aquellas localidades donde tengan funcionamiento. En cuanto al
impacto cultural, las Oficinas de Clientes Financieros, deben
proyectar influencia moral y contribuir a la conformación de una
nueva mentalidad, que debe superar el actual marco de relaciones
entre los clientes y las entidades financieras.
El objetivo principal es
contribuir a una Nueva Cultura Financiera y colocar a los Clientes
como interlocutores representativos y válidos ante la Banca, que
permita incluso la elaboración de una Tabla de Negociación Nacional
de los Derechos de los Clientes, y que entre otros puntos, se
establezca la reparación y devolución de aquellos dineros, bienes o
depósitos, que han sido enajenados, sustraidos o congelados por
parte de la Banca Española, o del propio Estado español, bien sea
por procedimientos legislativos, judiciales, administrativos, o por
influencia de los ejecutivos o Gobiernos Nacionales o Autonómicos.
Dentro de este objetivo
se inserta la llegada paulatina a la Cogestión del Sistema
Financiero. Entendiendo por Cogestión, la participación en la
Gestión y Decisión de la Banca, es decir los Consejos de
Administración, teniendo una parte significativa de representantes
de Clientes en dichos órganos.
Estos representantes, no
lo serán a nivel individual, sino que serán nuestros portavoces y
los que deberán mantener la Tabla Reivindicativa de los Clientes y
de sus Derechos en las Entidades Financieras. Esta llegada de
Clientes a los Consejos de Administración, será por la vía de
personas seleccionadas, que previamente estén dispuestos a llevar a
cabo esta labor de limpieza de la corrupción del sector, y que sean
capaces técnicamente de representar dignamente a los clientes,
deberán gozar de su confianza y ser legítimos representantes, en
base a su trayectoria anterior.
Las OCF deben impulsar un
proceso de transición en la Banca Española, que obligue por su
presión a nivel nacional, a una negociación tripartita entre la
Banca, el Gobierno y los Clientes, y que ponga orden en el sistema
actual, que estamos viviendo en el cual, los clientes son
absolutamente engañados, y obligados a perder tanto sus propiedades
inmobiliarias por vía judicial, como a perder sus ahorros, por la
vía de canjes obligatorios, arbitrajes arbitrarios, decretos o
medidas de presión privadas y públicas, dirigidas desde la Banca o
de los propios poderes del Estado.
Vamos a poner encima de
la mesa, el concepto de propiedad de las Entidades Financieras, los
Clientes son también propietarios del Banco, y se ha terminado ya
que aquellos que mantienen con su dinero al Banco, que no son otros
que los clientes, sean única y exclusivamente los paganos de las
crisis y de las gestiones pésimas de ese Banco. Si los clientes somo
propietarios, porque con nuestro dinero se mantiene el banco, tenemos
que tener el derecho de dirigir ese banco.
¿Alguien ha visto que un
propietario, sea el que paga los gastos y resulta que los beneficios
se los lleva otro?, ¿en qué régimen de propiedad existe eso?, este
régimen es esclavista, y nos devuelve a la Edad Media. Pongamos en
el siglo XXI al sector financiero, que para lo que quiere es muy
moderno, y para lo que le interesa es medieval.
4) ¿A quiénes vamos
a invitar a este proyecto de constituir dichas Oficinas y en qué
tanto por ciento calculamos que sería idóneo que se repartieran la
gestión y propiedad?
A continuación os
indicamos la previsión inicial con la que iniciamos el proyecto:
PROMOTORES
1) Cooperativas, y
Sociedades sin ánimo de lucro 8%
2) Colegios
Profesionales, y Federaciones Sindicales de Rama. 13%
3) Sindicatos Agrarios y
Ganaderos 30'%
4) Asociaciones de
Vecinos, Ecologistas y Asociaciones
de Padres de Alumnos
(APAS) 15%
5) Asociaciones de
Jubilados, Parados y Amas de Casa 10%
6) Sindicatos de
Transporte Aéreo, marítimo, terrestre,
Cofradías de pescadores.
5%
7) Sindicatos Mineros.
3%
8) Sindicatos de
Trabajadores Liberales (Abogados, Periodistas) 3%
9) Asociaciones de
Consumidores 2%
10) Pequeños y medianos
empresarios 5%
11) Autónomos
1%
12) Asociaciones
representativas de la Juventud 2%
13) Asociaciones
Culturales
1%
14) Asociación de
Clientes Financieros y sus Federaciones 2%
Etiquetas:
Oficina de los Clientes Financieros (OCF)
jueves, 14 de febrero de 2013
Moción aprobada en el Ayuntamiento de Ripollet sobre participaciones preferentes y obligaciones subordinadas.
PROPUESTA DE MOCIÓN PARA LA DENUNCIA
DE LA ACTUACION DE LAS ENTIDADES BANCARIAS EN LA VENTA DE
PARTICIPACIONES PREFERENTES
Cientos de miles de personas de toda
España, se han visto afectadas por la venta fraudulenta de
participaciones preferentes a través de diferentes entidades
bancarias. La mayor parte de ellas son personas mayores y / o con
pocos conocimientos sobre productos bancarios que no entendían qué
les estaban vendiendo los directores de las oficinas en los que
confiaban. Fue en base a esta confianza que bancos y cajas de ahorro
pudieron desarrollar una política comercial dirigida a colocar
productos de alto riesgo entre pequeños ahorradores sin ningún tipo
de conocimiento de los mercados financieros. La base del engaño fue
la confianza de los clientes en la sus cajas de toda la vida y se
gestionó por la avaricia de unas entidades bancarias que querían
maquillar sus cuentas de resultados con consecuencias dramáticas
para los ahorradores.
Realizado el engaño, las personas
estafadas deben apelar a la justicia para intentar recuperar un
dinero que, en muchos casos, son los ahorros de toda una vida. Las
demandas civiles son costosas, y más aún ahora tras el aumento de
las tasas judiciales. Algunos de los afectados han visto
comprometidos todos sus ahorros por lo que no les es fácil
interponer demanda civil. Además, la edad de una parte de los
afectados dificulta las gestiones ante la justicia, que en muchos
casos deberían quedar en manos de familiares o personas afines.
Por otro lado, las ofertas de canje de
algunas entidades bancarias ha supuesto que algunos de los estafados
hayan optado por esta vía como mal menor para tratar de recuperar
una parte de su dinero. Estas ofertas no han sido una buena solución
para los afectados, que en todos los casos han tenido que renunciar a
una parte de su dinero. Las ofertas de canje han sido formuladas sin
alternativa, con frases como "es todo lo que te podemos
ofrecer", "es esto o nada", que han incrementado el
miedo de los ahorradores a tomar de una manera definitiva sus ahorros
y los han abocado a aceptar el cambio. Esta opción ha sido sólo un
capítulo más en esta estafa.
El Pleno del Ayuntamiento de Ripollet
aprobó el 26 de abril de 2012 una moción en la que se denunciaba la
indefensión de muchos ciudadanos ante la contratación de
participaciones preferentes a miles de personas del Estado español.
En el debate, se afirmó que estas actuaciones deberían ser
delictivas y que las personas que las han realizado deberían tener
responsabilidades. La moción se comprometía a apoyar tanto a "todas
las iniciativas legislativas y parlamentarias encaminadas tanto a la
denuncia y divulgación de las malas praxis antes mencionadas, como
la defensa y demanda de restitución de los derechos de las personas
afectadas".
Teniendo en cuenta que las personas
afectadas no han recibido respuesta de los organismos oficiales para
defender sus derechos y que esta práctica bancaria nos causa
repulsión moral e indignación como ciudadanos, y como
representantes legales del pueblo de Ripollet, el Pleno del
Ayuntamiento de Ripollet cree que hay que avanzar en este proceso de
defensa y acuerda:
- Denunciar ante la Fiscalía
del Área de Sabadell la actuación realizada por las entidades
bancarias de Ripollet en la venta fraudulenta de participaciones
preferentes y otros productos de alto riesgo entre ciudadanos no
preparados para la adquisición de estos productos, pidiendo que
investigue la comisión de un posible delito de estafa.
- Priorizar la contratación
de servicios bancarios con aquellas entidades que no tengan demandas
por la comercialización de participaciones preferentes y deuda
subordinada.
Ripollet, 14 de enero de 2013
Campaña nacional en ayuntamientos sobre participaciones preferentes y obligaciones subordinadas-
José
Ignacio Martín (Presidente)
Asociación
de Clientes Financieros (ACF)
Email:
asociacionacf@gmail.com
Tfno:
646.19.99.55
Zaragoza
Alcalde
San Fernando de Henares
Madrid
Zaragoza a 13 de febrero de 2013
ASUNTO:
MOCION AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO
SOBRE PARTICIPACIONES PREFERENTES, Y
OBLIGACIONES SUBORDINADAS.
A LA ATENCION DEL SR. ALCALDE
Estimado
Sr. Alcalde:
La Asociación
de Clientes Financieros (ACF), es un movimiento social y pretende que
los clientes, dejen de ser “meros espectadores” de la crisis,
tiene su sede en Zaragoza, pero es de ámbito nacional.
Consideramos
que no se puede permitir que una entidad financiera, ponga en riesgo
a todo el país y que no haya responsables, por eso creemos que el
Banco de España, que tiene datos e informes, es el primero que debe
actuar
Hemos
denunciado (mayo de 2012) ante el Banco de España la actuación de
los gestores de Bankia, y solicitado que denuncie el caso ante la
Fiscalía y abra a los miembros del Consejo
de Administración de Bankia un expediente sancionador. En el escrito
solicitamos que abra una investigación y que se proceda a
inhabilitar "de modo permamente" a los gestores de Bankia y
al embargo de todos sus bienes,
Entendemos
que se han cometido infracciones de la legislación sobre disciplina
de las entidades de crédito. Las presuntas irregularidades en los
últimos años de los directivos de Bankia y el Banco Financiero de
Ahorros (BFA), al igual que la de los directivos de las entidades de
ahorro que dieron lugar a la creación de las dos primeras
corporaciones han causado a los impositores, los accionistas y los
empleados un perjuicio económico "de proporciones gigantescas".
El deber de veracidad ha quedado en entredicho, y creemos que no se
han puesto en marcha los mecanismos internos de control.
Ponemos
en cuestión el principio de autorregulación, por el cual las
entidades daban a entender que sabían lo que tenían que hacer, sin
necesidad de mayores supervisiones, ni legislaciones de control,
puesto que todos los movimientos realizados por la Entidad en este
sentido no han conseguido los objetivos de regenerar el crédito y la
capacidad de atraer inversiones de calidads.
SUPUESTOS
DELITOS el primero de ellos el delito societario, cuyos sujetos
activos son los administradores de hecho o de derecho, sin que les
eximan de su presunta responsabilidad las instrucciones recibidas.
Delito
de administración desleal o fraudulenta, es decir, el abuso de las
funciones propias del cargo. Igual que en el anterior caso son
responsables los administradores y los supuestos en que se aplica son
la concesión de créditos a sociedades insolventes y en las que los
administradores tienen una importante participación, así como el
trato de privilegio con los créditos vencidos y no pagados,
gestionar una empresa filial de otra sociedad causando a la primera
perjuicios irreparables y la percepción de retribuciones o
beneficios no autorizados. Otro caso es la utilización de fondos de
una empresa para atender gastos personales y la adquisición de
bienes a precios revalorizados para beneficiar al vendedor o pagar
por supuestos servicios profesionales que no han sido prestados. El
delito de administración desleal o fraudulenta conlleva una
responsabilidad civil, lo que supone que exista un daño atribuible a
un responsable. La responsabilidad civil comprende la restitución,
la reparación del daño y la indemnización de perjuicios materiales
y morales. Se está produciendo un proceso de saneamiento de las
entidades bancarias que, consiste en trasladar las pérdidas a los
Gobiernos, lo que repercute en los contribuyentes.
En
España se está llevando a cabo un proceso de fusión de cajas de
ahorro que incluye la intervención del Banco de España en entidades
infracapitalizadas o en situaciones de insolvencia no detectadas,
aunque en el caso de Bankia y BFA es el Gobierno de España el que
"ha asumido el timón".
"SITUACIONES
PROBLEMÁTICAS" hay que analizar si para ocultar "situaciones
problemáticas" se han utilizado instrumentos como las
refinanciaciones de operaciones inviables o la sobrevaloración de
los bienes recibidos en pago de deuda de las acciones canjeadas por
créditos, de tal forma que los créditos impagados no se
contabilizan como morosos. Se debe tener en cuenta el
"infraprovisionamiento" a la hora de evaluar la solvencia
real de las entidades, porque podría darse el caso de una
"ocultación contable de una descapitalización real", de
tal forma que "el papel ético de los gestores es fundamental".
La sensación de estafa a los clientes cada día es mayor, a causa de
actividades de dudosa legalidad, que han provocado la falta de
crédito a familias y empresas, y sin embargo se mantienen cuantiosos
contratos blindados, y remuneraciones multimillonarias.
En
ese contexto, la Asociación de Clientes Financieros (ACF) interpuso
el pasado 21 de diciembre de 2012, una querella en la Audiencia
Nacional, semejante a las actuales presentadas por Upyd y el 15 M,
aunque imputando a 5 nuevos gestores, los Directores Generales, que
hasta ahora inexplicablemente no están imputados, y ampliando nuevos
hechos relevantes, estando a la espera de contestación sobre su
aceptación a trámite.
A
la espera de que la vía judicial en la Audiencia Nacional se abra
paso, y a la vista de la confusión que las informaciones del
Gobierno y la propia Entidad Bankia, están propiciando tanto
respecto a canjes obligatorios por acciones de las participaciones
preferentes, como la de un arbitraje que sería tramitado por la
Auditora KPGM que es una empresa privada, consideramos que debe por
parte del Ayuntamiento de la Ciudad, aprobarse una moción que
permita satisfacer a los cuantiosos vecinos de San Fernando de
Henares afectados por estos productos, entre los que se encuentran
afiliados/as a nuestra Asociación, y en su nombre trasladamos al
Ayuntamiento la siguiente
SOLICITUD:
Aprobación
de una moción de apoyo y defensa a los afectados/as, al igual que se
ha hecho en otros municipios de España, a dichos efectos nos
permitimos enviarles la aprobada hace unos días en el Pleno del
Ayuntamiento de Ripollet, que podría servir de base para que se
tramite y apruebe una en San Fernando de Henares, con los objetivos
que señalamos en el escrito que anexamos para su consideración.
Sin
otro particular les saluda cordialmente
Fdo. José Ignacio Martín
Presidente de ACF
Anexo
aportado:
Moción
presentada y aprobada en Ripollet.
Insc.
Gr. 1 Sec. 1/ Nº Nacional 598.626 (Registro Nacional de
Asociaciones)
jueves, 7 de febrero de 2013
El sábado Carles Bisbal (de ACF) estará en el Gran Debate de Telecinco
Cuando
hoy nos hemos enterado, de que nuestro compañero y afiliado a la
asociación, había sido llamado por la redacción del programa El
Gran Debate de Telecinco, para asistir en directo al programa y
exponer su situación, el próximo sábado día 9 nos ha causado una
grata sorpresa.
De
todos los casos que estamos tramitando desde la asociación, sin duda
el más dramático hasta ahora, ha sido y es el de la situación en
que vive él y su familia.
A
modo de resumen os recordamos su historia que provocó incluso un
intento de suicidio de su mujer, se trata además de uno de los 26
afiliados de la asociación, que interpusieron la demanda ante la
Audiencia Nacional por el caso Bankia, como acusación particular y
que os recordamos está en trámite de admisión a trámite por el
juez Andreu.
El
que en su día denominamos “caso Bisbal un caso extremo”
consistía en 100.000 euros en participaciones preferentes de Caja
Madrid, en este caso firmadas por su mujer, así como dos plazos
fijos a uno y tres años respectivamente, que no podía sacar
anticipadamente y una hipoteca con varios meses sin pagar, con el
riesgo de ejecución hipotecaria por impago.
Su precaria situación económica, al encontrarse en paro tanto él como su mujer y con dos hijos pequeños, ha provocado que acabe comiendo gracias a vales que le dan la desde la asistencia social.
Su precaria situación económica, al encontrarse en paro tanto él como su mujer y con dos hijos pequeños, ha provocado que acabe comiendo gracias a vales que le dan la desde la asistencia social.
La
tensión y el duro enfrentamiento, que hemos mantenido desde la
asociación tanto con la agencia, como con Bankia en su conjunto
respecto a este caso, podéis recordarlo en los siguientes enlaces
(abajo) donde se expone ampliamente lo sucedido.
Ojalá
la aparición de nuestro compañero Carlos en televisión, sirva para
remover conciencias e impulsar soluciones justas tanto a él, como a
personas que han sido atrapadas en este ya tan odiado producto de
participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, así como en
el caso de las ejecuciones hipotecarias, el derecho a vivir con
dignidad debe ser resuelto por dirigentes financieros y políticos,
porque no podemos estar por un lado proclamando que somo un país
europeo y por otro vivir situaciones tercermundistas.
Mucho
ánimo Carles y familia, estamos seguros de que finalmente se hará
justicia.
http://asociaciondeclientesfinancieros.blogspot.com.es/2012/10/bankia-tarragona-anunciamos.html
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Bankia Tarragona,
Carles Bisbal,
Caso Extremo
lunes, 4 de febrero de 2013
LA GUERRA SORDA EN EL SECTOR FINANCIERO
La Asociación de Clientes Financieros, presenta la siguiente
PROPUESTA
DE RESOLUCION.
COGOBIERNO
Y RECONOCIMIENTO DE QUE EL CLIENTE ES EL PROPIETARIO DE LAS ENTIDADES
FINANCIERAS, REQUISITOS PARA LA PAZ FINANCIERA.
La
actual crisis financiera, ha sido analizada por economistas,
expertos, académicos, ejecutivos, gestores, supervisores,
reguladores y por un sinfín de profesionales, pero en todos los
análisis se partía de unos clientes pasivos en el sistema, que en
todo caso eran ajenos a la toma de decisiones porque no formaban
parte del Consejo de Administración. Todo lo más que hacían era
movilizarse de forma improvisada ante las sedes de su agencia o sedes
principales, para reclamar unos determinados ahorros ahora cautivos.
Sin
embargo la guerra sorda que se mantiene en el sistema financiero
desde hace ya 5 años, está empezando a aflorar a la superficie. La
guerra sorda no identificada del sistema financiero en España, ha
librado
varias batallas:
1ª
Batalla, la Autorregulación.
Defendida
por las patronales CECA y AEB hasta bien entrado el año 2010, se
decía que los ejecutivos, la Alta Dirección de las Entidades
Financieras, eran unos magníficos profesionales, que sabían hacer
lo correcto en cada momento, los datos del desastre al que nos ha
llevado esta teoría están ahí, para desgracia del país, ahora
bien, la batalla la han perdido los gestores, puesto que ha habido
que regularlos con la tramitación y aprobación de infinidad de
normas, órdenes, circulares, decretos, impulsados tanto desde el
legistlativo, como desde el ejecutivo.
2ª
Batalla, la batalla de los SIPs. Las llamadas Fusiones Frías,
fueron defendidas durante todo el 2009 y 2010, como una garantía de
continuidad del negocio de las Cajas de Ahorros, porque fruto de la
concentración de varias Cajas de Ahorros, se decía que la entidad
resultante ganaba en tamaño.
Al
final los SIPs lo que han generado es una gran desconfianza, porque
se ha demostrado que se han hecho las valoraciones iniciales, y los
contratos de integración por medio de ocultaciones contables.
3ª
Batalla, la transparencia del supervisor, la ha perdido el Banco de
España. Hemos visto como se ha visto superado, por la realidad de
cientos de miles de clientes, “atrapados” por las malas prácticas
bancarias, incluso se ha llegado a decir que miraba para otro lado.
4ª
Batalla librada, ha sido el intento de los ejecutivos, y la Alta
Dirección de que no hubiera asunción de responsabilidades. Es decir
se quería aplicar silencio y ausencia de explicaciones. Esta
tendencia se ha roto con la judicialización de la gestión, que han
promovido los clientes.
5ª
Batalla, la orgánica.
A
lo largo de estos años, los clientes carecían de voces
representativas, lo suficientemente fuertes, que pudieran
convertirlos en interlocutores sociales. Esto se ha superado por
iniciativas populares espontáneas, con son las Plataformas
Anti-Hipotecarias, Stop Deshaucios, nuevas Asociaciones de
Consumidores, que han entrado en el escenario del rechazo social,
emulando al 15 M, etc.
6ª
La Batalla de la confianza ciega en el sector financiero. Ya no
existe, ha devenido en el sentimiento creciente de considerar a los
ejecutivos, como traidores al país, al sumergir al sector
productivo, en una crisis crediticia, que ha favorecido un cierre de
empresas productivas, que han sido determinantes, a la hora de crear
un paro galopante, y un país semiintervenido, tras el paso de los
auditores internacionales.
7ª
La Batalla por la Bancarización de las Cajas de Ahorros. El caso
Bankia, ha demostrado que la bancarización de las Cajas de Ahorros,
ha sido un fracaso absoluto. De ahí que de una parte, la salida a
Bolsa, se haya visto como un fraude, y la privatización al crear un
banco, una quiebra permanentemente derivada de la ultilización de
los clientes, de forma ilegal, como lo demuestran las
comercialzaciones de participaciones preferentes y subordinadas.
8ª
Batalla la continuidad en el cargo. Ha pasado en todas las
Entidades, las batallas de lucha por el poder permanentemente, están
provocando la salida de los ejecutivos de dichas Entidades. Son
castigados con retiradas de fondos, por parte de los clientes, e
intervenciones del FROB vía inyecciones de capital o
nacionalizaciones.
9ª
Batalla, mantener a los clientes como meros espectadores. Se trata
por todos los medios de evitar que los clientes sean vistos como
interlocutores en un proceso de negociación, entre el Gobierno y la
Banca..
Al
igual que las pérdidas inicialmente negadas, están siendo
reconocidas de forma lenta pero progresiva e inexorable, el actual
escenario nos dice que NO habrá paz en el sector financiero, ni
solución, mientras no haya un acuerdo tripartito, entre Gobierno,
Banca y Clientes, y con una Nueva Cultura Financiera, se acabe por
establecer un:
COGOBIERNO
Y RECONOCIMIENTO DE QUE EL CLIENTE ES EL PROPIETARIO DE LAS ENTIDADES
FINANCIERAS.
Que
se cumplan esos 2 requisitos, es fundamental para la paz financiera.
sábado, 26 de enero de 2013
CAJA 3 ACF EXTREMADURA PIDE POSICION BdE FUSION CON KUTXABANK
Modesto
Durán (Portavoz)
Delegación
en Extremadura de ACF
Asociación
de Clientes Financieros
Email:
asociacionacf@gmail.com
Tfno:
608703034
Cáceres
Gobernador
Banco de España
C/ Alcalá, 48
28014 Madrid
Cáceres a 25 de enero de 2013
ASUNTOS: 1) FUSION DE CAJA 3 POSICION DEL BANCO DE ESPAÑA,
2) VIABILIDAD TECNICA FUSION CAJA3 -
KUTXABANK.
3) ¿INCUMPLIMIENTO DE BUENAS
PRACTICAS BANCARIAS?
A
LA ATENCION DEL GOBERNADOR DEL BANCO DE ESPAÑA
Estimado
Sr. Gobernador:
La
asociacion de clientes financieros desde su delegación en
Extremadura, ha tenido conocimiento de diversos hechos, respecto a
Caja 3 y de las tensiones habidas tanto en el proceso de fusión, SIP
que originó la creación de Caja 3, como actualmente en el proceso
de fusión de Caja 3 con Ibercaja, que desea poner en conocimiento
del Banco de España, por si fueran constitutivos de malas prácticas
bancarias.
Dichos
hechos serían los siguientes:
- Sobre la fusión de Caja 3. La Real Sociedad Económica de Amigos del País de Badajoz, la sociedad que fundó Caja Badajoz en 1889, ha cuestionado el papel del supervisor, puesto que al parecer no aportó los resultados de las inspecciones realizadas a sus socios en 2009 antes de la constitución del SIP. En este sentido los fundadores de Caja Badajoz anunciaron que demandarían al Banco de España, por ocultar información. Al parecer alegan que el BdE no desveló la situación patrimonial de la CAI y Cajacírculo de Burgos hasta después de cerrarse la fusión. Entendemos que este hecho debe aclararse.
- Sobre el proceso de fusión Caja 3 en negociaciones con Kutxabank, antes y ahora con Ibercaja. Según fuentes consultadas por ésta Asociación, la fusión de Caja 3 con Ibercaja, vendría favorecida no por motivos técnicos de solvencia, sino porque el Consejero Delegado obtendría la plaza de Director General Adjunto en la entidad fusionada con Ibercaja.
La
fusión con Kutxabank, según estas fuentes, sería mucho más viable
a nivel técnico, pero no le permitiría al Sr. Carrasco, mantener su
actual puesto dirigente y pasaria a labores menos relevantes en el
caso de la fusión con la Entidad Vasca, por lo que el veto a dicha
fusión, por el Consejero Delegado de Caja 3 fue determinante, para
impedir la operación.
De
otra parte, la fusión Caja 3 con Kutxabank parece tener más sentido
estratégico, y desde el punto de vista laboral, el impacto en los
ajustes de plantilla y red no sería tan traumático, pues no hay
sucursales por duplicado, como ocurre con Ibercaja y la red de CAI en
Aragón, y donde concurren los servicios centrales de las dos
entidades en una misma ciudad Zaragoza.
Finalmente
recordamos que Kutxabank no solo forma parte del club de las siete
entidades financieras del Estado mejor capitalizadas, por lo que no
necesita ningún tipo de recursos adicionales, sino que se ha
convertido en el líder del sistema financiero al contar con un cuore
capital del 11,6%, un porcentaje que duplica las exigencias
planteadas en el escenario económico más adverso. Por si fuera
poco, cuenta con un exceso de capital del 5,6% sobre activos
ponderados en función del riesgo.
El
resultado de la auditoria de la consultora norteamericana
independiente Oliver Wyman, no solo confirmaron los datos, sino que
colocaron a Kutxabank en posición de líder del sistema financiero
estatal al demostrar ser la entidad más solvente.
Por
todo ello SE SOLICITA:
- Que el Banco de España, abra un expediente informativo tendente a averiguar si el actual proceso de negociación entre Ibercaja y Caja 3, se está llevando por motivos de interés personal del Consejero Delegado Sr. Carrasco de ocupar un puesto relevante en la nueva Entidad, y en su caso si se están incumpliendo las buenas prácticas bancarias.
- Que el Banco de España, emita un dictamen técnico respecto a la posibilidad que mejor se adecúa a los intereses generales del Estado, respecto a elegir una fusión entre Caja 3 e Ibercaja, o Caja 3 con Kutxabank, respecto tanto a las aportaciones de capital del FROB, como de afectación a los ajustes de plantilla.
Sin
otro particular les saluda cordialmente
Fdo. Modesto Durán
Portavoz
de ACF en Extremadura
Aspciación de Cliente Financieros (ACF) inscrita en el (Registro
Nacional de Asociaciones)
Insc.
Gr. 1 Sec. 1/ Nº Nacional 598.626
Etiquetas:
Caja 3 fusión,
Caja de Ahorros de la Inmaculada
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